• hace 14 años
Sentencia de gran importancia para el Naturismo o nudismo. Establece que un nudista puede desobecer a los agentes de la autoridad y negarse a vestirse incluso aunque exista una ordenaza o reglamento local que prohiba el nudismo. Para ello basta con que el bañista esté convencido de que la normativa es ilegal. En nuestro caso Julián y la FEN habían solicitado consejo en carta conjunta al defensor del pueblo (diputado del común se llama en Canarias). El defensor pidió al ayuntamiento su anulación. Sin embargo hasta la fecha el ayuntamiento no lo ha anulado, por lo que estaba en vigor en el momento del acoso policial a Julián. El juez determina que la desobedienncia está suficientemente justificada. El juicio ha sido costeado por la FEN, Federación Española de Naturismo, y los argumentos aportados han sido desarrollados por la FEN en colaboración con abogados locales.
La sentencia completa está disponible en el apartado de legalidad de la web de la FEN, naturismo.org

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