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00:00Con el apoyo de la Unión Europea, la Fundación CODESPA, Fondo Micro, la Fundación Red Dome
00:10y Adopen elaboraron varios manuales informativos para ayudar a los microempresarios. Uno de
00:15ellos traduce lo que las normas dicen sobre la protección a los usuarios de servicios
00:19financieros. Marina Ortiz, directora ejecutiva de Fondo Micro, nos cuenta nuestros derechos
00:23como clientes de un banco.
00:25Mira, un usuario de una institución financiera tiene derecho a que le digan claramente cuáles
00:30son las condiciones de los productos y servicios que se le van a ofrecer. Específicamente
00:34tiene que conocer cuáles son los montos, plazas, plazos, cuál es la tasa que se le
00:40va a cobrar, si hay gastos adicionales como los gastos de cierre. Tiene también derecho
00:45a saber, por ejemplo, si hay un cobro por el uso de una tarjeta de débito, si hay un
00:50cobro por un monto mínimo en el uso de un servicio financiero. O sea, todo eso él
00:55tiene el derecho de conocerlo. Y no solamente de conocerlo verbalmente, sino que hay una
01:02obligación de que tiene que ser por escrito. Por tanto, todo contrato que un usuario financiero
01:10firme en una entidad financiera, la entidad debe de entregarle. Copia de ese contrato,
01:15debe de entregarle también, copia un resumen como de los términos específicos que tiene.
01:20Tú sabes que los contratos dicen que la letra es chiquita. Entonces debe de entregarle una
01:25especificación de cuál es la tasa, el monto, cuáles son las características del producto.
01:30Tanto para los productos pasivos, que son los de ahorro, como para los productos activos,
01:35que son los de crédito. Ese es un derecho que tiene. Pero además de tener ese derecho
01:40de que se le explique claramente y se le indique cada una de las especificidades,
01:45tiene derecho a que no se le haga publicidad engañosa. No le pueden ofrecer un producto
01:50por otro. No le pueden obligar a trabajar solo con una entidad financiera. Él puede
01:55trabajar con cuantas entidades financieras quiera. No pueden obligarle a que para poder
02:01darle un producto tiene que dejar dinero. Por ejemplo, antes era una práctica común
02:06que si te otorgaban un crédito, tú tenías que dejar un monto en ahorro. Eso no es posible.
02:11O sea, eso es una violación al derecho del individuo. El individuo cuando recibe un crédito
02:17se puede llevar todo su dinero y no tienen que decirle, tú tienes que abrir un certificado
02:21financiero para poder darte, entonces, por otro lado, un crédito. Tiene también derecho
02:28a que cualquier información relativa a cambio de tasa, cambio de periodo, diferencia en
02:36el producto, un cargo extra que se le haga, se le vaya a hacer, sea notificado previamente.
02:42O sea, no es después del cargo, es antes del cargo que entonces se le informe que la
02:47tasa va a incrementarse o que cambiaron las condiciones de tal o equiproducto. Él tiene
02:53derecho a eso. Y tiene derecho también a que cumplan estrictamente los términos de
02:58la contratación que se hizo. No se puede tampoco sin autorización previa de él dar
03:05información sobre sus condiciones financieras, a menos que sean las autoridades competentes
03:11que lo soliciten. No se puede tampoco, por ejemplo, si él es garante de un producto
03:18de otra persona, que se le incaute su dinero en función al pago de un compromiso cuando
03:25él no lo ha autorizado. Ni se le puede tampoco quitar de una cuenta de él la cuota de un
03:33préstamo si esa persona no ha autorizado que se devite esa cuota de préstamo.
03:38O sea, ahora este reglamento de los deberes y derechos de los usuarios de bienes y servicios
03:45financieros es sumamente positivo, porque ha permitido generar un marco claro de operación,
03:52tanto para las instituciones que dan servicio financiero, y ahí están todas las entidades
03:57financieras, las corporaciones de crédito, el banco agrícola, Bandex, o sea, las casas
04:03de cambio, tanto para ellos como también para el usuario, porque el usuario también
04:09tiene obligaciones, obligaciones que implican cumplir los términos de ese contrato, fundamentalmente,
04:15y donde él tiene derecho a reclamar si no está satisfecho con cualquier cargo que se
04:20le haga. El usuario puede hacer una reclamación que debe ser canalizada inicialmente a la
04:26entidad microfinanciera o a la entidad financiera que le ofrezca el servicio, y que en función
04:32a la respuesta que le den, si no queda satisfecho, entonces puede poner esa reclamación en una
04:38oficina que tiene la superintendencia de bancos, que se llama la Oficina de Protección al Usuario.