Feminicidio en México: ¿Cómo se tipifica en cada entidad del país?

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A pesar de este reconocimiento federal; todavía existen retos importantes en la tipificación del feminicidio a nivel estatal. Lo que implica un obstáculo importante en el acceso universal a la justicia, debido a que el feminicidio es un tipo penal de competencia local.

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Transcripción
00:00México ha reconocido el feminicidio como la forma última y extrema de violencia contra
00:05las mujeres. En el Código Penal Federal está tipificado como asesinato violento de mujeres
00:09por razones de género. Las leyes federales establecen siete causales de feminicidio.
00:14La muerte violenta de una mujer donde se cumpla al menos una de las causales deberá investigarse
00:18como feminicidio. A pesar de este reconocimiento federal, todavía existen retos importantes
00:23en la tipificación del feminicidio a nivel estatal, lo que implica un obstáculo importante
00:28en el acceso universal a la justicia debido a que el feminicidio es un tipo penal de competencia
00:32local. El gobierno de Claudia Sheinbaum ha prometido que se homologarán las causales
00:36que dictan que una muerte violenta de una mujer debe ser investigada como feminicidio.
00:40Estas son las siete causales que el Código Penal Federal contempla en la tipificación
00:44del feminicidio. 1. La víctima presente signos de violencia
00:48sexual de cualquier tipo. 2. A la víctima se le haya infligido lesiones
00:51o mutilaciones inflamables o degradantes previas o posteriores a la privación de la vida o
00:56actos de necrofilia. 3. Existen antecedentes o datos de cualquier
00:59tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra
01:04de la víctima. 4. Haya existido entre el activo y la víctima
01:07una relación sentimental, afectiva o de confianza. 5. Existen datos que establezcan que hubo
01:12amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra
01:17de la víctima. 6. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera
01:20que sea el tiempo previo a la privación de la vida.
01:237. El cuerpo de la víctima se ha expuesto o exhibido en un lugar público.

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