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00:00La iguana punto TV. Diez años de verdad.
00:19Feliz domingo para todas y todos. Bienvenidos a este espacio que nos
00:24ofrece la iguana punto TV, dedicado exclusivamente a los sucesos y al quehacer del sistema de justicia
00:33en Venezuela. Recientemente, la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia emitió dos
00:40sentencias relacionadas con la extradición de dos integrantes de la banda del Coqui,
00:47esa estructura delincuencial que operó en la Cota 905 hasta julio del año 2021. Ese es
00:56nuestro tema de hoy, pero antes voy con algunos comentarios iniciales. El primero de ellos,
01:03relacionado con la investigación sobre los tanques del ejército que pretendían inutilizar
01:13entre noviembre y diciembre del año 2021. Recuérdese que hace dos domingos dedicamos
01:22el programa a abordar este tema y en esa ocasión les dije que la investigación quedó abierta en
01:31relación a los hechos. Bueno, me ha llegado una información a raíz de la divulgación de ese
01:39programa sobre algunos militares investigados por ese hecho de la del plan fracasado de la
01:47inutilización de 100 tanques que están ubicados allí en el fuerte Mara, municipio Mara, municipio
01:55fronterizo de Zulia con Colombia. Y la información que me llega es que alrededor de tres militares
02:04que están implicados en ese hecho están radicados en la República de Colombia. Les decía en ese
02:13programa que ese programa fue el 4 de diciembre, fue divulgado el 4 de diciembre y comentábamos
02:22en esa ocasión que el plan era dañar 100 tanques pertenecientes al 112 batallón de
02:29infantería mecanizada coronel Francisco Aramendi, ubicado en el fuerte Mara, estado Zulia. Allí
02:40participaron en ese plan frustrado factores colombianos, factores estadounidenses y factores
02:47venezolanos. Estos factores contactaron a un grupo de militares adscritos a esa dependencia ubicada
02:58en el fuerte Mara y uno de ellos viajó a Colombia en dos ocasiones. En la primera ocasión le aplicaron la
03:06prueba del polígrafo para ver si estaba diciendo la verdad y en la segunda ocasión le mostraron el
03:15líquido con que iban a proceder a la inutilización de esos 100 tanques ubicados allí en fuerte Mara.
03:25Por ese hecho hay seis militares condenados. Las identidades las ofrecimos en ese programa del 4 de
03:32diciembre y otros tres que están siendo rastreados por los organismos de seguridad. Bueno, esta
03:40información, esa información que me llega a raíz de la divulgación de ese programa es que estos tres
03:48militares investigados se encuentran refugiados en el vecino país en Colombia. También quiero
03:56hacer un comentario en relación al proceso penal que se le sigue actualmente a Osvaldo José Cheremos
04:04Carrasquiel. Aquí también en este espacio comentamos los pormenores de su detención que se produjo en
04:14una finca cuya propiedad se le atribuye y que está ubicada en el sector Los Recortes, parroquia San
04:22José de Hunare, municipio Pedro Sarasa, en el oriente del Huarico. Hay un dato nuevo que recabé
04:30sobre ese expediente y es la presunta conexión, siempre hablo de presunto, es la presunta conexión
04:39de Cheremos Carrasquiel con cabecillas de la organización delincuencial Tren de Aragua. Aquí
04:47hemos dicho en muchas ocasiones que esta organización Tren de Aragua es dirigida desde el
04:52internado judicial de Aragua ubicada en la parroquia Tocorón del estado de Aragua y por eso se le
04:59conoce también como la cárcel de Tocorón. Esta afirmación que estoy haciendo fue corroborada
05:08en el mes de julio por el fiscal general de la república Dr. Tarek William Saad con ocasión del
05:15esclarecimiento del secuestro y asesinato del profesor Carlos Lange. En esa ocasión, estoy
05:25hablando de las ruedas de prensa que el fiscal general ofreció el 6 de julio y el 11 de julio
05:31pasado, el doctor Tarek William Saad afirmó que los sicarios que ultimaron al profesor Carlos Lange
05:40fueron proporcionados por el PRAN de la cárcel de Tocorón desde donde se dirigía, se dirige la
05:50organización Tren de Aragua. Bueno, inicialmente a Cheremos Carrasquiel se le vinculó con el Tren
05:58del Llano. Este es otro tren distinto al Tren de Aragua. El Tren del Llano también lo hemos
06:04comentado aquí. Su sede principal está en Altagracia de Orituco, municipio de Ocetadeo
06:12Monaga del estado huárico y ha colocado varias células en varios municipios del estado huárico.
