Impuestos, tasas y contribuciones: Diferencias

  • la semana pasada
#Noticias #Venezuela #NoticiasDeVenezuela #LaIguanaTV

Instagram: https://www.instagram.com/laiguanatv/...
Facebook: https://www.facebook.com/iguana.tv/
Twitter: https://twitter.com/la_iguanatv
Twitch: https://www.twitch.tv/laiguanatv
Tiktok: https://vm.tiktok.com/ZMNCJNtfK/
VK: https://vk.com/comunidadlitv
Odysee: https://odysee.com/@LaIguanaTV-Televisión:3
Dailymotion: https://www.dailymotion.com/laiguanatv

Category

🗞
News
Transcript
00:00Permítame hacer una aclaratoria para todos los amigos. Hablamos de tributos y los tributos
00:16se clasifican en impuestos, en tasas y en contribuciones. El impuesto es el pechaje
00:23que se hace sobre un determinado ingreso con un porcentaje. La tasa es la contraprestación
00:32en Bolívares que exige bien sea una alcaldía, una gobernación o el Estado Nacional por
00:37prestar un servicio, que es en el caso por ejemplo el aseo del agua y particularmente
00:43el primero que nombré que es el aseo donde hemos conseguido mayor inquietud por parte
00:48no solamente de las empresas sino también de las personas naturales. La ley establece
00:55que en el caso del manejo integral de los desechos y residuos, los residuos sólidos,
01:04se va a generar un punto de encuentro con la ley que rige la materia que es la ley de
01:09gestión integral de la basura y allí se van a fijar bien sea las tasas, que es cuando
01:14la tasa es el cobro que se hace cuando el servicio lo presta la alcaldía por decir
01:19algo, pero las tarifas es el cobro que se establece cuando el servicio lo presta un
01:25tercero, es lo que se llama los bienes públicos, un poquito para diferenciar allí, entonces
01:29tenemos que hablar de tasas y tarifas, ahí se van a establecer unos límites. Actualmente
01:33como salió la ley no está establecido cuál es el monto, por ejemplo yo le hablé de la
01:37actividad económica que es hasta 3%, las excepciones que están con el 6,5% pero cuando
01:43hablamos a los timbres fiscales que corresponde a ingresos del estado, para las personas naturales
01:48lo máximo que se puede cobrar son 10 unidades, pero son 10 veces la tasa de cambio y personas
01:53jurídicas 500 veces la tasa de cambio, pero en el caso del aseo no establecimos las alícuotas
02:01o las tasas, principios y parámetros establecimos, nos da la facultad de la ley y luego remitimos
02:06entonces a la ley que lleva la materia o que tiene competencia, lo mismo pasa con todo
02:11este tema de las vialidades nacionales que son con los peajes, se comporta de la misma
02:17manera, por cierto en los últimos días el ministerio ajustó el cobre de los peajes
02:23y tiene que ser así, entonces ahora los peajes es un solo precio en todos los peajes a nivel
02:28nacional, usted hace 4 meses estaba viajando y se conseguía diferentes montos en un peaje
02:34inclusive que no distanciaba más de 2 o 3 kilómetros, más de 10 kilómetros y tenía
02:39unas diferencias hasta superiores del 100%, ese mismo esquema lo vamos a trabajar con
02:44el servicio del aseo.

Recomendada