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Noticias
Transcripción
00:00Feliz domingo para todas y todos. Bienvenidos a este espacio que nos ofrece LaIguana.tv
00:16dedicado exclusivamente a los sucesos y al quehacer del sistema de justicia en Venezuela.
00:22Antes de entrar a la historia de hoy, debo aclarar un detalle respecto al último programa titulado
00:28pareja trató de usar el Carbatibir para estafar al estado venezolano. Dos puntos.
00:34TSJ ratificó la condenesa en el título del programa del domingo pasado. Recalco,
00:41ese fue un programa relacionado exclusivamente con el proceso penal iniciado contra,
00:50aquí tengo los nombres, Janfran Campos Alvarado y Nerimar Yeila Sánchez Machuca.
00:57Procesamiento que concluyó con la condena de 4 años de prisión tras ser hallado culpable de
01:04los delitos de especulado doloso propio y agavillamiento. ¿Cuándo cometieron esos
01:10delitos? Bueno, la investigación se inicia en noviembre de 2020 y las actas señalan que
01:17esta pareja recibió la cantidad de, leo aquí, 211.340 dólares a través del Fondo de Desarrollo
01:27Nacional Fonden. ¿Para qué esta cantidad de recursos? El acta dice, el acta de la investigación
01:35penal dice que era con la finalidad de dar inicio a la fase 3 que consistía en el ensayo clínico de
01:42la actividad antiviral e inmunomoduladora del compuesto Carbativir. Ese es el destino de estos
01:52recursos que le financió el Fonden a esta pareja. Janfran Campos Alvarado, en su carácter de
02:01presidente de la empresa Laboratorio Farmacológico de Venezuela, la Farben fue el que recibió el
02:13financiamiento. Estoy refiriéndome a detalles que ventilamos en el programa pasado. La producción
02:21del producto consistía en un envase de plástico con su respectiva etiqueta por un valor de 2
02:28dólares americanos cada uno. Inicialmente produjeron la cantidad de 5.000 frascos de
02:36las goticas. Ok, dirán ustedes y ¿dónde está el delito? Aquí viene, los dueños del laboratorio
02:45estaban comercializando el producto con un empresario que él mismo tenía pensado a su
02:53vez comercializarlo en al menos 18 países sin la autorización del estado. Allí el pecado pues,
03:02el delito. Es decir, aquí en el programa, en el programa del domingo pasado, jamás se dijo que la
03:13estafa era el Carbatibir en sí mismo. Aquí no se habló de si las gotas eran o no efectivas para
03:23combatir el coronavirus. Se habló de cómo una pareja se aprovechó o aprovechó los recursos
03:33que el estado le otorgó para comercializar o intentar comercializar el producto en 18 países
03:42sin la autorización de la república. Y en ese procesamiento penal observamos que a la pareja
03:51Campos Sánchez se le ordenó un juicio por dos delitos y en la sentencia apareció un tercer
04:00delito que ya había sido desestimado, el delito de boycott. Pero además fueron condenados por otro
04:07delito que igualmente no se refleja en la acusación inicial tal como lo comentamos en el
04:15programa, que es el delito de agavillamiento en lugar de el delito de asociación para delinquir
04:23como originalmente fue ordenado este juicio. Ahora, ¿por qué este caso cobra vigencia? ¿por qué lo
04:33traemos a la palestra? ¿por qué lo presentamos a la palestra el domingo pasado siendo que los
04:40hechos ocurrieron en 2020? Bueno, sencillamente lo dije en el programa y lo recalco aquí en esta
04:48breve aclaratoria porque hubo una reciente decisión del máximo tribunal de Venezuela en
04:55sala penal confirmando la condena de cuatro años de prisión contra la pareja Campos Sánchez,
05:02decisión que está contenida en la sentencia número 265 de la sala penal del pasado 23 de
05:13mayo, 23 de mayo, hace apenas 13 días aproximadamente. Y eso es lo que le da
05:20vigencia a este expediente. Dejo el punto hasta aquí y los invito al programa del próximo martes
05:28donde estaré dando a conocer una respuesta que me envió Raúl Ojeda, el creador del CarvaTV. Ahora
05:37sí, vamos con el tema o el relato de hoy. Se trata de otra estafa cometida contra un particular,
05:45pero que afecta igualmente al estado venezolano por tratarse de un dinero que salió, en este caso,