06:20Esta vinculación que se hace entre Cheremos Carrasquiel y el Tren del Llano fue informada
06:29y hago esta aclaratoria, o mejor dicho subrayo este dato, fue informada en su debido momento
06:36por el general Domingo Hernández Lárez, jefe del comando estratégico operacional de la Fuerza
06:45Armada Nacional Bolivariana. Con el transcurso de las investigaciones, recuerde que este proceso
06:55empieza en octubre con la detención de Cheremos Carrasquiel, con el transcurso de las investigaciones
07:01también se le vinculó a Cheremos Carrasquiel con una banda local fundada por Giovanni Machuca,
07:10alias El Pepón. Por cierto, recientemente los organismos de seguridad ubicaron dos cadáveres
07:19tiroteados en el caserío Los Huatacaros. Esa es una vía rural que empieza aquí en Zaraza,
07:28en la zona de Barrialito y concluye en Santa María de Ispire. Bueno, en ese trayecto rural
07:37hay muchos agroproductores y por allí estaban instaladas células de estas dos organizaciones,
07:44Tren del Llano y la Banda del Pepón. Recientemente dos integrantes de la Banda del Pepón fueron
07:52asesinados y lanzados a el río Ipire. Bueno, ambas organizaciones, tanto la Banda del Pepón
08:01como el Tren del Llano, recibían armas, cartuchos y artefactos explosivos de parte
08:08de Cheremos Carrasquiel, según las investigaciones. Según las investigaciones, parcialmente expuestas
08:18por el general Hernández Lares. Pero lo último que les estoy comentando en este primer segmento
08:26del programa es que la finca cuya propiedad se le atribuye a Cheremos Carrasquiel era
08:34presuntamente frecuentada por cabecillas de otro tren, del Tren de Aragua. Es decir,
08:41ya van tres organizaciones delincuenciales con las que presuntamente está vinculado Cheremos
08:49Carrasquiel. Tren de Aragua, Tren del Llano y la Banda del Pepón. En el camino para grabar
08:57este programa pregunté a mis fuentes del Poder Judicial si ya se había fijado la fecha para la
09:04audiencia preliminar donde el Tribunal Cuarto Antiterrorista del área metropolitana de Caracas
09:12tendrá que decidir si ordena o no un juicio contra Cheremos Carrasquiel. Me respondieron
09:21que está por agendarse esa audiencia preliminar. Mientras tanto, el sujeto sigue detenido en la
09:30sede de la Policía Nacional Bolivariana ubicada en la Yaguana, municipio Libertador, Caracas.
09:39Hasta ahora no han variado las circunstancias que tomó en cuenta el juez José Maximino García
09:48para revocar la medida privativa de libertad que él mismo, el mismo juez Maximino García,
09:55dictó contra Cheremos Carrasquiel durante la audiencia de presentación. Eso fue a finales
10:03del mes de octubre. Recuérdese que Cheremos Carrasquiel fue detenido por la Guardia Nacional
10:09Bolivariana destacamento 343 apostado allí en el municipio Pedro Saraza. Fue presentado
10:18originalmente en el Tribunal Tercero de Control de Valle de la Pascua. Y ojo, yo había dicho que
10:24ese tribunal había declinado en Caracas, había enviado el expediente a Caracas, pero me aclaran
10:31que en tres ocasiones el titular de este Tribunal Tercero de Control de Guarico, Extensión Valle
10:39de la Pascua, se negó a hacer la audiencia de presentación donde el Ministerio Público imputaría
10:47a Cheremos Carrasquiel. Se negó misteriosamente, como me lo dijo la fuente. Luego recibió una
10:56instrucción de acá de Caracas en virtud de esa conducta extraña para que remitiera el expediente
11:04junto con el detenido al Tribunal Cuarto, al Tribunal Especial Cuarto de Control con competencia
11:12en delitos asociados al terrorismo ubicado aquí en el Palacio de Justicia de Caracas. Estoy pendiente
11:21de la audiencia preliminar, como me dijo mi fuente, está por agendarse y le pregunté si
11:32había otorgado una medida sustitutiva a la privativa de libertad y me respondió que eso
11:41no es posible mientras dure el proceso de investigación, los 45 días que le dé el Código
11:48Orgánico Procesal Penal al Ministerio Público para que concluya la investigación máxime cuando
11:55esta persona está imputada por delitos graves como tráfico ilícito de municiones y arma de guerra.
