09 TRÁMITES DEL SAT

  • hace 4 meses
Si cuando escuchas personal moral o física, régimen fiscal, RFC, entiendes completamente de lo que estamos hablando, eres un ser supremo, para todos los demás, tenemos un capítulo en el que descubriremos a que se refieren estos términos y todo lo relacionado al SAT.

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Transcripción
00:00Una producción de SumaTV.
00:30Hola, ¿qué tal? Bienvenidos, adultines, otra vez a un episodio más de Sobrevivir,
00:51una guía práctica para ser un adulto independiente. Este programa va dirigido a los nuevos adultos,
00:59los estudiantes que van en su último año de la carrera, tal vez a los nuevos adultos
01:04que ya se están preparando para independizarse y también para aquellos que nuestra cita
01:10perfecta ya es como que nos acompañen por nuestra constancia de situación fiscal. Yo
01:16soy Omar Rodríguez y está conmigo Carla Reiteria, bienvenida. Hola, ¿qué tal? Como
01:21siempre es un gusto estar de nuevo con ustedes, con más experiencias de la vida adulta. Estamos
01:26completamente en vivo por el 13.1 de SumaTV. Recuerden por favor descargar nuestra app
01:31Suma UAEH para que no se pierda ningún capítulo. Y el día de hoy pues bueno,
01:35ya nos adelantó un poquito Omar, traemos un tema súper controvertido, esos que nos dan miedo,
01:42que no queremos hablar. Bueno, es una cosa intensa en tu corazón que bueno, es el SAT y pues porque
01:50solo escucharlo nos empieza a preocupar, nos empieza a dar ansiedad. Entonces pues bueno,
01:56quiero preguntarles ¿cómo ha sido tu relación con el SAT? Y es que bueno, son muchísimas dudas
02:01las que nos surgen en este tema y pues para poderlas aclarar algunas de ellas tenemos aquí
02:06con nosotros a una invitada especial que es, ella es experta fiscal, su nombre es Mireia Rivera y
02:12pues bueno vamos a darle la bienvenida porque nos va a ayudar a salir de todas estas dudas. Y bueno,
02:19para aprovechar el tiempo vamos a empezar con preguntas que nos hicieron llegar antes a nuestras
02:24redes y ya sin más, empecemos. Muchas gracias por estar con nosotros. Hola, pues muchas gracias a
02:31ustedes, es un honor estar aquí con ustedes el día de hoy y poderles contribuir a sus escuchas,
02:38a sus radioescuchas y pues compartir un poco básicamente mi experiencia laboral y personal
02:44en este tema. Muchas gracias Mireia. Antes de comenzar con las preguntas que nos mandaron
02:49nuestros teleescuchas, televidentes, yo quisiera igual iniciar como para contextualizar más que
02:58nada, para no entrar de lleno así. Para que no se sienta tan feo el golpe del SAT. En primera,
03:05muchos, muchos conocemos o hemos escuchado la palabra SAT, pero es que en verdad hay
03:11quienes no sabemos qué significa, para empezar ¿qué es el SAT? El SAT es la cara de la Secretaría
03:19de Hacienda y Crédito Público. Sus siglas significan Servicio de Administración Tributaria
03:23y es aquella instalación, por así decirlo, física en la que vamos todos los contribuyentes,
03:29toda la sociedad mexicana y es en la que nos dan asistencia, en la que nos guían,
03:34en la que te apoyan para que puedas dar cumplimiento con tus obligaciones fiscales.
03:38Ok, ok. Qué bonito sonó, ya me dio menos miedo. Otra de las cuestiones que muchos,
03:47yo creo que todos tenemos y que platicando entre amigos, no sé si la hayan escuchado,
03:52es la duda de por qué nos debemos inscribir al SAT. ¿Por qué? Buenísima pregunta. Porque es
04:00como obligación, muchos incluso eso tenemos entendido que como por obligación, casi que
04:06de por ser ciudadano, tenemos que estar inscritos al SAT. Y esa es la palabra,
04:11o sea, ¿por qué debemos inscribirnos? ¿Por qué tengo esa obligación?
