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00:00Don Alonso, ¿qué reflexión se puede hacer luego de que el mismo tribunal hace referencia
00:05a que el Estado le falló a la mamá de Gabriel específicamente en cuanto a la gestión del
00:10pánico?
00:11Muy buenos días.
00:12Es importante mencionar que el Tribunal Penal consideró la pena máxima en los tres delitos
00:16de violación y el delito de sustración por el cual fue acusado por parte de la Fiscalía
00:20al señor Hugo Casasola.
00:23Si bien la sanción que establece el Tribunal Penal es la condena máxima, es una situación
00:28dolorosa, lamentable hacia la condición que vivió la persona menor de edad.
00:34Los años de cárcel que vaya a tener este señor no van a reparar el daño sufrido a
00:38la niña.
00:39Adicionalmente, el patronato, a la luz de las disposiciones que ha tenido este proceso
00:45a nivel administrativo como judicial, ha tomado las acciones en cuanto a la interposición
00:52de denuncias a los funcionarios que tomaron o hicieron, digamos, mal su trabajo.
01:00Además, y lo que he mencionado, varios espacios como ustedes, ha tomado las acciones administrativas
01:06tanto en la revisión de todos los procesos atencionales, la supervisión concreta y directa
01:10de los instrumentos de la Oficina de Cartago.
01:15Adicional, ha creado supervisión y actualización de protocolos como el protocolo de egresos
01:21hospitalarios para cualquier situación en la que se presenten embarazos entre personas
01:25menores de edad, pues tengan y sean catalogados como prioridad 1, y la actualización del
01:31modelo de relación de síntomas.
01:32¿Por qué, digamos, el PARIN siempre reivindica lo mismo?
01:33Siempre hay casos que salen de niños maltratados, de niños incluso que fallecieron, que ya
01:34estaban a denuncias y respuestas.
01:35¿Por qué se da siempre ese seguimiento por parte del PARIN cuando ya los hechos se han
01:36dado?
01:37Hay que poner en contexto que el primer factor protector de las personas menores de edad
01:51es la familia, eso es fundamental, y la sociedad como tal.
01:56El patronato hace su labor a raíz de la puesta de denuncias y las situaciones que la ciudadanía
02:02también reporta.
02:03Pero el primer factor protector, y vuelvo aquí a este contexto, inclusive el Tribunal
02:06de Juicio hace referencia, falló la familia, falla el Estado con su licencia, y se tienen
02:11que tomar las acciones respectivas.
02:13Aquí no solamente el patronato como institución, sino es el Sistema Nacional de Protección
02:17que tiene que estar en la protección y en la garantía de los derechos de las personas
02:21menores de edad.
02:22Hay personas que dicen que a usted le negaron incluso parte del expediente a la familia
02:25o el abogado de la familia sobre el caso de Caitlin.
02:29Honestamente desconozco las partes, no podría referirme.
02:32El licenciado, porque nos indica usted que el PARIN tomó las acciones en el ámbito
02:36judicial también que correspondían respecto a la interposición de denuncias contra los
02:40funcionarios negligentes.
02:41Lo que pasa es que el 25 de octubre usted nos dijo que se habían interpuesto y el lunes
02:46nos dijo que no se habían interpuesto.
02:48Sí, hago la corrección acá.
02:50Efectivamente le indiqué la fecha que usted menciona, el 25, porque así se había hecho
02:55la solicitud al Departamento de Asesoría Jurídica.
02:57Posteriormente, en conversaciones con la Presidenta, ya digamos, se giraron las instrucciones de
03:01manera más formal y ya las denuncias están presentadas en la Fiscalía de Providad.
03:05Entonces, ¿de quién fue el fallo de no haber presentado esas denuncias desde que se conocía
03:09la negligencia?
03:11¿Fue de la Asesoría Jurídica, fue de la Presidencia?
03:13No, el contexto, digamos, de la situación puntual obedecía también a muchos procesos
03:19internos.
03:20Tenían que quedar en firme ciertos actos como tal, digamos, de los procedimientos y
03:25como les digo, muchos también obedecían al análisis legal que tenemos que hacer por
03:28la restitución del contexto administrativo.
03:30¿Qué decisión?
03:31¿Qué decisión se puede hacer con respecto a estas circunstancias que dan referencia
03:36al tribunal de las relaciones entre personas adultas con muchísima diferencia entre personas
03:41menores de edad?
03:43Bueno, la reflexión importante es de que hay que respetar la ley, no es válido, no
03:50es tolerante o tolerable de que existan relaciones entre adultos y personas menores de edad.
03:57Este, el marco legal que se ha modificado a la luz, digamos, de la disposición de la
04:02creación del cuerpo legal en el que incorpora el delito de relaciones impropias, este, involucra,
04:09digamos, de que la misma institución a la luz de esto haya actualizado sus modelos
04:13y sus protocolos en la fase tribunal y catalogar la situación que se presenta de relaciones
04:20impropias a categoría prioridad 1 para que sean resolvidas en 24 horas.
04:24Licenciado, a partir de lo que usted acaba de mencionar, que en la esencia, en estos
04:29casos, de la familia, el padre estará en condición de rescatar a su hijo familiar
04:38de viola en sus hijos?
04:41El patronato, entre sus procesos intencionales, en términos generales no me voy a referir
04:45en específico, tiene la labor, digamos, de generar un plan de intervención para trabajar
04:50la restitución de los derechos de las personas menores de edad. El eje fundamental de la
04:54labor intencional del padre es la restitución de los derechos de las personas menores de
04:58edad de sus entornos en los que pudieran estar pidiendo y en situaciones violatorias
05:02de derechos.
05:03¿Podría en este caso tratarse de lograr la reunificación de esta familia o, por el
05:07contrario, entregar los niños a Félix?
05:11El proceso está judicializado.