05:52del Banco de Desarrollo Económico. Bueno, uno de los protagonistas de esta estafa está identificado
06:00como José Rubén Lobera Fuscal, quien acaba de ser detenido en Madrid, España. Y a raíz de esa
06:09detención ocurrida el 26 de abril pasado, el Ministerio Público activó el proceso de extradición
06:16para traerlo a Venezuela y juzgarlo por la presunta comisión de los delitos, legitimación de capitales,
06:23asociación y estafa continuada, según se lee en los expedientes. Aquí también se encuentra
06:31presuntamente implicado, en este caso, Luis Alfredo Delgado Musa, representante de la empresa
06:40Corporación Atlantic Gold. Aquí está el número de RIS, ahí lo estamos viendo en pantalla. Pero veamos
06:46en qué consistió esta estafa. Una estafa, por cierto, relacionada con la comercialización del
06:54oro venezolano. Aquí el denunciante víctima es Francisco Antonio Esber Mousco, representante
07:03de la empresa Ecominas. Ya por ahora tenemos identificado quién es quién. Tenemos dos
07:11presuntos implicados en la estafa, que son Luis Alfredo Delgado Musa y José Rubén Lobera Fuscal.
07:19Este último, repito, recién capturado en Madrid, España. Seguimos. El cuento inicia en el mes de
07:28mayo del año 2018, cuando Francisco Antonio Esber Mousco recibió, ojo, del Banco de Desarrollo
07:37Económico y Social de Venezuela, BANDES, un anticipo, vean esta cantidad, de un billón
07:45140 mil millones de bolívares fuertes. Un billón 140 mil millones de bolívares fuertes,
07:56equivalente para la época, a 14 millones 248 mil dólares exactos. Ahí estamos viendo esas cifras en
08:08pantalla. Esa conversión en dólares es para la tasa oficial calculada en el momento en que se
08:15otorga este financiamiento. Ahora, ¿para qué hace el BANDES este financiamiento? Aquí lo decimos,
08:25o lo dice el expediente, para la compra de 50 kilogramos de oro. Imaginemos una barra,
08:32una barra más o menos grande, o dos pacas y medio de harina pan, algo parecido. Ok,
08:39para comprar esos 50 kilos de oro, Francisco Antonio Esber, que fue quien recibió el
08:46financiamiento del BANDES, realizó una negociación a través de su hermano Pedro Esber, a quien le
08:56encomendó la misión de conseguir esos 50 kilos de oro. Y es así que Pedro Esber a su vez contactó
09:04a Luis Alfredo Delgado Musa y a José Rubén Lobera Fuscal, quienes le indicaron que sus empresas le
09:17venden oro al Banco Central de Venezuela. Y cuando hablamos de sus empresas, estamos refiriéndonos
09:24a Corporación Atlantic Gold y Corporación Virsus. Más adelante veremos si eso es verdad o es mentira
09:32lo que estos señores le dijeron al grupo Esber, es decir, si ellos le vendían o no oro al Banco
09:40Central de Venezuela. Bueno, esas dos empresas recibieron varias transferencias en Bolívares
09:46depositadas por el grupo Esber para concretar la compra de los 50 kilos de oro. Por ejemplo,
09:54Corporación Atlantic Gold, compañía anónima, recibió 570 millones de Bolívares, allí está la
10:02cifra exacta, que a la conversión serían 7 millones de dólares. Para ser exacto, fueron 7 millones
10:12245 mil 333 dólares exactamente. Un monto similar recibió la empresa Corporación Virsus, allí vemos
10:25la cifra exacta en Bolívares, 569 millardos 430 millones de Bolívares fuertes, equivalente en
10:36dólares a 7 millones 115 mil 875 dólares americanos. Ok, Lobera Fuscal incumplió la promesa de entregar
10:51los 50 kilogramos de oro, pero además se negó a devolver ese caudal de dinero que le depositaron
11:00desde el grupo Esber, ese caudal de dinero que acabamos de discriminar en estas dos empresas
11:07relacionadas con Lobera Fuscal. El asunto se agrava porque en agosto del año 2018, José
11:17Lobera Fuscal se fue de Venezuela y se radicó en Madrid, España, donde fue detenido recientemente,
11:26cinco años y medio después resultó capturado. Justamente ese es el dato que le otorga vigencia
11:35al procesamiento penal iniciado hace cinco años contra Lobera Fuscal. Esta aclaratoria para
11:45aquellos que preguntan por allí por qué ventilamos casos que ocurrieron, por ejemplo, cinco años atrás,