12:05Bueno, hasta aquí dejo este punto.
12:08Ahora sí, vamos con el tema central de este domingo. Dos socios de la banda del Coqui
12:23detenidos en España. Aquí vamos con los detalles. Empiezo por recalcar que esta
12:30estructura delincuencial, me gusta más esta expresión estructura delincuencial, porque a
12:38veces uno minimiza los eventos que se le presentan en el ámbito delictivo diciéndole la banda del
12:47Coqui. No, esta es una estructura delincuencial y aquí lo hemos documentado como tal. Entonces
12:55empiezo por recalcar que esta estructura delincuencial que despachaba desde la Cota
13:01905 ya no existe como tal. Quedan restos que siempre buscan reagruparse pero que hasta ahora
13:12ese proyecto de reconquista no ha cuajado. Aquí lo hemos comentado que ellos han intentado volver
13:22allí. Han lanzado algunos artefactos explosivos contra las estructuras que el Estado colocó allí,
13:28valga decir dependencias de la Policía Nacional Bolivariana, por ejemplo. Y cuando esa estructura
13:36delictiva que nosotros los periodistas bautizamos con el nombre de la banda del Coqui fue desalojada
13:44de la Cota 905, que era como su cuartel central. Me estoy refiriendo a julio del año pasado.
13:53Recuérdese que entre el 7, 6 y 8 de julio se ejecutó allí en la Cota 905 y sus alrededores
14:05en el sudoeste de Caracas, la operación Gran Cacique Huaycaipuro, dirigida por la entonces
14:13ministra del Interior, la almiranta Carmen Meléndez. Cuando eso ocurre, los cabecillas
14:21de la organización delincuencial y todo el cuerpo de lugartenientes huyen de la Cota 905.
14:31Originalmente unos huyen hacia Colombia, luego regresan, otros huyen hacia otros sitios cuyo
14:40destino actualmente no sabemos. Y también dijimos, lo hemos dicho en varias ocasiones,
14:48que uno de los principales cabecillas de esa organización, Carlos Revete, alias el Coqui,
14:56se refugió aquí en el municipio de Santos Michelenas, las tejerías del estado de Aragua,
15:03y allí fue abatido el pasado 8 de febrero durante la ejecución de la operación Gran
15:11Cacique Huaycaipuro 2. Hoy nos vamos a referir en concreto a dos de los principales lugartenientes
15:20de la banda del Coqui que huyeron fuera de Venezuela. Ahora, ¿por qué nosotros estamos
15:27estamos sacando este tema a estas alturas? Precisamente les decía al principio que la
15:34semana pasada la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia emitió dos sentencias avalando la
15:44solicitud de extradición al Reino de España para que envíe a esos dos integrantes de la
15:51banda del Coqui. ¿Y por qué a estas alturas viene a pronunciarse en ese sentido el máximo
16:01tribunal del país? Se preguntarán algunos. Aquí la respuesta. Porque apenas la detención de estas
16:09dos personas, un hombre y una mujer, ya vamos a ver las identidades integrantes de la plana mayor
16:16de la banda del Coqui, la detención de esas personas se produjo en Madrid, España, entre el 3 y el 14
16:24de noviembre pasado. En el mundo del procesamiento penal todo tiene sus tiempos. Si la detención de
16:35esas personas se produjo entre el 3 y el 14 de noviembre pasado, la información le llega a las
16:41autoridades venezolanas y las autoridades venezolanas, las autoridades judiciales del
16:47sistema de justicia, tienen que iniciar o tienen que activar el proceso de extradición. Entonces,
16:56en resumen, hay dos sentencias emitidas por la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia
17:02avalando la extradición de uno y otro detenido. Pero esas sentencias, por lo general, tienen un
17:09formato único para todos los procesos de extradición. Me explico aquí. La sala penal verifica que se
17:19estén cumpliendo todos los requisitos exigidos por las leyes venezolanas y por el tratado de
17:26extradición, en este caso suscrito entre Venezuela y el Reino de España. Ese es un
17:33formato común para todas las sentencias donde se emite una decisión sobre la extradición de
17:40un delincuente que esté fuera de Venezuela. Esto que les estoy comentando lo contienen todas las
17:47sentencias vinculadas al proceso de extradición. Y precisamente las leyes, el Código Orgánico
