Vargas Valdivia sobre PL que libera a condenados mayores de 80 años: "Está muy mal redactado"

  • hace 2 meses
El exprocurador anticorrupción señaló que el dictamen aprobado en la Comisión de Justicia "muestra una falencia técnica y un desconocimiento del ordenamiento legal".

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00:00Pedro Pablo Kuczynski y a otras personas que superan los 80 años de edad.
00:05Vamos a hablar sobre este tema con el ex procurador anticorrupción Luis Vargas Valdivia.
00:09Gracias por estar aquí, bienvenido.
00:10Bueno, gracias por la invitación.
00:12Bueno, esa ley lo que dice es que los mayores de 80 por razones humanitarias van a afrontar condena
00:18conforme a los alcances de dos artículos del nuevo Código Procesal Penal, el 288 y el 290.
00:26El documento realmente el del Congreso no da mayores detalles,
00:29así que le pido a usted que nos explique qué dice esos artículos.
00:32A ver, este proyecto en realidad está muy mal redactado,
00:37o sea, está una falencia técnica y un desconocimiento del ordenamiento legal además,
00:45porque lo que hace este proyecto de ley es introducir un párrafo al artículo 22 del Código Penal.
00:54Lo tenemos en pantalla, pero podemos comentar mientras usted nos va dando los alcances, ahí está.
00:58El artículo 22 lo que hace es regula las causales de responsabilidad restringida por edad.
01:04Ajá.
01:05¿No? Y señala que, claro, se podrá reducir la pena, entre otros supuestos, a personas mayores de 80 años.
01:13Ya.
01:14Pero en el segundo párrafo, que este proyecto lo mantiene vigente porque lo único que hace es agregar ese tercer párrafo,
01:20señala claramente que esto no se aplica a aquellas personas a las que se les atribuye o se les condena
01:28por una serie de delitos entre los que están homicidio calificado, lesa humanidad.
01:34Claro.
01:35O sea, todo eso es corrupción, casi todos los delitos por los que el expresidente Fujimori ha sido condenado.
01:41Entonces, claro, en el tercer párrafo lo que se dice es a los mayores de 80 años la condena,
01:47que se cumplirán en arresto domiciliario.
01:50Pero, claro, por eso no se aplica, pues se aplica solo para aquellos que no estén comprendidos en el segundo párrafo.
01:56Solo los que no me afecten directamente.
01:58Claro, o sea...
01:59Con el condenado no te metas.
02:00Exacto. No tiene sentido porque no se le va a poder aplicar al expresidente Fujimori ni al expresidente...
02:06A ninguno de los expresidentes condenados son procesados por delitos de corrupción.
02:09Claro.
02:09Pero además, a ver, lo que dice es...
02:12En el Código Penal se habla de las penas.
02:15Y este artículo se remite al Código Procesal Penal.
02:18Y esos artículos del Código Procesal Penal lo que regulan es el arresto domiciliario.
02:23Ajá.
02:23Y el arresto domiciliario es una medida cautelar que rige solo durante el proceso.
02:28Entonces, ¿cómo puede pretender aplicarse una medida que rige durante el proceso a una condena?
02:36Lo que tendrían que haber hecho es modificar un par de artículos más abajo del Código Penal
02:41en el que se señala claramente cuáles son las penas.
02:44El Código Penal es de las penas.
02:46Las penas son los siguientes.
02:47Pena privativa de libertad, cadena perpetua, resistencia de derechos.
02:51Y ahí tendrían que haber puesto pena de cumplimiento, de privación de libertad domiciliaria.
02:57Claro.
02:58Porque el arresto domiciliario es una medida cautelar que rige en el proceso.
03:03Ajá.
03:04¿Cómo se puede aplicar, por amor a Dios, en la condena?
03:07Eso es lo que tenemos...
03:08Eso es fundamental, eso es básico, eso es segundo año de derecho, por amor a Dios.
03:13O sea, es que, a ver, falta un poco de asesoría a esos congresistas
03:18porque de esos errores tenemos constantemente.
03:21Claro.
03:22Y justamente le preguntamos al presidente de la Comisión de Justicia sobre ese proyecto
03:28y que también se ha generado una confusión porque no sé si habla de la condena
03:33o de el proceso.
03:34Vamos a escucharlo y a ver si usted nos explica qué es lo que quiso decir.
03:38Es para casos de que un procesado que tiene mayor de 80 años que tiene enfermedad terminal
03:45no se le pueda dictar prisión preventiva hasta que no se demuestre que ha sido culpable.
03:50Luego del proceso irá a la cárcel.
03:52Pero para salvaguardar la salud y que se defienda una persona que está agonizando
03:58no lo vas a llevar a la cárcel así a procesarlo.
04:01¿Qué significa esto?
04:02A ver, ni él sabe lo que ha aprobado ni lo que ha firmado
04:06porque, claro, él está hablando de procesados, pero el artículo 22 es claro, dice
04:10podrá reducirse prudencialmente la pena.