11:53resulta que esa persona implicada en ese caso cuya investigación se inició cinco años atrás acaba
12:00de ser detenido en Madrid, España. Bueno, la investigación arrojó que el dinero desembolsado
12:09tanto Atlantic Gold como la corporación Virsus le dieron un uso y destino distinto al que
12:18originalmente estaba pautado que era la compra de los 50 kilos o kilogramos de oro. Bueno, son
12:26empresas que viven de la comercialización del oro. El dinero en este caso fue usado para pagar
12:32a proveedores, entre ellos bodegones, empresas de transporte y constructoras según la investigación.
12:39Esta investigación penal igualmente determinó que era falso lo que le había dicho José Rubén
12:48Lobera Fuscal a Francisco Antonio Sbermousco de que él trabajaba proveyéndole oro al Banco
12:55Central de Venezuela. Hay una parte del expediente donde se lee que, abre comillas, se demostró a través
13:04de comunicación emitida por el Banco Central de Venezuela, signada bajo el número GS-2019-027
13:13de fecha 10 de junio del año 2019, que las empresas Corporación Atlantis Gold, Corporación
13:20Virsus, Compañía Anónima, Exportaciones y Servicios Miranda, Compañía Anónima, Proalco y Grupo
13:28SIL no mantienen ningún tipo de contrato con esta institución, cierre comillas, pero además
13:37Corporación Virsus, una de las dos empresas a las cuales el grupo SBER le entregó bolívares
13:44para la procura de los 50 kilos de oro, no figura como una compañía del ramo de la minería y así
13:56quedó reflejado en el expediente. Abre comillas, es importante destacar que por medio de comunicación
14:03número 101-DGB-30101 de fecha 21 de marzo del año 2022, suscrita por el ciudadano Vladimir Jesús
14:16Quintero Martínez en su carácter de director general del despacho del Ministerio del Poder
14:20Popular de Desarrollo Minero-Ecológico, mediante el cual informan que realizada una revisión en el
14:28Sistema Integrado de Gestión del Desarrollo Minero-Ecológico, se constata que la empresa
14:34Corporación Virsus no se encuentra registrado en la base de datos de los operadores mineros o de
14:42actividades conexas con el sector. Igualmente no poseen relación ni alianza estratégica suscrita
14:49con la Corporación Venezolana de Minería, lo cual se demuestra el engaño a la buena fe de la
14:58víctima en el hecho objeto del proceso presente, cierre comillas. Ok, esos son los hechos investigados
15:07determinados, verificados por el Ministerio Público basado en las actas levantadas por los
15:17distintos organismos de seguridad ciudadana, pero que ha hecho el sistema de justicia de Venezuela
15:24para castigar esas situaciones descritas anteriormente. Veamos, tres años después de
15:33haber huido a Madrid España, le dictan orden de aprehensión a Lobera Fuscal, que es uno de los
15:43principales protagonistas en esta trama de estafa o en esta trama de corrupción, porque aquí hay
15:51dinero del Estado invertido. Esa orden de aprehensión fue dictada por el juzgado 24 de
15:58control del área metropolitana de Caracas el 27 de enero del año 2021, dos años después de que
16:08este sujeto había huido de Venezuela. Luego se produce una nueva acción judicial contra José
16:18Lobera Fuscal. Se trata de una medida privativa de libertad emitida el primero de diciembre del
16:27año 2023, dos años después de haberle dictado la orden de aprehensión. Esta medida privativa se la
16:37dicta el tribunal 14 de control del circuito judicial penal del área metropolitana de Caracas
16:44por estar presuntamente implicado en legitimación de capitales, asociación y estafa continuada. Bueno,
16:55el 26 de abril pasado, año 21, esa es la última acción, 22, 23, 24, tres años después, las
17:04autoridades venezolanas recibieron la información sobre la detención en Madrid España, como lo
17:13hemos dicho, de José Rubén Lobera Fuscal, uno de los principales protagonistas en esta estafa que
17:22le estamos comentando. Esa misma fecha, o en esa misma fecha, el representante de la fiscalía
17:29sextuagésima cuarta del ministerio público a nivel nacional con competencia plena contra la
17:37legitimación de capitales, delitos financieros, económicos y especial de extinción de dominio.
