• hace 2 meses
La jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fue recusada por los abogados que representan a una de las familias querellante en contra de los implicados en el caso Calamar, alegando que la misma se encuentra parcializada.

La recusación presentada por el abogado Pablo Castillo, quien representa a los sucesores Bernard Mota de San Rafael de Yuma, fue remitida a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Penal, por la jueza Ramírez a fin de que decida sobre la misma, al tiempo que fijó la audiencia para el próximo 30 de septiembre.

https://listindiario.com/la-republica/20240826/familia-querellante-caso-calamar-recusa-jueza-altagracia-ramirez-alegando-encuentra-parcializad_822958.html

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Transcripción
00:00con relación a un criterio de
00:10circunstancias que se presentaron
00:12en este criterio de oportunidad
00:14con partes distintas a las que
00:18en el día de hoy ostentan en las
00:21calidades y se lo explicamos en
00:25aquella ocasión a la parte que
00:28está disponible y volvemos al
00:32mismo tema cuando una parte no
00:36suficientemente satisfecha con
00:39la decisión de un juzgado pues
00:42las vías de los recursos están
00:46disponibles para atacar lo que
00:48son las decisiones jurisdiccionales
00:52entendemos que esta revisación
00:55no lleva ningún mérito la
00:58solicitud de criterio de
01:01oportunidad que nada tiene que
01:03ver con el apoderamiento de la
01:05audiencia preliminar que tenemos
01:07hasta el día de hoy
01:10manda a la constitución y manda
01:12a la compañía judicial penal
01:14remitir estas acusaciones para
01:17que la cuenta de ordenación
01:19decida si hubo o no un buen
01:23la buena aplicación de la norma
01:27con relación a lo que solicitan
01:32¿Entendemos?
01:45Y cuando emitimos la otra
01:48decisión que lo vamos a tener
01:51que volver a a tocar en el
01:55de esta decisión lo primero que
01:59le explicamos a las partes es
02:01el debido proceso que se debe
02:03dar un primero y en este punto
02:07cuando se lo explicamos en la
02:10decisión anterior
02:13un señalamiento de que el juez
02:16es el que recibe quien es otra
02:19víctima
02:22para delimitar esa palabra
02:29tenemos que ponerle una fecha a
02:33este proceso hasta tanto la
02:36corte decida si procede o no
02:40vamos a buscar una fecha tenemos
02:43que disponible dado que están
02:46todos notificados y todos
02:50de su acusación para el día de
02:54hoy es simplemente que estén
02:56convocados para el lunes treinta
02:58de septiembre independientemente
03:01de cual sea la decisión de la
03:03corte quedan todos conocados a
03:06ese día
03:07¿A quién representa ahí los
03:09motivos por los cuales recusa la
03:10jueza?
03:11Pablo Castillo yo represento a
03:13gran parte de los sucesores
03:15Bernal Montal de San Rafael de
03:19los motivos de las recusaciones
03:21porque nosotros entendemos que
03:24no tenemos ninguna garantía con
03:27que la magistrada que hoy
03:29preside el tribunal eh hasta
03:32gracias Ramírez gracias Ramírez
03:35hiciera una apreciación sana de
03:38lo que tiene que ver con la
03:39norma y una sana aplicación de
03:41la justicia en la audiencia
03:43pasada en lo que tiene que ver
03:44con el criterio de oportunidad
03:47pensé que hoy ella quiera
03:49maquillarlo diciendo que son
03:51procesos diferentes no es menos
03:54cierto que son procesos que van
03:56de la mano porque es un solo
03:57expediente son los mismos
03:59imputados los mismos que
04:01elegían pues a ello le ocurrió
04:03decir que nosotros para esa
04:06audiencia del criterio de
04:08oportunidad no teníamos calidad
04:10y sin embargo ella establece
04:12que para esa audiencia si tenemos
04:14calidad lo que nosotros no
04:15podemos hacer es esperar que
04:18nos sigan asaltando y que nos
04:20sigan atrapando nuestra buena
04:21fe ella decidió darle las el
04:28criterio de oportunidad dejando
04:30libre a dos de los imputados
04:33que nosotros tenemos que es el
04:35señor eh Fernando Crisóstomo y
04:40Mimilo en ese sentido estaría
04:43dejándolo fuera y declarando
04:46inclusive la extensión de la
04:47acción penal

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