04:13Exacto.
04:14La pena.
04:15Y lo que ellos han presentado habla también de condenados.
04:18Exacto.
04:19Pero dice él, esto se va a aplicar para los que están en proceso
04:22para que no vayan a prisión preventiva porque es muy gravosa
04:26pero ya cuando se les condene van a prisión.
04:28El Código Procesal también prevé, hay artículos que prevén, pues que
04:32tratándose de mayores de 65 años, el juez podrá optar por alguna otra medida cautelar
04:38comparecencia restringida, arresto domiciliario, vigilancia electrónica.
04:44Eso ya está.
04:46Esto en realidad ni siquiera el presidente de la comisión sabe qué es lo que aprobó
04:50y qué es lo que quiere.
04:51Claro, porque eso es muy cierto.
04:52Por ejemplo, la señora Susana Villarán se acogió a eso
04:55porque alegando que uno es mayor de edad o un adulto mayor
04:59que tiene enfermedades, algunas deficiencias físicas para poder movilizarse
05:03puede pedir una variación, ya no prisión preventiva sino arresto domiciliario,
05:07medidas cautelares.
05:08El expresidente Pedro Pablo Kuczynski también que finalmente se le levantó
05:12la medida de arresto domiciliario, ¿por qué?
05:14Porque son medidas cautelares además que tienen un plazo de vigencia.
05:18O sea que aquí no hay nada nuevo.
05:19No hay nada nuevo.
05:20Lo peligroso en el proyecto sí es cuando modifica el Código Procesal penal
05:24los artículos de prisión preventiva y señala que los fiscales no podrán solicitar
05:33y los jueces no podrán dictar medidas de prisión preventiva
05:37o provisional, perdón, a aquellos efectivos de la Policía Nacional
05:42que hayan hecho uso de sus armas de fuego de manera reglamentaria.
05:47Pero para empezar esto es claramente discriminatorio y fija, ¿no es cierto?
05:53Una discriminación entre todos los ciudadanos y los efectivos policiales.
05:57Por lo que de ya es inconstitucional.
06:00Uno, dos, ¿quién es el que determina si los efectivos policiales han utilizado
06:06su armamento de manera reglamentaria?
06:08Es el fiscal y el juez.
06:10Entonces, ¿cómo le va a prohibir al juez dictar detención, prisión preventiva
06:16si es el juez el que precisamente conforme está nuestro Código Procesal actual
06:21en esos casos ya se ha establecido?
06:23El juez lo que tiene que determinar es ¿este policía actuó en cumplimiento
06:27de sus funciones y obligaciones?
06:29Sí.
06:30Por lo tanto no cabe una medida cautelar de prisión preventiva.
06:33Pero no se le puede decir que está prohibido de aquellos policías
06:37que han efectuado o han utilizado su arma de fuego de manera reglamentaria.
06:41De acuerdo.
06:42Entonces, ¿y quién va a calificar eso?
06:44¿El Ministerio del Interior?
06:45No.
06:46Es el juez.
06:47No le corresponde, claro.
06:48Entonces, claro, es una tontería porque los jueces van a dictar medidas
06:52de prisión preventiva cuando vean que en efecto hay elementos que permiten
06:56establecer que los efectivos policiales no han seguido los reglamentos.
07:00Sí.
07:01Ejemplo.
07:02Los casos que tenemos actualmente de los homicidios calificados cometidos
07:08con las represiones hacia fin del año pasado.
07:11Ahí se puede afirmar que los efectivos policiales actuaron,
07:15utilizaron sus armas de fuego de manera reglamentaria.
07:18No.
07:19Porque los propios protocolos de necropsia establecen pues que fueron disparos
07:24al cuerpo y no disparos al aire.
07:26El reglamento señala claramente eso.
07:28En este caso, si estuviera en ese momento vigente esta ley,
07:31¿el juez estaría impedido de dictar una medida de prisión?
07:34No, porque el juez lo que va a determinar es pues que en efecto hay elementos
07:37que permiten establecer que no han actuado conforme a los reglamentos.
07:42¿Qué es este proyecto entonces?
07:44¿Un error?
07:45¿Una improvisación?
07:46Es un mamarracho, disculpe usted.
07:49Y lo estamos viendo porque ni siquiera el presidente de la Comisión de Justicia
07:53sabe lo que ha aprobado.
07:55No se ha medido el proyecto y ni siquiera es específico.
07:58Es muy, muy escueto, si se quiere.
08:01No hay mayores detalles.
08:03La explicación que usted nos ha dado es bastante clara al señalar
08:06que esto es un despropósito, que realmente es inaplicable
08:10y que muchas de las cosas que están proponiendo además ya existen,
08:13ya se pueden aplicar.
08:15Entonces...
08:16¿Y sabe qué es lo más preocupante?
08:18Que esto ya se aprobó en la Comisión y que probablemente se apruebe
08:21también en el Pleno.
