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00:00Señor Presidente, colegas parlamentarios, es público y notorio comunicacional que el Consejo Nacional Electoral ya fijó la fecha para la elección, para el próximo 27 de abril del presente año,
00:19Asamblea Nacional, gobernadores y Consejo Legislativo.
00:23Yo quiero resaltar dos aspectos fundamentales aquí. En primer lugar, no es un capricho del Consejo Nacional Electoral para convocar esas elecciones, sino que es un mandato constitucional.
00:34Aquí establece cuánto dura cada periodo, y este año se vence el periodo de los gobernadores y los consejos legislativos, y el próximo 5 de enero del 2026 debe instalarse la Asamblea Nacional, por lo tanto este año debe haber elección a la Asamblea Nacional.
00:51El otro elemento que yo quiero resaltar en este acuerdo de apoyo está en el acuerdo tercero, que dice lo siguiente, dice, velar por la correcta y oportuna aplicación de la Constitución y la ley, particularmente la reciente ley orgánica libertad de Simón Bolívar.
01:12Pero hay que recordar que hay una ley que le corresponde su aplicación al Consejo Nacional Electoral, que es la ley de partidos políticos, reuniones públicas y manifestaciones.
01:24Los artículos a los cuales voy a hacer referencia tienen 60 años, están publicados en la Gaceta 27725 del 30 de abril de 1965, es decir, que el presidente de nuestra Asamblea Nacional no había nacido cuando esa ley estaba publicada en Gaceta.
01:44¿Qué dice? ¿Qué dice esa ley? Porque bueno, lo estoy diciendo acá porque quieren hacer ver la mediática y la matriz de opinión que nosotros, bueno, accionamos para que los partidos dejen de tener vigencia, cuando son los partidos políticos de la oposición que reiteradamente violan la ley.
02:05Leyes que ellos mismos hicieron, de paso. Les quiero hacer referencia, por ejemplo, esa ley que tiene 60 años, en el título 1, capítulo 5, de la cancelación del registro y disolución de los partidos políticos, en su artículo número 32, dice lo siguiente,
02:22la inscripción de los partidos políticos se cancelará, literal C, textualmente, cuando hayan dejado de participar en las elecciones nacionales en dos periodos constitucionales seguidos.
02:37Ahora, aquí hay que recordar una cuestión. Hay una sentencia de interpretación del Tribunal Supremo de Justicia, la número 1, de fecha 5 de enero de 2016, que interpreta el artículo 67 de la Constitución y los artículos 10, 16 y 25 de la ley de partidos políticos.
02:56Y ahí se determinó, ojo, ahí se determinó que las elecciones nacionales son dos, la del Presidente de la República y la de la Asamblea Nacional. Es decir, prácticamente, ¿qué quiere decir? Que no participó en dos elecciones nacionales seguidas.
03:12Los que no participaron en el 18, en el 2018, en la elección presidencial, y no participaron en el 2020, en la elección de la Asamblea Nacional, están, prácticamente, están, como dice la Constitución, está cancelada su inscripción en el Consejo Nacional Electoral, y debemos velar que eso se respete.
03:32A mí me tocó, ciudadano presidente, en el 2017, en la Constituyente, tomar el derecho de palabra para pedir que se desaplicara este artículo y el artículo 25. Era para que los partidos políticos participaran.
03:51¿Cuál fue la respuesta de los partidos políticos de oposición? No solamente que no participaron en la elección del 2018, sino que inmediatamente planificaron el magnicidio contra el Presidente de la República. Y después, en el 2019, vamos a cinco meses, cinco intentos de golpe violento.
04:08En enero, la autoproclamación de un payaso en una plaza. En febrero, intentos de invasión militar disfrazados de intervención humanitaria allá en el Puente de Tendita. En marzo, el sabotaje eléctrico. En abril, el golpe de estado militar conocido como el golpe de los plátanos. Y en mayo, la incursión de paramilitares.
04:30Ya basta, ya basta, tenemos que aplicar la ley tal y cual con todo el rigor, con todo el rigor de la ley.
04:37Ese mismo artículo dice que es causal también de cancelación de la inscripción de los partidos políticos, cuando se compruebe que ha obtenido su inscripción en forma fraudulenta o que deje de cumplir las obligaciones que la ley establece para los partidos políticos.
04:57Y voy a nombrar cuatro obligaciones que esa ley que tiene sesenta años establece para los partidos políticos primero. Y ustedes me van a decir, usted tira para arriba la ley del partido político y donde cae, le cancela el partido a toda la oposición. Así es.
05:14Le voy a leer los cuatro nada más. En el número uno dice, adecuar su conducta, están obligados a adecuar su conducta a la declaración de principio debidamente registrada. Hay que recordar que cuando un partido se registra en el Consejo Nacional Electoral, debe presentar una declaración de principio.
05:34Esa declaración de principio comienza, toda la declaración de principio, jurando respeto a las leyes de la Constitución. Bueno, ¿qué partido ha dejado de respetar las leyes de la Constitución? Todos sabemos quiénes.
05:45En el número tres dice lo siguiente, no mantener relación alguna con organizaciones paramilitares. Es público y notorio, la relación aparece en miembros de partidos políticos abrazados con paramilitares connotados, guerreristas.
06:02El cuatro dice, el cuatro dice, ley de sesenta años, eso no lo hizo el chavismo. Dice, no aceptar donaciones de ninguna organización extranjera. Bueno, los Estados Unidos declaran abiertamente que apoyan a la oposición. Es más, aquí tengo, mire.
06:23¿Ah? Aquí tengo un informe de la Contraloría de Luzay. El informe es de fecha dieciséis de abril del dos mil veintiuno. Y el informe es, para que lo busquen ustedes y investiguen, es el número nueve cero cero guión veintiuno guión cero cero cinco P.
06:44En ese informe, ¿sabe cómo lleva el título el informe de la Contraloría? Le voy a leer el título. Se necesitan procesos mejorados y requisitos de implementación para abordar los desarrollos y los riesgos de fraude en la respuesta de Luzay en Venezuela.
07:03¿Y qué dice ese artículo? Que entre los años diecisiete, dos mil diecisiete y dos mil diecinueve, le dio quinientos siete millones de dólares a la oposición para hacer la guerra y tumbar el gobierno del presidente Nicolás Maduro. Prácticamente, o sea, más que suficiente.
07:18Entonces, ¿cuál es el petitorio? Bueno, que está inmerso aquí, está en el acuerdo, y con esto pido a la Secretaría que lea el acuerdo, es que, bueno, nosotros debemos invocar, en el espíritu del artículo ciento treinta y seis de la Constitución, que dice que las ramas del poder público, aunque tienen sus funciones propias, deben colaborar entre sí para la realización de los fines esenciales del Estado, y los fines esenciales del Estado están muy bien explicados en el artículo tres de la Constitución.
07:48Que dice, el ejercicio democrático de la voluntad popular y la construcción de una sociedad justa y amante de la paz. Se acabó la huachafita, yo pido aquí que se aplique, en nombre de todo el Parlamento, estrictamente la ley del partido político. Gracias.