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00:00Hola, soy Mara Clara Posada y hoy en Datomata Relato voy a darle cuatro datos que usted
00:11necesita conocer para entender la apertura de investigación y formulación de cargos
00:15por parte del CNE a la campaña de Gustavo Petro.
00:181. Sobre los distintos procesos y la formulación de cargo. En este caso hay tres tipos de procesos
00:23distintos. El primero es el político, que se da en la Comisión de Acusaciones de la
00:27Cámara de Representantes, porque el presidente tiene un fuero especial y es el que termina
00:31en destitución o privación de sus derechos políticos por indignidad. El segundo es
00:36el penal, porque desde 2017 la violación de topes y la financiación ilegal de campaña
00:40constituyen delito. De ahí que en caso de que se compruebe que así fue, el gerente
00:44de campaña, que es el presidente de Copetrol Ricardo Roa, debería responder ante la Fiscalía
00:48que imputa cargos ante un juez por su conducta delictiva y el presidente Petro debería responder
00:53ante la Corte Suprema de Justicia. Y el tercero es el administrativo, que es el que se está
00:57surtiendo en el Consejo Nacional Electoral por la violación de los topes de campaña.
01:02Después de un proceso de varios meses, siete de nueve magistrados votaron favorablemente
01:06a la apertura de la investigación y a la formulación de cargos. En este caso, esa
01:10formulación es la manifestación que el CNE hace a los implicados en el proceso para que
01:15expliquen o presenten razones de defensa sobre lo que con ocasión de las pruebas recaudadas
01:19resulta en su contra. Es decir, sobre la presunta vulneración al régimen de financiación
01:24de campañas al exceder los topes y recibir financiación ilegal.
01:272. Sobre el fuero integral. El artículo 174 de la Constitución Política establece un
01:33fuero integral para el presidente de la República que quiere decir que su juez natural, con
01:38única excepción en materia fiscal, es el Congreso, primero en la Comisión de Acusaciones
01:42de la Cámara y luego en el Senado. Este fuero no se da para proteger al presidente, sino
01:46para proteger a la institución presidencial. Por lo tanto, la campaña no se ve cobijada.
01:51Dicho esto, el Consejo de Estado conceptuó que el CNE puede adelantar las investigaciones
01:56en materia administrativa a la campaña. Y la Corte Constitucional, por su parte, estableció
02:01que en caso de que se encuentre una violación administrativa por la violación de topes,
02:05a partir de una compulsa de copias a la Comisión de Acusaciones, se coordina la competencia
02:10administrativa del Consejo Nacional Electoral y el fuero político que terminaría con una
02:15eventual remoción del cargo por indignidad de instancias del Senado.
02:183. Sobre la normativa y las consecuencias. El artículo 109 de la Constitución se refiere
02:23a la financiación de las campañas políticas y sostiene que la violación de los topes
02:27máximos de financiación debidamente comprobada será sancionada con la pérdida de investidura
02:32o del cargo. Este artículo es el sustento del proceso frente al CNE y ante la Comisión
02:36de Acusaciones. Por su parte, el artículo 21, numeral V de la Ley 996, es el que coordina
02:42la competencia administrativa con lo político, sosteniendo que de comprobarse la violación
02:47y siendo admitida la investigación por el Senado, se suspende al presidente del cargo
02:52y se tramita un juicio por indignidad para ser apartado definitivamente. Esto es, si
02:56se comprueba que la campaña violó los topes, tanto él como Francia deben ser apartados
03:00de sus cargos así. El CNE compulsa copias a la Comisión, la Comisión en la Cámara
03:04decide acusar o no y el Senado juzga. Si lo encuentra culpable, o sea, si hay violación
03:09de los topes, debe aplicar el artículo 109 y la Ley 996 para ordenar su destitución.
03:15De hallarse mérito penal, pues debe pasar a la Corte Suprema de Justicia.
03:184. Sobre lo que viene y la defensa. Seis meses es el término legal para el pronunciamiento
03:23del CNE y otros seis meses para que se decida en la Comisión de Acusaciones. Esto obviamente
03:27si no hay dilaciones, lo que es difícil en un órgano como la Comisión que es 100% político.
03:33De cualquier forma, ante la evidencia de los hechos, el presidente Petro ha enfocado su
03:36defensa en una supuesta violación del fuero y no en desvirtuar los hechos que se le atribuyen
03:41a la campaña. Todo mientras vincula también su defensa a la instauración de una falsa
03:46narrativa alrededor de un golpe de Estado para agitar al país. Nada más constitucional
03:51que respetar los mismos preceptos que la Constitución establece. Al presidente se le debe respetar
03:56su fuero y sus garantías procesales. Así, lo que él llama golpe de Estado, nosotros
04:01lo llamaremos Estado de Derecho y Justicia.
04:06IFM Noticias