08:22Sí, como las otras leyes que han sido aprobadas en el Pleno
08:25que lo que están haciendo pues es evidentemente entorpeciendo
08:30la actividad del Poder Judicial, del Ministerio Público
08:33y estas leyes terminan favoreciendo a quienes.
08:35Porque a ver, en lo que va del año nada más,
08:38¿cuántos efectivos policiales han sido detenidos
08:41por integrar organizaciones delictivas?
08:43Cada vez más frecuente.
08:44Es cada vez más frecuente.
08:45Eso no quiere decir que la mayoría de los policías,
08:47yo sigo pensando que la mayoría de los policías son gente honesta,
08:51pero finalmente ¿quiénes se terminan beneficiando con este tipo de normas?
08:55Aquellas personas pues que no tienen esas características de honestidad,
09:00como por ejemplo cuando quieren, aprueban este proyecto de ley
09:04tratando de restringir el allanamiento,
09:08diciendo que sólo se puede allanar con presencia del abogado
09:11y prea notificación.
09:12¿Qué sentido tiene?
09:13Entonces es una medida cautelar que en todas partes del mundo
09:16queda claramente establecido que se dicta sin conocimiento
09:19de la persona que van a allanar misiles precisamente para evitar
09:22que desaparezcan los objetos del delito.
09:25Entonces, ¿cuál es la finalidad?
09:27¿Garantizar el derecho de defensa?
09:29Es una tontería.
09:30O sea, como ve, es un despropósito,
09:34para no utilizar el término mamarracho que es muy feo.
09:37Pero que casi casi también lo es.
09:40Eso no beneficiaría a terroristas, ¿no?
09:43No, nuevamente.
09:44Porque el artículo segundo, ese artículo 22, prohíbe...
09:47Sí.
09:48Sí, menciona varios delitos, ¿no?
09:49Ah, terrorismo.
09:50Violación, homicidio, feminicidio.
09:51Claro.
09:52Exactamente, terrorismo.
09:53¿Eso para quién se dicta entonces?
09:54Porque el expresidente Fujimori ha sido condenado
09:56y está procesado por delitos de desaparición forzada,
09:59homicidio calificado.
10:00Y a los otros expresidentes, Pedro Pablo Kuczynski,
10:03Alejandro Toledo...
10:04Bueno, ellos están procesados por ser parte de una organización criminal.
10:07Se excluye la organización criminal.
10:09También.
10:10Entonces, no sé quién se les pueda aplicar,
10:13porque hay que buscar qué personas...
10:16Por ejemplo, a ver,
10:17todos aquellos que fueron condenados
10:21como autores de diversos delitos
10:24de la organización delictiva Fujimori Montesinos,
10:27fueron condenados también por organización criminal.
10:31Ser parte de una organización criminal.
10:33No se les aplica.
10:34¿Cierto?
10:35Es eso.
10:36Entonces, claro, no tiene sentido.
10:39Y modificar...
10:40Ese artículo ha sido modificado hace poco,
10:42pero modificarlo para dejar sin efecto eso es peligrosísimo.
10:45Es como, por ejemplo, cuando conversamos con algunos amigos
10:49respecto de este proyecto de ley
10:52que busca permitir que las personas condenadas,
10:57pero que hayan cumplido su pena,
10:59puedan postular a cargos.
11:00A pesar de que la Constitución establece
11:02que cualquier condenado por delito de doloroso
11:04no puede postular a un cargo.
11:05Quieren modificar eso.
11:06Ya, pero, para empezar,
11:08si comienzan a discriminar delitos,
11:11lo que están haciendo,
11:12¿qué cosa es?
11:13Discriminación.
11:15Entonces, piora la Constitución.
11:17¿No es cierto?
11:18Y como no se pusieron de acuerdo
11:19porque cada uno defendía a su procesado o a su condenado...
11:21Si simplemente dejan eso sin efecto,
11:23nos dejan en riesgo de que
11:25las personas condenadas por terrorismo
11:26también podrían participar en procesos electorales.
11:30¿Por qué no?
11:31Si ya cumplieron su pena
11:32y de acuerdo a la ley ya están rehabilitados.
11:33Y el TC también ya lo dijo, ¿no?
11:34Claro, entonces, eso es peligrosísimo.
11:36Ese artículo precisamente se puso para evitar
11:39que cualquier persona condenada por cualquier delito doloroso
11:42pueda postular a un cargo de elección popular.
11:45De acuerdo.
11:46Entonces, dejar eso sin efecto es abrir la puerta
11:48para que personas condenadas por delitos,
11:51¿no es cierto?, puedan entrar.
11:53Y si nos ponemos a ver cuál sí, cuál no,
11:56no tiene ni un sentido.
11:58Igual no tiene sentido.
11:59Es un despropósito.
12:00Gracias, doctor Vargas Medina,
12:01por habernos acompañado esa noche.
12:02Muy gentil por haber estado aquí.
12:03A ver, bueno.

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