17:57Procesal Penal dice que la extradición, y lo dice la sala penal, la extradición es un proceso único
18:06donde hay varios factores que intervienen. El Ministerio Público Activa, el Tribunal de Control
18:13decide, lo envía a la sala penal y la sala penal revisa si están todos los requisitos allí abordados
18:24o, como dicen ellos, si están llenos los extremos. Los resultados de esa experticia, de esa revisión
18:32que hace la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia, los resultados de esa verificación de
18:41los requisitos, si se cumplen o no los requisitos para la extradición, están expuestos, como les
18:49dije anteriormente, en la sentencia que ellos emiten. En la sentencia final. Ahora, ¿dónde está la
18:59diferencia? Porque yo les he dicho que todas esas sentencias tienen como un formato único, pero
19:05¿dónde está la diferencia? La diferencia está en los hechos investigados por el Ministerio Público,
19:12que es el facultado por la Constitución para ejercer el monopolio de la acción penal y, por
19:20ende, investigar con el auxilio de todos los organismos de seguridad, llámese ICPC, llámese
19:26Dijecín, llámese Sevin, llámese Policía Nacional Bolivariana. Ahí está la diferencia entre la
19:35sentencia que emite la sala penal relacionadas con las extradiciones. No son hechos iguales,
19:42no es el mismo hecho descrito en la sentencia de extradición del expresidente de PDVSA Rafael
19:52Ramírez a el descrito por estos dos socios de la banda del Coqui. Y aquí voy, cuando la sala penal
20:01empieza a describir estos hechos delictivos, donde están incursos estos dos socios de la banda del
20:09Coqui, allí es donde aparecen los datos novedosos que nosotros los periodistas de suceso no abordamos,
20:20no exploramos, no explotamos en su momento, valga decir julio del año pasado, porque no los teníamos
20:27a la mano. Estas sentencias, estas dos sentencias de la sala penal avalando la solicitud de extradición
20:37de estos dos socios de la banda del Coqui, contienen datos novedosos sobre esa estructura
20:46delincuencial y eso es lo que nosotros hemos entresacado de esos documentos para presentárselos
20:55este domingo. Veamos primero quiénes son los sujetos detenidos en Madrid, España. Aquí voy
21:04con la identidad Angelí Caterin Díaz da Silva, alias la Barbie y Alfredo Alejandro Conde. Este
21:16no le conseguí ningún seudónimo, no tiene ningún seudónimo. Estas son las dos personas detenidas en
21:22Madrid, España entre el 3 de noviembre y el 14 de noviembre. Repito los nombres, Angelí Caterin
21:31Díaz da Silva y Alfredo Alejandro Conde. Ambos están requeridos por la justicia venezolana,
21:40voy a leer aquí los delitos, para ser juzgado por secuestro agravado, extorsión agravada,
21:48obstrucción de la libertad de comercio, terrorismo y asociación. ¿Dónde está contenido esto que les
21:57acabo de leer, estos delitos? Eso está contenido en la orden de aprehensión dictada desde octubre
22:05del año pasado, del año 2021, por el Tribunal Especial Cuarto de Primera Instancia en Funciones
22:12de Control con competencia en casos vinculados con delitos asociados al terrorismo con jurisdicción
22:20nacional. Este tribunal, que el nombre es larguísimo, está dirigido o el juez de este
22:29tribunal es el abogado José Maximino Márquez García. Se los acabo de mencionar en el comentario
22:38inicial porque ante ese tribunal es que se lleva el expediente de Osvaldo José Cheremos Carrasquel,
22:46procesado por tráfico ilegal de municiones y armas de guerra, entre otros delitos. Esta orden
22:57de aprehensión, que es uno de los requisitos para que la sala penal pueda declarar procedente la
23:06solicitud de extradición, esta orden de aprehensión la dictó el juez José Maximino respondiendo a una
23:16solicitud formulada el 25 de octubre del año 2021 por la abogada Miriam Lima Bernal. En su
23:25carácter, ojo, de fiscal provisoria 69ª del Ministerio Público a nivel nacional con competencia
23:34en materia de delitos anti extorsión y secuestro. ¿Cuáles son los hechos que describe el Ministerio
