• hace 6 meses
¿Qué dice el artículo 79 sobre tramitar tu RFC en el SAT? Aquí te decimos lo que podría suceder.

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Transcripción
00:00Todos los trámites que requieren presentarse ante el SAT pueden ser engorrosos y, en muchos
00:07casos, este es el principal motivo por el que no se llevan a cabo. Sin embargo, son
00:12de carácter obligatorio, por lo que es necesario que este es inscrito en el Registro Federal
00:17de Contribuyentes, ya que es parte importante para el servicio contar con ello.
00:22De acuerdo con el artículo 79 del Código Fiscal de la Federación, se estipula que
00:27son infracciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes las siguientes.
00:32No solicitar la inscripción cuando se esté obligado a ello o hacerlo extemporáneamente,
00:38salvo cuando la solicitud se presenta de manera espontánea. No presentar solicitud de inscripción
00:43a nombre de un tercero cuando legalmente se esté obligado a ello. No citar la clave del
00:48registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad fiscal en las declaraciones,
00:54solicitudes, promociones y demás documentos. Sin embargo, no hay una sanción clara por
01:01parte del SAT que asegure un monto de cobro o alguna multa por no contar con el RFC,
01:06aunque es de suma importancia que lo tengas al momento de realizar tus declaraciones de
01:11impuestos. Recuerda que si aún no lo tramitas, puedes hacerlo de manera presencial así como
01:16en línea desde la misma página web del SAT. Si te gustó el video, no olvides darle like
01:22y suscribirte a nuestro canal para seguir informado.

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