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NoticiasTranscripción
00:00y ahora tenemos la tercera sentencia que ha sido publicada a esta hora y la leemos
00:11decisión la sala declara que es competente para conocer las demandas de nulidad ejercidas
00:18conjuntamente con solicitud de amparo cautelar admite las demandas de nulidad ejercidas
00:24procedente la acumulación de expedientes signado en el número 2017 07 20 a la presente causa
00:33identificada con la número 2017 07 19 y procedente la referida solicitud de amparo cautelar sin lugar
00:44las demandas de nulidad ejercida por la representación judicial del ciudadano enrique
00:51capriles radosky antes identificado contra la resolución 0100000239 de fecha 6 de abril de
01:022017 mediante la cual se le impuso sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones
01:10públicas por un periodo de 15 años dictado por el contralor general de la república así como la
01:18interpuesta contra el acto administrativo de fecha 31 de marzo de 2017 emanado del director
01:25general de procedimientos especiales actuando por delegación de la referida máxima autoridad por
01:31medio del cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra el autodeciditorio
01:40número 0801 padr 001 20 17 de fecha 19 de enero del año 2017 que a su vez consideró responsable
01:54administrativamente al actor y lo sancionó con multa se declaran firmes los actos impugnados
02:04y en consecuencia el ciudadano enrique capriles radosky de acuerdo con la resolución número 0100000239
02:14de fecha 6 de abril de 2017 está inhabilitado por 15 años para ejercer funciones públicas
02:25por este incurso y entre otros los siguientes hechos y aquí lo declara la sentencia por
02:33irregularidades administrativas ocurridas durante los ejercicios fiscales 2011 2012 y el primer
02:39trimestre del 2013 en el desempeño de sus funciones como gobernador del estado bolivariano de miranda
02:47al haber actuado de manera negligente al no presentar el proyecto de ley de presupuesto
02:53para el ejercicio fiscal 2013 ante el consejo legislativo del aludido estado asimismo por
03:01omitir el procedimiento de selección de contratistas al suscribir el contrato de servicio
03:08número dgc j0045 guión 11 de fecha 16 de junio del año 2011 y no evidenciándose los supuestos
03:21para la procedencia de la contratación directa en contraversión con lo previsto en los numerales 1
03:29y 2 del artículo 55 y lo dispuesto en el artículo 76 de la ley de contrataciones públicas publicada
03:37en gaceta oficial de la república bolivariana de venezuela número 39 mil 503 de fecha 6 de
03:44septiembre de 2010 vigente para el momento de ocurrencia de los hechos de igual forma por
03:52haber suscrito los contratos número j-0041-2011 y 0032 de fechas 6 de junio 2011 y 24 de febrero
04:07de 2012 ello en contraversión a los artículos 86 y 99 de la ley de la reforma parcial de la
04:17ley de contrataciones públicas además esta solicitud no cumple con los requerimientos
04:23establecidos y exigidos en el acuerdo de barbados firmado el 17 de octubre de 2023 y en consecuencia
04:31el ciudadano enrique capriles radosky está inhabilitado por 15 años para el ejercicio de
04:40funciones públicas remítase el presente expediente al fiscal general de la república que los presuntos
04:46hechos graves en que incurrió el pre nombrado ciudadano a fin de que determine las sanciones
04:54penales a que haya lugar es decir a esta hora se confirma la inhabilitación política de enrique
05:02capriles radosky la iguana punto tv la verdad hecha tendencia