23:40Público ante este tribunal antiterrorista para soportar esa orden de aprehensión y para llevar
23:49a juicio a estos dos sujetos que acaban de detener en Madrid, España? Y es allí en la
23:57descripción de estos hechos que conseguimos esos detalles novedosos sobre la estructura delincuencial
24:06que operó en la Cota 905. Aquí vamos con el primer dato. Las investigaciones refieren, las
24:15investigaciones del Ministerio Público refieren que esa organización criminal tuvo una vida
24:21delictiva entre el año 2012 hasta su desarticulación en julio del 2021 del año pasado, es decir,
24:34nueve años. Una existencia similar, valga el recordatorio, a la que transcurrió en el
24:44estado guárico con la famosa Banda del Picure, fundada por José Antonio Tobar Colina, alias
24:52El Picure, que operó desde el municipio Julián Mellado, El Sombrero, año 2008-2016. El Picure
25:02cayó abatido en una operación el día 3 de mayo del año 2016, allí en una urbanización de la
25:11población del Sombrero. Aquí hay otro hallazgo que está inserto en la sentencia, o en las sentencias
25:18que les acabo de mencionar, y que forman parte de lo investigado por el Ministerio Público, y es
25:24que la Banda del Coqui tenía ramificaciones en el interior del país. Nosotros los periodistas
25:31de sucesos siempre habíamos referido, reseñado los hechos delictivos de esa organización que
25:38ocurrían aquí en el sudoeste de Caracas. Voy a leer un párrafo de la sentencia que avala lo que
25:46les acabo de decir, lo que les acabo de anunciar. Dice así, se pudo conocer a través de medios de
25:55comunicación y redes sociales la existencia de la presente organización criminal que hace vida
26:01en el referido sector y sus ramificaciones en diversas entidades de nuestro país, que ha generado
26:09un detrimento en la calidad de vida de la población. Este párrafo, inserto en las sentencias de la sala
26:18penal, da cuenta de la extensión, no solamente el Tren del Llano y el Tren de Aragua tienen sus
26:28células, o Pedro el Rapidito allá en Monaga, no, la Banda del Coqui también tenía sus ramificaciones
26:36en el interior del país. Avanzamos. La fiscalía también determinó que la Banda del Coqui está
26:48incursa, hablo en presente de esta organización, porque como les dije al principio, la estructura
26:56delincuencial que operaba allí en la Cota 905 ya no existe, pero los integrantes de esa
27:02organización, de esa estructura, todavía andan dando vueltas por allí, por eso es que hablo en presente.
27:08La investigación del Ministerio Público que está allí, inserta en las sentencias de la sala penal,
27:16también determinó que la Banda del Coqui está incursa en al menos seis delitos, a saber, extorsión,
27:24secuestro, terrorismo, homicidio, obstrucción a la libertad de comercio, tráfico y comercialización
27:32ilícitos de armas y municiones, entre otros. Otra cosa novedosa que nos encontramos en las
27:39sentencias de la sala penal, mediante la cual declara procedente la solicitud de extradición
27:46de alias La Barbie y Alfredo Conde, es que el Ministerio Público sistematizó la nómina de la
27:57Banda del Coqui, vamos a decirlo así. Allí la estamos viendo en pantalla, esa es la nómina de la
28:02Banda del Coqui. De acuerdo a la fiscalía, esa nómina la integran 48 personas y es importante
28:13conocer este dato, porque nosotros siempre estábamos mencionando a los cabecillas, a los,
28:18digamos, los principales de esa organización, Garbi Jochoa, alias El Garbi, Carlos Calderón
28:24Martínez, alias El Vampi y Carlos Revete, alias El Coqui. Siempre aclaro que El Coqui fue abatido
28:34el pasado 8 de febrero en Las Tejerías. Ahora, fíjense que allí en la nómina hay al menos
28:44tres familiares del director o del fundador de la banda, que es Carlos Calderón Martínez.
28:52Ahí están Francis Tibisay Calderón Martínez, Julie Sabrina Calderón Martínez y Ángela María
29:00Calderón Martínez. Es decir, el fundador de la banda tenía en la nómina de la misma a tres
29:08integrantes de su núcleo familiar. La nómina también incluye a los dos detenidos en España.
