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Transcripción
00:00Saludos a todos, feliz martes. Voy con algunos comentarios. Una nueva modalidad extrusiva
00:15estarían aplicando los pegadores del Tren del Llano en la zona de Altagracia, Diorituco,
00:21Guaribe, San José de Guaribe, Valle Guanape, Guanape, Tucupido y San Rafael de Laya, entre
00:27otras localidades del noroeste del estado guarico límite con Anzoategui. Hay poblaciones
00:34de ambas entidades. Solo he mencionado las poblaciones más importantes, pero alrededor
00:41de estas hay una gran cantidad de caceríos donde están asentados medianos y pequeños
00:47productores de maíz, frijol, carahota, ají, berenjena, ñame o kumo, entre otros. Además
00:54de la ganadería lechera y cárnica. Bueno, estos delincuentes del Tren del Llano han
01:00captado a los agroproductores para ofrecerles un paquete extorsivo que consiste en pagar
01:07una cuota única para ganarse el derecho a una protección permanente. Fíjense bien.
01:14Ojo, toda esta oferta es para petos porque no existe tal protección. Lo que hay es una
01:20coacción para que tú me des parte de las ganancias de tu trabajo a cambio de nada en
01:27concreto. Bueno, esa especie de cuota única oscila entre 5 y 10 mil dólares, con lo cual
01:34quedas amarrado a ese grupo criminal porque te siguen abordando para que le entregues
01:41otros pagos menores, menores entre comillas, o en su defecto te exigen que les entregue
01:48algunos bienes, mayormente ganado vacuno o porcino, según el caso. Aquí hemos dicho
01:54que toda esa zona del oriente del Huarico, limítrofe con Anzuategui, es una especie
02:00de arco agroproductivo que tiene como punto inicial, como epicentro, el Valle de Orituco,
02:07es decir, Altagracia de Orituco, donde tiene su sede central la organización delictiva
02:13Tren del Llano, jefa aturada por Óscar de Jesús Noguera Hernández. También hemos dicho,
02:20y es válido recordarlo, que da la impresión que ese grupo criminal busca acabar con la
02:27producción agropecuaria de esa zona debido a las altas sumas en dólares que le exigen
02:34a los medianos y pequeños productores. Tuve la oportunidad el pasado primero de mayo de
02:41hacerle estos comentarios al ministro de Interior, Justicia y Paz, Renigio Ceballos,
02:48debido a los audios que me envían desde Huarico dibujando toda esta calamidad.
02:55Sigo con más comentarios. Para este jueves 9 de mayo está convocada o está prevista la audiencia
03:02en la sala social del Tribunal Supremo de Justicia respecto a una de las víctimas de
03:07abuso sexual cometidas por el profesor estadounidense William J. Bahé, hecho ocurrido
03:13entre 2002 y 2009, cuando esta persona trabajó en la escuela Campo Alegre situada aquí en la Gran
03:22Caracas. Explico, precisamente esa es la institución educativa privada que está siendo demandada por
03:28una de las víctimas de esos abusos cometidos por el profesor estadounidense según las
03:35investigaciones. ¿Cuál era el modus operandi de este docente? Docente ya fallecido. Mientras estuvo
03:41en Venezuela, el sujeto organizó varios viajes con alumnos de bachillerato, dos de los cuales
03:46tenían como destino Panamá y Costa Rica. En ese último fue donde abusó de 30 alumnos de la escuela
03:54Campo Alegre, uno de los cuales, de 12 años para el momento de ocurrir los hechos, interpuso una
04:01demanda ante los tribunales del ONNA de Caracas, instancia donde las juezas Betil de Araque
04:08Granadillo, tercera de juicio, y Aurimar Cáceres Rojas, superior tercera, determinaron que allí
04:16no hubo daño alguno, según las sentencias comentadas en programas pasados. Las 30 víctimas
04:24de esa escuela quedaron fotografiadas y archivadas en un pendrive que poseía William J., el cual
04:30fue descubierto por una doméstica que laboró en su residencia cuando éste se mudó a Managua,
04:37Nicaragua. El pendrive llegó a manos del FBI desde donde iniciaron una investigación. Incluso
04:46agentes del FBI se trasladaron a Caracas, Venezuela para interrogar a las víctimas y a testigos aquí
04:53en la escuela Campo Alegre. De hecho, el Buró Federal de Investigaciones de Estados Unidos,
04:58cataloga a William J. Bajé como, abre comillas, el pederastra más prolífico de la historia.