17:44Siempre he dicho que es importante leer todas las características, todos los periquitos de la
17:50denominación del despacho fiscal o del tribunal para que nos demos una idea de cuáles son los
18:00expedientes que se ventilan en esos despachos. Bueno, esa fiscalía que les acabo de describir
18:07solicitó mediante escrito ante el tribunal décimo cuarto de primera instancia en funciones de control
18:14del área metropolitana de Caracas que se inicie el procedimiento de extradición en contra del
18:24ciudadano José Rubén Lobera Fuscal con el fin de que fuese trasladado a Venezuela y puesto a la
18:34orden de la justicia en razón de la orden de aprehensión que pesa en su contra. Ya la leímos
18:42por allá. Esa solicitud que realiza el ministerio público ante ese tribunal fue acordada, fue
18:50aprobada el 3 de mayo pasado por la jueza del tribunal décimo cuarto de control del área
18:58metropolitana de Caracas, quien a su vez remitió el expediente a la sala penal del tribunal supremo
19:06de justicia para que se pronunciara al respecto. Ese es el procedimiento descrito en el código
19:15orgánico procesal penal respecto a la extradición. Bueno, los magistrados se pronunciaron el pasado
19:2223 de mayo dándole el visto bueno al planteamiento de Venezuela de traer vía extradición a Lobera
19:32Fuscal. Esa decisión de la sala penal del tribunal supremo de justicia está contenida en la sentencia
19:41número 258 redactada por la magistrada Elsa Gómez, presidenta de la sala y firmada por sus demás
19:51colegas Carmen Marisela Castro y Michael Moreno. Bueno, les decía en algún momento del programa
20:01que lo que le da vigencia a este caso ocurrido por allá hace cinco años es la detención del sujeto
20:10en abril pasado en Madrid, España, y la consecuente decisión de la sala penal del tribunal supremo de
20:19justicia avalando, dando luz verde al procedimiento de extradición del mismo. Esta sentencia, la 258,
20:30refleja las penas a las cuales se expone este sujeto cuando sea enjuiciado aquí en Venezuela.
20:38Y decimos cuando sea enjuiciado aquí en Venezuela porque mantenemos la esperanza de que estas
20:45personas que estafaron, hay muchas personas allá en España, venezolanos detenidos. La otra vez
20:54hicimos un programa especial sobre quienes tienen un cable pelado con la justicia venezolana y que
21:00están allí en España mayormente y por eso decimos que si esta persona es traída a Venezuela cuando
21:08sea enjuiciada aquí se expone a las penas que a continuación voy a describir basado en los delitos
21:17que le imputa el ministerio público. Pero ojo, aquí el resultado de la condena no es la sumatoria
21:27de todas esas penas que están descritas. Hay unas reglas que emplean los jueces para colocar la
21:35condena ponderando diversos factores. Bueno, el delito de legitimación de capitales brevemente
21:44dice así quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o propietaria poseedor o poseedora
21:50de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios a sabiendas de que provienen directa o indirectamente
21:56de una actividad ilícita será penado o penada con prisión de 10 a 15 años y multa equivalente al
22:05valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido 10 a 15 años legitimación de capitales.