29:19Fíjense, allí en el número 17 de la nómina está el nombre de Alfredo Alejandro Conde y en el
29:27número en la casilla 41 está Angelica Terín Díaz da Silva. Estos son los dos personajes que las
29:36autoridades españolas detuvieron en Madrid entre el 3 y el 14 de noviembre pasado. Aquí hay otro
29:48hallazgo del Ministerio Público y era la relación o cómo era la relación entre los integrantes de
29:55la banda del Coqui, de la estructura delincuencial que operaba allí en la Cota 905 con los habitantes
30:04tanto de la Cota como de la Vega como del cementerio, entre otros sectores del sudoeste de
30:11Caracas. ¿Y por qué es importante este dato? Porque ciertos portales de noticias quisieron venderle
30:20al país que los del Coqui eran una especie de padrinos mágicos de la Cota 905 que ayudaban a
30:29viejitas, que ayudaban a muchachos que quedaban inválidos, que ayudaban a muchachas que estaban
30:36embarazadas a conseguirle una sala de parto o a financiarle el parto. Eso quisieron venderlo
30:43a algunos portales. Eran una especie de benefactores, una especie de, qué sé yo, una ONG patrocinada por
30:54Naciones Unidas para asistir a los más desvalidos. Algo así como la madre Teresa de Calcuta y la
31:01banda del Coqui. Eso se lo quisieron vender al país a algunos portales. Bueno, colocar en la
31:09repisa o en el mismo altar a la banda del Coqui con la madre Teresa de Calcuta fue la pretensión
31:17de algunos portales. Eso no fue lo que se encontraron los organismos de seguridad o lo
31:27que se encontró el Ministerio Público cuando investigó a fondo esta estructura delincuencial.
31:36Y especialmente me estoy refiriendo a un informe elaborado por la División Nacional de Investigaciones
31:42contra Secuestro del 6PC, que fue uno de los organismos policiales auxiliares del Ministerio
31:50Público para conducir las investigaciones o para esclarecer los hechos que se vivieron allí en la
31:58Cota 905. Voy a leer parte de un informe de esa división del 6PC que está inserto en las
32:07sentencias de la sala penal y que esclarecen mucho ese punto sobre la relación de los integrantes de
32:15la banda del Coqui con sus vecinos. Se pudo conocer a través del análisis telefónico de las múltiples
32:24conexiones telefónicas entre los referidos ciudadanos, se están refiriendo a los 48 que
32:30forman parte de la nómina, integrantes de dicha banda delictiva durante largo tiempo y entre ellos
32:38hacia los habitantes del referido sector, con la finalidad de extender amenazas por la comunidad
32:46exigiendo de forma injusta e ilegítima sumas de dinero para no atentar contra sus vidas, sus
32:54familiares, sus bienes materiales y en contra de establecimientos comerciales que hacen vida en el
33:01sector. Esa era la relación que tenían estos delincuentes con sus vecinos, lo que en el
33:09argot popular se llama eran unos malos vecinos estos integrantes de la banda del Coqui, unos
33:15malos vecinos allí en la Cota 905 y sus alrededores. Lo describe en la investigación del CICPC dirigido
33:24por el Ministerio Público e inserto en las dos sentencias de la sala penal. Ahí está, sin nada
33:32que agregar. También se recalca en la investigación el uso de uniformes. Estos sujetos tenían una
33:40colección de uniformes de la Policía Nacional Bolivariana, del CICPC, de la Dirección General
33:46de Contrainteligencia Militar, entre otros organismos que eran usados al momento en que
33:54ellos iban a interceptar a sus víctimas para secuestrarlas. Fíjense algo que no se había
34:02dicho y es que los vehículos, ellos robaban vehículos para cometer los secuestros en estos
34:08vehículos robados y a estos vehículos robados les colocaban un inhibidor de GPS para evitar que
34:16los organismos policiales ubicaran al vehículo porque la víctima de un robo de vehículo
34:23inmediatamente o bueno con el transcurrir de las horas denunciaban el hecho y lo primero que
34:29hacían los organismos policiales era intentar ubicar el vehículo a través del GPS. Y aquí
34:36dice un párrafo, por lo tanto, o sea tomando en cuenta todo esto que les he dicho, por lo tanto
34:43se verificó de la investigación realizada por el Ministerio Público que el ciudadano Alfredo
34:48Alejandro Conde tuvo participación, este es uno de los extraditables, pero también se refiere a
34:57la alias la Barbie, tuvo participación, tuvieron participación en los hechos ocurridos entre los
