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00:00Este es el aparato que ahora se debe colocar en todas las acometidas de las viviendas.
00:06Es un dispositivo de protección contra sobretensiones. Debe ser parte integral del
00:11equipo de la acometida o estar ubicado inmediatamente después. Con este aparato
00:16se puede evitar los daños a equipos electrónicos dentro del hogar e incluso
00:21garantiza el buen funcionamiento de dispositivos de seguridad como detectores de incendio y
00:26detectores de humo. El código tenía un vacío histórico. Se ha orientado a través de los años
00:32en la protección de dispositivos o de los elementos de la instalación pero contra sobrecorriente o
00:37cortocircuito. Esta normativa aplica para todo cliente que confeccione una acometida eléctrica,
00:42ya sea para servicio nuevo, para traslado o para un cambio de medio. Estos dispositivos se
00:47encuentran en el mercado nacional con precios que rondan desde los 55 mil colones y hasta los 250
00:54mil. Aunque el cliente cuente con el supresor, si se da una descarga atmosférica, por ejemplo,
00:59que no es algo controlado por la compañía eléctrica, la CNFL no sería cargo. Sin embargo,
01:06es importante mencionar que actualmente, ante la carencia de estos elementos, cuando se da
01:11una descarga atmosférica, ya sea por acople electromagnético o por impacto directo en la
01:16línea eléctrica, se dan muchos daños que la empresa no reconoce. Entonces este dispositivo
01:22va a venir a reducir muchos de estos daños. En la Compañía Nacional de Fuerza y Luz también
01:26venden este dispositivo. Lo dan a crédito de tres y seis meses, que se consigna en la factura eléctrica.