04:16Ok, pues fíjense que es una pregunta y es una cuestión casi, casi del día a día de las
04:25personas que egresan de la carrera de contaduría o nosotros mismos como ciudadanos. Cuando llega
04:30el tiempo de que nosotros podamos iniciar operaciones, que queremos emprender algún
04:35negocio, crear una empresa, llega el momento de, oye, ¿cómo le hago para no pagar tantos
04:40impuestos o no pagarlos? Entonces justamente la palabra que nos, la pregunta que nos haces es
04:46bien importante reflexionar en que según nuestra constitución política, todos los mexicanos estamos
04:53obligados a contribuir al gasto público. Entonces, ¿qué es el gasto público? Justamente el que luego
04:59volteamos y nos quejamos de que no tenemos seguridad, no hay escuelas, no hay hospitales,
05:04este proceso que pasamos durante la pandemia y entonces entra la cuestión de quejarnos,
05:09pero no volteamos a mirar que es nuestra obligación cumplir con nuestras contribuciones
05:14para que éstas sean repartidas en todos estos rubros y podamos gozar de esos servicios.
05:20Importante, eso es bien importante saberlo porque justo lo acabas de decir y me parece
05:24también súper importante que nos encanta quejarnos a decir, ay, es que el SAT, ¿por qué le tengo que
05:30dar al SAT? Me lo quitan, ¿no? Pero en realidad es que estamos contribuyendo también, o sea,
05:37como bien lo dices, a pues a un todo, ¿no? Entonces eso creo que es muy bueno para todos
05:41los que nos están viendo en casa, que podamos hacer conciencia que esta obligación que nosotros
05:46tenemos no necesariamente es que nos están quitando algo, estamos contribuyendo a nuestra
05:53sociedad. No es que el dinero, el gobierno te esté quitando dinero, es como una contribución
05:59para la sociedad, ¿no? Es correcto. Bueno, pues ahora sí. Empezamos con las preguntas que nos
06:05hicieron a través de las redes, como decíamos al inicio. Llegaron estas preguntas con anticipación,
06:12así es que hicimos una listita y vamos a tratar de darle respuesta a cada una de ellas y solucionar
06:18dudas. Empezamos. Bueno, la primera pregunta que nos mandaron es, dice, si trabajo para una empresa,
06:26¿ya no tengo que preocuparme por las declaraciones y el SAT? Ok, fíjense que aquí es importante
06:35encuadrar esta pregunta, si trabajo para una empresa, quiere decir que estamos nosotros
06:40prestando un servicio personal subordinado, es decir, que forzosamente trabajo para alguien
06:47más. Estoy bajo las órdenes de un patrón, se llama, cumplo con un horario establecido,
06:52trabajo en las instalaciones de ese patrón y por ende, a cambio de esa prestación de servicio,
06:57pues recibo un intercambio llamado salario. Si estoy en ese supuesto, hablando en términos
07:03fiscales, estoy tributando bajo el régimen de sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios.
07:09Entonces, tributando en este régimen, el patrón funge en materia fiscal con una palabra que
07:16conocemos como retenedor y el retenedor va a ser esa persona que sirve como intermediario entre
07:23la autoridad y el trabajador y justamente el patrón va a tener la obligación de retenerle
07:29el impuesto al trabajador y a su vez, él enterarlo, declararlo y pagarlo de manera mensual al SAT.
07:35Entonces, en ese sentido, no están obligados los trabajadores a cumplir con la declaración
07:42de manera mensual y de manera anual, sólo que si hay algunas excepciones. Por ejemplo,
07:49cuando un trabajador a lo largo de un año, de un año calendario, obtenga ingresos superiores a
07:55400 mil pesos, ahí sí o sí tiene que presentar su declaración anual de manera independiente
08:02al patrón. Y también como por ejemplo, en el supuesto de que llegaras a entrar a laborar con
08:08ese patrón después del primero de enero o que llegues a renunciar antes del primero de diciembre.
08:14Cuando no estás cumpliendo tu año calendario completo, también es tu obligación presentar
08:19tu declaración anual de manera independiente. Y la tercera excepción es cuando un trabajador
08:26de manera voluntaria quiere avisarle a su patrón que él va a cumplir con esta obligación porque
08:32tiene ciertas deducciones personales. No sé si han por ahí llegado a escuchar de que algunos
08:38trabajadores pues llegan a facturar que algunos gastos hospitalarios, dentales, las colegiaturas.