35:04días 6, 7, 8, 9 y 10 de julio de 2021 en el sector La Vega del paraíso distrito capital, por lo cual
35:12se cumple con la exigencia que impone el principio de territorialidad previsto en el primer supuesto
35:19del numeral 1 del referido tratado. La sala tiene que justificar ante España que se están cumpliendo
35:27los requisitos del tratado de extradición suscrito entre Venezuela y España y este es uno de los
35:32requisitos, el principio de territorialidad, que el sujeto sea ubicado en el territorio donde
35:42ocurrieron los hechos delictivos y eso es lo que está verificando la sala, lo que está firmando la
35:47sala con este párrafo que les acabo de leer. Y es así que todo este cúmulo de hallazgos que les
35:57acabo de mencionar, esto y otros más que hay en la sentencia, la sentencia tiene aproximadamente
36:0340 y 50 páginas. Ok, todos estos hechos investigados por el Ministerio Público y esplanados en esas
36:10sentencias de la sala penal son los que tomó en cuenta el Tribunal Cuarto Antiterrorista para
36:17dictar la medida privativa, la orden de aprehensión contra alias la Barbie y contra Conde. Conde fue
36:26detenido por cierto el 14 de noviembre pasado y alias la Barbie el 3 de noviembre, por eso digo
36:33que entre el 3 y el 14 fueron detenidos. A partir de esa fecha las autoridades españolas le dieron
36:41a Venezuela 40 días para presentar ante el Reino de España la solicitud de extradición. Esto según
36:50la información que envió, que le envió a la sala penal el Servicio Consular Extranjero de
36:59la Cancillería Venezolana. Los magistrados de la sala penal aclaran que el asunto de estas
37:09extradiciones se resolverá, bueno ya está resuelto, pero ellos aclaran allí que se resuelve con apego
37:17a la constitución y a ese tratado de extradición entre Venezuela y España al que he aludido y que
37:24fue suscrito en el año 1989. En la parte final de la sentencia, de ambas sentencias, los magistrados
37:33bueno dicen declara procedente solicitar a las autoridades del Reino de España la extradición
37:39de, en este caso, Alfredo Conde, Alfredo Alejandro Conde. Y en el segundo aparte de la dispositiva
37:49los magistrados dicen el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Tribunal
37:55Supremo de Justicia en sala de casación penal asume el firme compromiso ante el Reino de España que
38:04el mencionado ciudadano será procesado por la presunta comisión de los delitos secuestro
38:10agravado y extorsión agravada por dos delitos. Esto lo hace la sala penal como parte de los
38:18compromisos que asume Venezuela con España en ese tratado de extradición. Hasta el momento
38:25digamos que este es el primer paso para traer a Venezuela a estos sujetos que fueron detenidos
38:34allá en España. Todavía no se ha concretado porque ahora empieza digamos a actuar el Ejecutivo
38:42Nacional. De hecho las sentencias dicen ordena remitir al Poder Ejecutivo Nacional por órgano
38:50del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz copias certificadas
38:58de la presente decisión. Esta remisión creo que también se le hace al Ministerio de Relaciones
39:06Exteriores para que ellos ejecuten. Ahora le toca al gobierno, al Ejecutivo Nacional poner en práctica
39:13lo que el Tribunal Supremo de Justicia ha decidido y gestionar ante las autoridades españolas estos
39:20sujetos están detenidos allá. Cuando las autoridades venezolanas le presenten este
39:27documento, estas dos sentencias, allí empieza el proceso para entregar a estas dos personas,
39:36traerlas a Venezuela y colocarlas a la orden del Tribunal Cuarto Antiterrorista. Bueno,
39:43estoy pendiente de ese evento y aprovecho para aclararles que con esta edición concluye este
39:52primer ciclo de programas TUBASOS CON ELIGIO ROJAS por este año 2022. Es decir, este es digamos el
40:03último programa por este año y como dice Miguel Ángel Pérez Pirel, el mentor de este programa,
40:12si las circunstancias lo ameritan estaremos allí, pero por lo pronto yo me despido con
40:21este último programa y nos veremos el año 2023, Dios mediante. Si fue de su agrado dele me gusta,
40:32suscríbase y active la campanita para que le llegue la notificación de este y los demás
40:40espacios que se transmiten en LAIGUANA.TV. Que Dios me los bendiga.
41:10LAIGUANA.TV, la verdad.

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