22:14El delito de asociación que es el otro delito por el cual se procesa penalmente a lo vera fiscal,
22:22dice así quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada será penado o penada por
22:28el solo hecho de la asociación con prisión de 6 a 10 años. Ya vemos que el delito de legitimación
22:35de capitales es el de mayor entidad en este expediente y está el delito de estafa el que
22:44con artificios o medios capaces de engañar o sorprender la buena fe de otro induciéndole en
22:50error procure para sí o para otro un provecho injusto con prejuicio ajeno será penado con
22:57prisión de 1 a 5 años. Bueno, todos estos artículos están contemplados en la ley orgánica
23:04contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo, igual que lo hace con otros casos
23:12de extradición a venezolanos detenidos fuera del país y solicitados por la justicia criolla. La
23:22sala penal reserva una parte para dejar constancia de que el tribunal supremo de justicia en
23:30representación del estado venezolano asume, como dicen ellos, el firme compromiso de que,
23:38abre comillas, el ciudadano José Rubén Lobera Fuscal será juzgado en la República Bolivariana
23:45de Venezuela por la presunta comisión de los delitos de legitimación de capitales,
23:49asociación y estafa continuada. Con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la
23:57República Bolivariana de Venezuela relativas a al derecho al debido proceso, artículo 49 de la
24:04Constitución, conforme al cual el ciudadano solicitado en extradición se le garantizará el
24:10derecho a la defensa, al principio de no discriminación, artículo 19 de la Constitución,
24:17a la prohibición de la desaparición forzada de personas, artículo 45, al derecho a la integridad
24:24física, psíquica y moral, y a la prohibición que las personas sean sometidas a penas, torturas o
24:31tratos crueles, inhumanos o degradantes, artículo 46, número 1. Por lo tanto, el ciudadano requerido
24:38será tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano, al derecho a un sistema
24:46penitenciario que asegure la rehabilitación del penado, artículo 272, en caso que el mismo resulte
24:54condenado por los delitos señalados. Fíjense que esto siempre lo hace o este párrafo siempre lo
25:03redacta la sala penal del Tribunal Supremo de Justicia cuando se trata, cuando aprueba, cuando
25:11declara procedente la extradición de un venezolano que fue detenido fuera de nuestras fronteras y
25:20se tiene que dejar así asentado en la sentencia porque eso forma parte del protocolo establecido
25:27en los convenios suscritos por Venezuela, en este caso con el Reino de España, relacionados con la
25:35extradición o relacionados con la lucha contra la delincuencia organizada y dejan también claro
25:44cuáles son las garantías que le asisten a esta persona, que dicho sea de paso son garantías
25:49que le asisten a todo procesado aquí en Venezuela, haya sido traído en un proceso de extradición o
25:58haya sido detenido aquí en alguna parte del territorio nacional, son garantías muy específicas,
26:07el derecho a por ejemplo un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado en caso
26:15que él mismo resulte condenado por los delitos que se le imputan. Bueno, esta persona, Lobera Fuscal,
26:23se suma a la lista de venezolanos detenidos en España y cuyo envío al país es requerido
26:32vía extradición. Nos hacemos la misma pregunta formulada en el programa de hace tres semanas,
26:41¿por qué España no los envía siendo de que se ha comprometido a través de convenios a luchar
26:52contra el crimen transnacional? Así lo dicen los convenios suscritos por el Reino de España con
27:00Venezuela y además expuestos públicamente en foros internacionales. Bueno, estoy pendiente de si a
27:10este venezolano que estafó a un empresario, empresario que fue financiado por el BANDES, por
27:18eso decía originalmente que es una estafa contra un particular, pero que ese particular recibió fondos
27:26del estado. Ya vimos las cifras con pelos y señales, con comas y además su conversión en dólares, lo que
27:38significa que es una estafa de marca mayor y que el sistema de justicia venezolano está tras la pista
27:49o tras la huella de uno de sus principales protagonistas. Aquí también estaremos pendientes
27:55del desenlace penal de esta persona. Hasta aquí nuestro programa dominical, si fue de su agrado
28:04denle me gusta, suscríbase y active la campanita para que le llegue la notificación de este y los
28:11demás programas que se transmiten por LaIguana.tv. Que Dios me los bendiga.
28:19LaIguana.tv, la verdad hecha tendencia.

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