05:08Este juicio ya lleva nueve años en curso y se espera que la audiencia convocada para el 9 de
05:15mayo le ponga punto final al mismo. Explico, el punto a dilucidar es si William J. Bajé produjo
05:23un daño moral en la víctima tal como ésta lo denunció ante los tribunales del ONUNA de Caracas
05:31y dijeron que no había daño en su oportunidad. En consecuencia, los magistrados de la sala social
05:39deben decidir si anulan o no las sentencias emitidas por esos tribunales caraqueños que
05:45fueron redactadas por las juezas Araque y Cáceres. Tribunales de primera instancia y de segunda
05:52instancia, ubicados aquí en el Palacio de Justicia de Caracas. Una vez decidido ese aspecto,
05:59la sala igualmente debatirá si la Asociación Civil Escuela Campo Alegre es o no responsable
06:07o se encuentra obligada a indemnizar por daño moral a la víctima. Daño moral que fue cometido
06:16o presuntamente cometido por una persona que formó parte de su plantel de docentes,
06:21como lo fue William J. Bajé, catalogado, repito, por el FBI como el pederastra más prolífico de
06:32la historia, según se lee en la ficha del Buró Federal de Investigaciones. A esa audiencia del
06:409 de mayo están convocados los representantes judiciales de la Escuela Campo Alegre, los
06:45abogados de la víctima, la fiscal Quinta del Ministerio Público para actuar en salas del
06:51TCJ, Norelvis del Carmen Briseño Viloria y la Defensoría del Pueblo, entre otras.
06:59Esta audiencia ha tenido varios diferimientos. Hace un año y siete meses fueron las últimas
07:05convocatorias frustradas. Por ejemplo, estuvo pautada para el 28 de julio de 2022, pero fue
07:12suspendida a pocas horas de iniciarse. Después la reprogramaron para el 29 de septiembre de ese
07:19año 2022. Estoy pendiente de los resultados de esta audiencia convocada para el jueves 9 de
07:27mayo 2024. Voy con más comentarios. La reciente remoción de la vicefiscal general de la República,
07:36Pilar Loreto Dubén, abrió un debate entre abogados. El debate se centra en si esa decisión
07:44debió tomarla el fiscal general Tarek William Saad o la Asamblea Nacional. El argumento esgrimido
07:53por el fiscal general es que ese es un cargo, el de la vicefiscal, considerado de alto nivel y por
07:59lo tanto susceptible de ser removido por el titular del Ministerio Público. Al menos eso
08:06es lo que leemos en esa resolución que publiqué el jueves 2 de mayo pasado en mi cuenta. Arroba
08:13el espinito. Aclaro, esa resolución está firmada por la directora de Recursos Humanos del Ministerio
08:21Público. Otros abogados me han hecho llegar sus comentarios que en líneas generales exponen que
08:29esa decisión le corresponde a la Asamblea Nacional. Bueno, aquí es válido y oportuno
08:38recordar la sentencia número 470 emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
08:45Justicia el día 27 de junio del año 2017, día del periodista y día en que Óscar Pérez tomó un
08:54helicóptero de la Carlota, sobrevoló Caracas y atacó con explosivos y armas de fuego las sedes
09:00del Tribunal Supremo de Justicia y del Ministerio de Interior y Justicia. Vuelvo a la sentencia 470.
09:09Esa sentencia es la respuesta que le dio la Sala Constitucional a un recurso interpuesto por la
09:15entonces fiscal Luisa Ortega Díaz contra el decreto del presidente Nicolás Maduro que establecía las
09:21bases comerciales para la Asamblea Nacional Constituyente. El 1 de mayo de ese año 2017 el
09:29país estaba envuelto en protestas violentas impulsadas por un sector de la oposición, oposición
09:36al presidente Nicolás Maduro y en ese contexto el mandatario nacional invocó una Asamblea Nacional
09:43Constituyente a ser elegida el 30 de julio del año 2017 como en efecto ocurrió. Bueno,
09:51la entonces fiscal general se opuso a esa Asamblea Nacional Constituyente y le solicitó a la Sala
09:58Constitucional del máximo tribunal del país decretar la nulidad del decreto, valga la redundancia,
10:04del decreto presidencial por considerarlo el decreto presidencial que establecía las bases
10:10de la Constituyente por considerarlo inconstitucional e ilegítimo en su criterio.
10:17Ese recurso de nulidad fue impuesto por Ortega Díaz, el entonces vicefiscal general Rafael González
10:25Haria y el director de actuación procesal Zahir Mundaraín. La sala revisó si estos tres
10:33funcionarios estaban legitimados para interponer ese recurso de nulidad y en esa revisión
10:40constató que Rafael González Haria había sido designado vicefiscal general el 17 de abril de
10:49ese año 2017 en plenas Guarimbas, según Gaceta Oficial 41132. Al respecto, la Sala Constitucional
11:00dijo en esa ocasión que, abre comillas, dicha designación, la del vicefiscal Rafael González
11:08Haria, es contraria a la Constitución, artículo 187, numeral 24 y a la ley orgánica del Ministerio
11:15Público por cuanto la misma requiere la previa autorización de la mayoría absoluta de los
11:22integrantes de la Asamblea Nacional, órgano que para el momento en que se efectuó la designación
11:28se encontraba y aún se mantiene, están hablando de la Asamblea 2015-2020, y aún se mantiene en
11:36una situación fáctica consistente en el desacato, en el cual permanecen la mayoría de los miembros
11:44de la Asamblea Nacional frente a las decisiones de este máximo tribunal, lo cual ha incidido en la
11:51imposibilidad material de ejercer legalmente sus funciones mientras dure tal circunstancia.