08:45La colegiatura, bueno, no entra en este rubro, es de otro régimen fiscal, pero esas deducciones
08:51personales sobre todo que te sirven para el tema de tu salud, ya sea mental, física, y que las puedas
08:58hacer deducible al final del año. Exactamente, nutriólogos. Entonces, en este supuesto sí la
09:04pueden presentar de manera independiente y es cuando llega la famosísima devolución de impuestos.
09:09Hermosa, es una cosa muy bella. Bueno, yo les sugiero en casa que saquen una libretita o de
09:18verdad un lápiz, yo quisiera tenerlo, porque creo que esta información que nos está dando Mireia es
09:23súper valiosa. No lo sabemos, por ejemplo, esto de que si tienes ingresos mayores de 400 mil pesos
09:29tienes tú que hacer la declaración. Creo que es información que sí necesitamos saber. Entonces,
09:33mi recomendación es anótenlo para que lo tengan ahí a la mano. Bueno, la segunda pregunta es,
09:39¿qué pasa si no hago mi declaración anual? Bueno, ya pudimos ver ahorita como que a grandes rasgos
09:48qué pasa si eres trabajador, ¿ok? Si estás tributando dentro de ese régimen, pues bueno,
09:53ya vimos que no estás obligado, salvo algunas excepciones. Si tú eres una persona física que
09:59trabajas de manera independiente, que prestas un servicio profesional, o que te dedicas a vender
10:05algo, a comercializar algo, o producir algo, y tienes la obligación de presentar tu declaración
10:10anual, la cual ésta se presenta a más tardar el 30 de abril del año inmediato posterior a la
10:17información que vas a declarar, es importante saber que pueden ocurrir dos supuestos. El
10:22primero es que tú, de manera voluntaria, pero extemporánea, digas, híjole, sí, no cumplí con
10:29mi declaración, pero quiero... Exactamente. O el contador no me informó en tiempo, pero yo quiero
10:36cumplir con mi obligación fiscal, entonces me voy a dar a la tarea de presentarla, de manera
10:40voluntaria, pero extemporánea. Ahí, ¿qué sucede? Pues que bueno, dependiendo del tiempo en el que
10:45tú presentes tu declaración, fuera del periodo establecido, pues te vas a hacer acreedor a pagar
10:52ciertos recargos y actualizaciones, que no vienen siendo... ¿No es una multa como tal? No. Ah, ok. Es una
10:59forma también en la cual el Estado se allega de ingresos, y que vienen siendo básicamente intereses,
11:04demora, por no cumplir en tiempo y forma, y la inflación, porque vamos a suponer que tú debiste
11:10de haber pagado mil pesos en abril y la estás presentando en diciembre. Ok. Esos mil pesos ya no
11:16valen lo mismo en abril que ahorita en diciembre, entonces tienes que pagar esos accesorios, se
11:22llaman, en materia fiscal. Ese es el primer supuesto, que yo, de manera voluntaria... No es multa, son
11:29recargos. Es correcto. Son recargos. Ok. Y la segunda, el segundo supuesto, es que resulta que la
11:35autoridad sí, en base a sus facultades de comprobación que tiene, te cachó que no presentaste
11:41tu declaración anual. Y te llega la notificación. Es correcto. A través de una notificación, ya sea
11:46a través de buzón tributario o de manera física, la autoridad te está diciendo a ti, oye, no presentaste
11:53tu declaración anual. Ahí ya cambia totalmente la estructura, porque ahora sí entra el término que
11:58ustedes me indican, multas. Exacto. Ahí sí hay una sanción económica, y la cual es totalmente
12:04independiente al pago de tu contribución, más tus recargos, más tus actualizaciones. Oye, y dependiendo,
12:09dependiendo de la... supongo, ¿no? Dependiendo de la cantidad que debías de haber pagado, ¿es la multa o
12:15hay una multa específica? No, sí hay un rango. De hecho, para el término de declaraciones anuales puede
12:22ir desde mil ochocientos hasta veintiséis mil pesos. Ese rango, obviamente, la misma Constitución nos
12:29dice que estás obligado a contribuir al gasto público, pero en base a dos situaciones, de
12:34manera proporcional y de manera equitativa. Es decir, tú vas a pagar el impuesto en cuanto a lo
12:39que ganas. Ok. Y de manera equitativa, porque así desconozcas que tienes que presentar tu declaración
12:45anual, la aplicación de las leyes es igual. Exacto. No te exime el que no... el que digas que no. Sí, no sabía, como no
12:53lo he pagado, no. O sea, ¿es correcto? Vamos a la tercera pregunta. Esta pregunta es muy, muy, este, muy precisa. A ver. Dice,
13:03si aumento mis obligaciones fiscales de honorarios asimilados a salarios más actividad empresarial
13:11para emitir facturas sólo por dos meses en el año, vaya, ¿debo declarar en ceros el resto del año o
13:20solo los meses que estuve en ambos? Esto es una pregunta muy, muy técnica. Muy guau. Yo así estuve. Estoy de hecho. Es que mire, además de ser mi amiga, por muchos años fue mi contadora, entonces, conoce mi situación.
