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00:00Nosotros solicitamos una revisión a pedido de parte, en el cual el cuarto colegiado la conoció por su presidenta, que es la ley faculta para dicha revisión,
00:13en el cual acudió a nuestro pedimento de variar en la medida que constituyen asentos domiciliarios,
00:18o la de presentación periódica a las noctilias 14 de cada mes ante el Ministerio Público.
00:23Una fianza de 5 millones de pesos y impedimento de salida.
00:27¿Qué entendió el tribunal para dicha revisión?
00:30El tribunal entendió que ya los presupuestos habían variado, ya estamos en juicio.
00:34Señora, yo he estado en juicio entre arresto domiciliario y prisión preventiva 37 meses.
00:3937 meses, es decir, una prisión no puede convertirse tampoco en una pena anticipada, y eso es lo que el tribunal ha entendido.
00:47Justamente se le va a preguntar, en el caso del rectoral, le dijeron que el tiempo ya era demasiado excesivo.
00:54¿Valoró la jueza?
00:55También la jueza valoró que el tiempo ya era más que suficiente.
00:58Para prisión preventiva estamos en el juicio, ya más adelante el tribunal decidirá.
01:02Nosotros entendemos que es un hombre que en su momento deberá mantener una defensa positiva.
01:11No es que haya llegado a acuerdos con el Ministerio Público, sino que de manera responsable ha admitido sus errores.