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00:00Full, Jonathan Liriano, Benny Mex y Carolyn Mercedes han interpuesto una acción de amparo
00:07ante el Tribunal Superior Administrativo contra el Presidente de la República en razón de
00:12los decretos 213 y 214 que disponen la prórroga del estado de emergencia y el toque de queda.
00:21Este amparo básicamente se fundamenta en que los derechos fundamentales, sobre todo
00:28tránsito, reunión y todos los derechos que se desprenden de allí, fueron manejados de manera
00:34vaga, de manera ligera, no se especificaron los comportamientos que iban a ser objeto de
00:42restricción y eso atenta a la seguridad jurídica, sobre todo de ellos en el ámbito electoral y de
00:48la población en general, porque no se tiene claro qué puede y qué no puede hacerse y sobre todo
00:54aquellas cosas que no pueden hacerse no están debidamente fundamentadas, no están debidamente
01:01motivadas y eso trae entonces una situación de arbitrariedad. Como pueden ver ustedes en los
01:07informes que ha rendido el Poder Ejecutivo, realmente no existe una regla clara sobre qué
01:13hacerse y por qué y cuáles son las consecuencias reales en caso de desobediencia a alguna de estas
01:20disposiciones, lo que ha provocado actos de arbitrariedad por parte de diversas instituciones
01:27como la Policía Nacional, muchos de los cuales han sido cubiertos por ustedes mismos. Este es
01:33un amparo de extrema urgencia, se está solicitando al Poder Judicial que abrevie los plazos y haga
01:39una convocatoria pronta y se va a conocer en el formato de audiencia virtual. El amparo procura
01:46dos cosas. Prima fase, la detención del estado de emergencia o de la prórroga del estado de
01:53emergencia en la condición actual. Ojo con esto, no estamos diciendo que el Poder Ejecutivo no
02:00pueda adoptar medidas, estamos diciendo que las medidas no pueden ser adoptadas de manera arbitraria,
02:07que tienen que hacerse de conformidad a la ley. Damos la bienvenida a aquellas medidas que cumplan
02:13con la Constitución, pero no a las que violan los derechos fundamentales.