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La jueza federal aseguró que al no acatar la orden, la presidenta viola el Estado de derecho, lo que se traduce en anarquía.

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Transcripción
00:00sobre ese tema saludo a la jueza Nancy Juárez Salas quien precisamente tenemos en comunicación
00:04jueza cómo está buen día buenos días Josué qué tal gracias por tomar la comunicación
00:11primero que nada y tomando en cuenta pues lo que hoy la presidenta también dio como
00:17respuesta usted pues se tuvo de alguna forma la decisión de pues los alcances de su orden
00:27es decir que pues esta publicación de la reforma pues se tiene que bajarse por el
00:33diario oficial cuáles son esos alcances es decir de usted la orden que mandó hasta dónde
00:39llegaría con pues ya la reacción de la presidenta y mira por suerte comento en principio la
00:48presidenta ha dicho que los jueces en particular no tengo atribuciones para ordenar la eliminación
00:57de esa publicación te podría decir que ese argumento es completamente falso porque el
01:03artículo 103 y 107 constitucional establecen las facultades del poder judicial de la federación
01:12y entre ellas es resolver los juicios de amparo contra actos de cualquier autoridad que viole
01:19los derechos humanos esta es una facultad exclusiva del poder judicial federal como
01:25también hay facultades exclusivas del poder ejecutivo y del poder legislativo en palabras
01:32sencillas el poder judicial federal es quien defiende al pueblo de los actos arbitrarios
01:38de cualquier autoridad dentro de esos mecanismos de control constitucional tenemos el juicio de
01:44amparo y por ende la suspensión de los actos reclamados esta suspensión tiene su fundamento
01:54en el artículo 147 de la ley de amparo es decir los jueces tenemos plena facultad y está
02:04establecida de manera inequívoca en la constitución de ahí que tenemos esa facultad para requerir el
02:14cumplimiento de la suspensión ahora bien me llama la atención que en este asunto ninguno
02:23de las autoridades que son la presidenta y el titular del diario oficial ha interpuesto
02:30recurso legal en contra de estas determinaciones la ley de amparo establece tanto el recurso de
02:38queja como el de revisión para tratar de modificar el sentido de estas determinaciones sin embargo a
02:47pesar de que las autoridades han sido notificadas no han interpuesto recurso
02:53alguno y en cambio han hecho eco del silencio con respecto a las mismas debo decirte que si
03:03la presidenta desde su particular apreciación opinable y debatible como autoridad responsable
03:11considera que un juez federal no tiene atribución o bien no tiene la facultad
03:18deben de interponer necesariamente esos recursos porque los asuntos se ganan litigándolos en los
03:25tribunales no en los medios en ese en ese sentido bueno pues aquí vemos una total apatía de las
03:35autoridades frente a los recursos que la ley les establece de manera clara otro aspecto que me
03:44gustaría comentar es que al no acatar las decisiones judiciales se está rompiendo el
03:55estado de derecho y eso se traduce en una anarquía es decir cuando no se respetan las
04:01leyes y se podría dar lugar al absurdo de que quien tenga obligación de pagar unos alimentos
04:07pues no los pague porque a su consideración diga que no es procedente o la autoridad no es la
04:13facultada o bien podría alguna persona cometer un delito y no cumplir la condena porque lo
04:21considera incusto y simplemente no decida cumplirla esas son las consecuencias del mensaje
04:29que nos está haciendo llegar la presidenta de la república en sus declaraciones ahora
04:37perdón en su orden usted informa que ante el desacato daría vista al ministerio público
04:43se habla de una posible orden de apensión contra quien sería mira la ley de paro establece un
04:51procedimiento para el caso de que en el supuesto de que las autoridades responsables no cumplan
04:58la suspensión tenemos la obligación los jueces de acuerdo a lo que establece la propia ley de
05:05amparo y la constitución en su artículo ciento siete de dar vista al ministerio público en caso
05:13de que no cumplan dentro del plazo de veinticuatro horas que establece la misma ley los juzgadores
05:22vamos vista y ya corresponderá al ministerio público dentro de sus facultades el iniciar la
05:30carpeta y también bueno pues llegar en su caso a solicitar una orden de aprensión que sinceramente
05:41bueno pues lo veo complicado porque primero tendrían que desaforar a la presidenta y tomando
05:48en consideración que hay mayoría en el congreso pues no creo que se llegue a dar mi actuación
05:55únicamente se limita hasta la vista del ministerio público y ya después bueno corresponderá a otras
06:02autoridades qué pasa si el ministerio público de la fiscalía obviamente general de la república no
06:07hace caso esa es una facultad en donde yo no puedo obligar a la autoridad ministerial o al
06:20ministerio público a que ejercita acción penal ya eso es un una atribución exclusiva de esa
06:31respuesta bueno no de esa autoridad y ya él determinará mi actuación se limita a dar
06:38vista en caso de que la autoridad responsable no cumpla con la suspensión ahora jueza el
06:44poder ejecutivo ha advertido que va a pedir al consejo de la judicatura que usted sea
06:49sancionada cuáles podrían ser esas consecuencias bueno la manifestación que hizo la presidenta en
06:57ese sentido me imagino que se refiere a una queja o a una denuncia que presentará o que
07:05está en aptitud de presentar ante el consejo de la judicatura y el consejo de la judicatura
07:10tendrá la facultad de admitirla esa denuncia o bien desecharla por falta de pruebas ya corresponderán
07:20a la autoridad administrativa que vigila el cumplimiento de nuestras atribuciones en
07:29materia de disciplina si es que determina darle trámite o no ahora le presentamos antes de esta
07:39comunicación de manera gráfica también alguna de las procedimientos a los que ha sido sometido
07:45sobre todo también por parte de la judicatura que ordenó incluso la suspensión de usted por
07:51allá por abril de 2021 qué corresponde o qué le responde usted todo esto que ha sido exhibido
07:57incluso para pues obviamente dicen responder a su actuar como ahora como jueza es correcto
08:07y en verdad pues yo yo no lo quería comentar pero finalmente me ayudaron a sacar a la luz
08:16ese tema y te voy a explicar ahí qué fue lo que sucedió yo estaba escrita a un juzgado mercantil
08:25en la ciudad de cancún advertí actos de corrupción entonces con la finalidad de que yo no denunciara
08:36actos de corrupción de los servidores públicos que presentaron una queja es que me suspendieron
08:45esto fue en el periodo del ex ministro saliva y obviamente fue una queja elaborada sin fundamentos
08:56sin pruebas sin embargo hicieron caer todo el peso del consejo de la judicatura en mi en mi
09:06desempeño haciendo creer que yo había cometido conductas las cuales hasta el día de hoy no están
09:14demostradas y no ha sido no ha sido resuelto el procedimiento así que no podemos decir que yo las
09:21cometí porque simple y sencillamente fueron consecuencia de inventos de los servidores
09:28públicos con la finalidad de que no denunciara sus actos de corrupción sin embargo con independencia
09:35de mi suspensión tuve la obligación de hacer la denuncia correspondiente porque esos actos si
09:43existieron bien pues estaremos atentos entonces a las próximas horas jueza a lo que vaya surgiendo
09:50a estas determinaciones que tanto usted como también la misma ejecutiva la presidenta pues
09:56ha respondido le agradecemos la comunicación no de que al contrario pues fue muchas gracias

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