13:35Nunca pagó multa. Ah, no, nunca pagó multa. Ajá, ok, perdón. A ver. Bueno, mire, en esta situación muy específica, esta persona es empleado en alguna
13:47empresa y, aparte, decidió aumentar su actividad económica por emprender o desarrollar alguna actividad, no sé, si vende o presta algún servicio, lo desconocemos. Ok. Pero al aumentar esta actividad económica, por ende, aumentan sus obligaciones fiscales.
14:02Entonces, si él solamente obtuvo, en este caso nos dice, por uno o dos meses yo facturé, obtuve ingresos, por ende, al facturar tiene que presentar esas declaraciones mensuales de los meses que
14:16obtuvo ingresos durante ese periodo. Si en los demás meses no tiene ingresos, pero él en ningún momento ha hecho saber a la autoridad que ya no desarrolla esa actividad económica, está obligado a presentar sus declaraciones de manera informativa, que en este caso también se conoce como en ceros, porque para el fisco hay ciertas obligaciones, no solamente la obligación de pagar, es decir, no siempre yo voy a tener que estar pagando un impuesto
14:46al SAT, sino también tengo la obligación del dar, del hacer y del permitir. ¿Qué quiere decir eso? Aunque yo no pague, le tengo que informar que yo no estoy obteniendo ingresos, pero sigo tributando en ese régimen.
15:01Entonces son obligaciones administrativas que tiene que cumplir aún sin percibir ingresos. ¿Entonces tendría que darse de baja temporal, se llama, no? La sugerencia sería, eso sería el óptimo, que si yo sé que ya no voy a obtener más ingresos por esa actividad, pues doy de baja, disminuyo esa obligación fiscal para que se disminuyan mis cumplimientos fiscales. ¿Y si en algún momento tiene que volver a recibir? La puede volver. Es correcto.
15:28Abusadas. Muy bien. Si no, van a pagar más.
15:31Ok, nuestra siguiente pregunta, porque se nos empieza a ir el tiempo muy rápido, es ¿quiénes deben presentar y cómo se realiza la declaración informativa de operaciones con terceros y cómo se aplican las multas por omisión de la DIOT?
15:50Ok, pues la DIOT tiene, justamente como su descripción lo dice, el informar a la autoridad con quién está realizando operaciones, ya sean proveedores, acreedores, que tengan que ver con el impuesto al valor agregado. Es decir, ¿quiénes le van a presentar? Todas las personas físicas o todas las personas morales, empresas, sociedades que tengan una actividad o un acto que esté grabado bajo la ley del impuesto al valor agregado.
16:18Ok.
16:19Todos ellos tienen la obligación de presentarla para informar justamente a la autoridad con quienes estás haciendo operaciones y que son sujetas de este impuesto.
16:28También, ¿qué aplican estas multas? Es similar al monto por la declaración omitida de la anual. Aquí va entre $13,000 y $36,000 por ahí. Ese rango, ¿en base a qué? Pues bueno, vuelvo indica, en base a la proporcionalidad, a tu capacidad económica que tengas de pago como contribuyente.