11:59Recuérdese que la Asamblea Nacional 2015-2020 se enfrentó al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial,
12:08de allí que al haber designado en la forma en que lo hizo, al margen de lo establecido en la
12:14Constitución y en la ley que rigen las funciones del órgano que representa, incurrió en un error
12:21inexcusable en los términos establecidos en el artículo 22, numerales 8 y 10 de la ley orgánica
12:27del Poder Ciudadano, siendo además relevante señalar, aquí se están refiriendo al error
12:33inexcusable en criterio de los magistrados cometidos por la entonces fiscal Luisa
12:39Ortega Díaz, siendo además relevante señalar que se trata de un funcionario, el vicefiscal,
12:47de los considerados por la Contraloría General de la República como de alto nivel, por lo que
12:54resulta evidente la falta de legitimación del ciudadano abogado Rafael González Arias para
13:00actuar en algún proceso administrativo o judicial como vicefiscal general de la República, pues tal
13:07designación debe contar con la autorización de la mayoría de los integrantes del órgano
13:12legislativo nacional, razón por la cual esta sala como garante de la constitucionalidad y del estado
13:20de derecho declara nula por ser contraria al texto constitucional y a la ley que rigen las
13:27funciones del Ministerio Público en la resolución número 651 de fecha 17 de abril de 2017 publicada
13:34en Gaceta Oficial número 41132 de esa misma fecha donde la ciudadana Luisa Ortega Díaz en su
13:41condición de fiscal general designó al prenombrado abogado como vicefiscal general encargado. Bueno,
13:49allí en esa decisión de la sala constitucional además de rechazar el pedido de la entonces
13:55fiscal Luisa Ortega Díaz para que se anulara el decreto del presidente Nicolás Maduro que
14:01establecía las bases de la constituyente, además de declarar inalá la constitucional, aprovecharon
14:08para anular la designación del vicefiscal, el entonces vicefiscal Rafael González Arias. Al día
14:17siguiente de esa decisión Ortega Díaz solicitó a la Asamblea Nacional ratificar la designación
14:22de Rafael González Arias como vicefiscal general, planteamiento que fue aprobado en la sesión del 3
14:29de julio de 2017. Fíjense el enfrentamiento que había cuando Julio Borges era presidente del
14:36poder legislativo. Posteriormente la sala constitucional designó a Katherine Harrington
14:43como nueva vicefiscal general en virtud de que la Asamblea Nacional estaba en desacato. Recuérdese
14:52que la doctora nunca pudo entrar a la sede del Ministerio Público a posesionarse de su cargo
14:56porque la entonces fiscal Luisa Ortega Díaz le cerró las puertas según vídeos difundidos y según
15:03la cobertura que hicimos en ese tiempo. Voy con más comentarios. Ahora que el pasado 3 de mayo se
15:11cumplieron cuatro años de la denominada operación Gedeón destinada al derrocamiento violento del
15:17presidente Nicolás Maduro, es oportuno recordar que uno de los presuntos informantes de dicho
15:24plan fue el entonces ministro del petróleo Tarek El Aissamí según testimonios. Testigos refieren que
15:32ya el gobierno sabía de los planes de estos ex militares venezolanos quienes en combinación con
15:37Juan Guaidó tenían el plan de una incursión marítima para derrocar al presidente Nicolás
15:43Maduro. Ante esa situación el gobierno diseñó sus planes para hacerle frente a la operación Gedeón.
15:50Una de esas reuniones se realizó en el Ministerio de Interiores donde acudieron los principales jefes
15:56militares del país para organizar la respuesta a la mencionada operación Gedeón. Sorpresivamente
16:05se presentó en esa reunión el entonces ministro del petróleo Tarek El Aissamí. Supuestamente
16:12trajo los datos que allí se comentaron la estrategia del gobierno que el gobierno estaba
16:17diseñando para brindársela a los Estados Unidos según las últimas investigaciones. Hasta aquí
16:26nuestro programa de este martes. Si fue de su agrado denle me gusta, suscríbase y active la
16:34campanita para que le llegue la notificación de este espacio y los demás que se transmiten
16:41en LaIguana.TV. Que Dios me los bendiga. LaIguana.TV la verdad hecha tendencia

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