• el año pasado

Los cobros por reconocimientos de paternidad y costos de las actas certificadas en el Registro Civil están tabulados por el Código Hacendario Municipal, siendo la Dirección de Ingresos la que recaba estos importes, por lo que quedará a criterio de los ayuntamientos el modificar, mantener o quitarlos, para luego tener el aval del Congreso del Estado.

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Transcripción
00:00Bien, comentan, ya leyendo el resolutivo que acaba de emitir la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
00:08pues sí menciona que le van a hacer un llamado al Congreso para que posteriormente el Congreso le haga el llamado a los municipios,
00:16en este caso son tres municipios en el Estado, a los que le van a hacer la observación.
00:21Esto se refiere, según lo que hemos podido leer, de los reconocimientos de paternidad de hijos.
00:29Como es un derecho humano, pues entra dentro del nacimiento y el Código Civil, inclusive la Constitución,
00:38nos marca que es un trámite gratuito. Todas las actas de nacimiento, las primeras, son gratuitas.
00:45En este caso, en el reconocimiento lo único que se hace es colocarle el apellido paterno, el apellido del padre,
00:52que es uno de los conceptos que se encuentran. O de la madre, según sea el caso.
00:57Así es, y entre otros es el costo de las actas certificadas, que pues menciona que también está súper elevado el costo.
01:06Aquí nosotros, como Registro Civil, lo único que hacemos es recibir del usuario los recibos que pagan a las cajas de la dirección de ingresos.
01:16Nosotros recabamos lo que son los recibos y con eso nosotros solicitamos a la Tesorería Municipal el formato en blanco,
01:25para que nosotros aquí podamos expedir esa acta certificada, esa acta certificada de los libros de las actas de nacimiento.
01:33Como ya sabrán muchos, eso está plasmado en nuestro Código Hacendario Municipal, que fue aprobado y se va adecuando año con año,
01:47a principios de año, a finales de febrero siempre se publica y se manda la gaceta para su publicación, este tabulador municipal.
01:55Y en el caso de Registro Civil, pues está tabulado y sustentado con el Código Hacendario Municipal.
02:01Ya aquí quedaría a criterio de los ayuntamientos su valoración o contestarle por qué.
02:08He visto también por aquí en los comentarios que nos dice una ministra que muchos de los ayuntamientos tienen que ponerle un concepto a estos ingresos,
02:19porque de esos los cajas ellos reciben, son sus captaciones propias y por eso ellos son los que ponen ese tipo de precios en el tabulador.
02:30Ellos lo someten a Cabildo, Cabildo lo aprueba en su mayoría y va estornado al Congreso para que el Congreso también lo apruebe
02:38y posteriormente se publique en la gaceta oficial.
02:41Sí, es un tema que aquí los ayuntamientos tienen que estudiar mucho, tienen que respaldar y ya sea que se mantenga o se llegue a modificar,
02:51lo presentan una vez más al Cabildo y posteriormente otra vez al Congreso.
02:58Me imagino que a nivel estatal esas tarifas son las mismas en todos los municipios o no?
03:02No, varían. De acuerdo a varios ayuntamientos hay unas tarifas de acuerdo a la población, al tamaño del municipio son las tarifas.
03:13En otros municipios más pequeños obviamente la tarifa es mínima, municipios con alto índice de marginalidad
03:22y ayuntamientos así como los de Coatzacoalcos tienen otra tarifa.
03:27Respecto a esto es una de las tarifas que son implementadas y aprobadas entre Cabildo y posteriormente con la autorización del Congreso.

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