16:50También, al número de veces que hayas reincidido a no presentar esta declaración. Y también es importante decir que las multas no solamente se van a aplicar por omitir el presentar la declaración, sino también porque la presentes mal, con errores.
17:05No sé si es difícil es la vida adulta.
17:08Todo un mundo esto de las declaraciones.
17:10Wow.
17:11Exacto.
17:12Vámonos con la siguiente pregunta que también es un poco específica. Dice, en el régimen de actividades empresariales, régimen, también hay que hablar de los régimenes.
17:25En algún momento, sí.
17:27Con ingreso a través de las plataformas tecnológicas, opté por pagos definitivos. ¿Estoy obligado a presentar declaración mensual?
17:36Ok. No, fíjense que, así como dicen regímenes, existe un supercatálogo en el SAT, como de zapatos, cuando te mandan ahí los digitales.
17:45Tan solo, ahorita existen 26 regímenes fiscales a los que podemos tributar. Personas físicas y personas morales.
17:51Sí, sí, sí.
17:52En este caso de las plataformas digitales, está muy factible que tú puedas cumplir con tus obligaciones fiscales porque cuando optas porque la misma plataforma te haga esa retención,
18:05entonces ya no estás obligado a presentar tus declaraciones mensuales, porque esas retenciones se convierten en pagos definitivos.
18:13Entonces, cuando hablamos de la declaración mensual del impuesto sobre la renta, es como si estuvieras haciendo solamente un pago provisional.
18:21Estoy dando a cuenta de mi impuesto del ejercicio. Pero cuando optas por estos pagos definitivos, ya no tienes la obligación de presentar.
18:29Porque lo hace entonces la plataforma.
18:31Sería un poquito como lo que sucede cuando tú estás en una empresa y tienes un patrón y que el patrón paga por ti.
18:37Te retiene.
18:38Es algo así.
18:39Exacto.
18:40Ok, perfecto.
18:42Bueno, siguiente pregunta.
18:43Dice, ¿todos o todas estamos obligados a hacer declaración anual o solo si estamos trabajando en una empresa con un empleo formal?
18:52Ok.
18:53Pues bueno, aquí, en el caso de que estés prestando un servicio personal subordinado, ya comentamos cuándo sí estás obligado y cuándo no.
19:01En el supuesto de que seas un profesionista o profesional o desarrolles una actividad empresarial, cualquiera que ésta sea,
19:08y tienes la obligación de presentarla, ¿qué sucede? Pues lo que comentábamos.
19:14Tienes que presentarla dentro de un tiempo, con ciertas características.
19:18Entonces es importante saber que no todos tienen esa obligación, sobre todo no los que no tienen un RFC.
19:26O sea, los que no están inscritos, todo el tema de la informalidad que hay en nuestro país, pues obviamente ellos no están inscritos, no tienen la obligación.
19:36Pero los que sí somos sujetos activos y estamos ahí en el padrón de contribuyentes, la mayoría estamos obligados a presentar esas declaraciones.
19:44Es una pregunta como un tanto general, porque cada régimen fiscal tiene un tratamiento específico.
19:52Son 22.
19:53Exacto.
19:56Apenas estamos medio entendiendo qué es el SAT.
19:58Sí.
19:59Entonces básicamente, si estás inscrito en el SAT, eres persona física con actividad empresarial profesional si estás solo.
20:05Ok, ok, ok.
20:06Sí, soy.
20:08La siguiente pregunta.
20:10¿Yo? No me acuerdo. Bueno, no me acuerdo con quién iba quién.
20:13¿En qué momento es requerido que yo tenga que facturar o aún siendo empleado asalariado puedo facturar?
20:20Ok, ahí entra mucho, existe esa confusión.
20:24Cuando uno es asalariado dice, oye, yo tengo que emitir facturas o puedo meter gastos, como por ejemplo, la gasolina de trasladarme de mi domicilio al trabajo.
20:35No, en ese régimen fiscal no, no estás obligado a facturar gastos estrictamente indispensables para desarrollar tu actividad,
20:43porque en ese régimen fiscal sí existen deducciones específicas como lo son el aguinaldo, la prima vacacional, la prima dominical.
20:52Existen ciertas prestaciones que son exentas, por así decirlo, del impuesto sobre la renta.
20:59El decir factura dentro del régimen de los trabajadores, tus facturas van a ser tus CFDIs, que significan un certificado fiscal, un comprobante fiscal digital.
21:13Esos comprobantes fiscales van a ser tus nóminas.
21:17Esas serían como tus facturas de ingresos.
21:20Ahora, facturas como tal de deducciones las que comentaba, de las deducciones personales.
21:26Si yo requiero algún tema hospitalario, si tengo que pagar las colegiaturas de mis hijos, si tengo que pagar algún tema de psicología, de nutrición,
21:37eso sí lo pueden ustedes solicitar esa factura para poderla hacer reducible en el impuesto.
21:43Lo que más o menos, a ver si entiendo, es que depende de tu régimen en el que estés, son las deducciones que puedes hacer.
21:53Es correcto.
21:54Hay diferentes deducciones.
21:55Existen deducciones que son estrictamente indispensables para tu actividad económica y existen las deducciones personales.
22:02O sea, tienes que ponerte al tiro en qué régimen estás.
22:05Exacto, como que lo primero es saber en dónde estás ubicado para saber cuáles son tus obligaciones, ¿no?
22:11Bueno.
22:12Bueno, vamos con la última pregunta.
22:14Dice, ¿se tienen que declarar todos los depósitos que tenga en mi tarjeta bancaria o de nómina?
22:20O las transferencias.
22:22Sí, las transferencias.
22:24¿Qué puedo decirles? Para el SAT todo es fiscalizable.
22:27O sea, el SAT si estuviera en una situación de estar realizando básicamente un examen, una auditoría, algún contribuyente,
22:36tiene toda la facultad y la autoridad de ir con las instituciones bancarias y decirle, a ver, préstame para acá todos los movimientos financieros.
22:42¿De dónde viene esto? ¿De dónde viene esto?
22:44Aun sea de inversión, de ahorro, lo que tú quieras, es todo lo que pasa a través de una institución financiera es fiscalizable.
22:52Entonces, ¿cuándo tenemos, por algún sentido, el que es justificable?
22:58Por ejemplo, aquí hablan de tarjetas de nómina y de débito.
23:02Obviamente, si estás dado de alta bajo el régimen de sueldos y salarios, pues está justificado esos depósitos.
23:08Está amarrado, claro.
23:09Exacto, porque, por un lado, tu patrón está pagando las retenciones del impuesto sobre la renta,
23:13está haciendo saber a la autoridad cuánto ganas y es el depósito que percibes.
23:17Sí saben de dónde viene.
23:19Es correcto.
23:20Y las facturas se justifican, ¿no?
23:22O sea, si tú tienes alguna actividad, entonces lo justificas con la factura.
23:26Y supongo que es ahí cuando se dan cuenta, ¿no?
23:30Ay, ¿de dónde está llegando?
23:31Hacen un cruce de información.
23:33Cada tanto le está llegando.
23:35Exacto.
23:36Entonces, cuando somos salarias no hay tanto problema.
23:39Cuando estás dado de alta en este registro que les comentaba,
23:42que tú desarrollas alguna actividad empresarial o profesional y facturas,
23:47y estás pagando tus impuestos, tampoco hay tanto problema.
23:50El problema es para las personas que no están dadas de alta
23:53y que están recibiendo depósitos.
23:56Bueno, Julia.
23:58Nos quedan muchas dudas todavía.
24:01Es momento, ya se nos acabó el tiempo.
24:04Es momento de despedirnos.
24:05Muy rápido.
24:06Recuerden que nos pueden seguir en las redes sociales.
24:09Estamos como Suma TV OH en Facebook, Instagram y X.
24:12Y la próxima semana, como esto se quedó ahí a la mitad,
24:15vamos a seguir hablando del SAT.
24:18Así que, pues, muchas gracias, Mire.
24:20Gracias a ustedes. Un honor coincidir.
24:22Nos vemos en la siguiente.
24:23Nos vemos en el siguiente episodio de Sobrevivir.
24:26Adiós.
24:27Adiós.
24:45Subtítulos realizados por la comunidad de Amara.org

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