Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, explica el proceso de selección para ministro de la Suprema Corte de Justicia.
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00:00Como sabemos ha habido pues mucha manipulación alrededor de esta reforma,
00:05muchas mentiras y muestra de ello son algunos de los casos que vamos a
00:12presentar aquí, que tienen que ver con cuáles son las razones que han llevado a
00:18la presentación de esta reforma constitucional presentada por el
00:23presidente el 5 de febrero. Una de las principales mentiras o manipulaciones
00:29que se ha dicho es que hay un interés por parte del Ejecutivo de controlar el
00:34Poder Judicial, en específico la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo cual
00:39es totalmente falso. Si esa fuese la intención, estaría sencillo, no haríamos
00:46ninguna reforma. ¿Por qué lo decimos? Vamos a ver cómo hoy en día se eligen a
00:54los ministros y a las ministras de la Corte, hoy sin reforma. ¿Qué dice la
00:59Constitución? El presidente, en este caso la presidenta electa, tiene la
01:05posibilidad de presentarle una terna al Senado de la República. Así se eligen
01:11hoy a los ministros y a las ministras. El presidente presenta una terna, estas
01:17tres personas las elige libremente la presidenta, simplemente con que sean
01:22abogados, tengan más de 35 años y tengan 10 años de experiencia. No es que tengan
01:29que tener una carrera judicial, con esos tres requisitos el presidente presenta
01:34una terna al Senado de la República. El Senado de la República, de esta terna,
01:39elige a uno por dos terceras partes y también lo puede rechazar, supongamos que
01:46lo rechaza. Si lo rechaza, nuevamente el presidente puede presentar otra terna. Y
01:54si es rechazada nuevamente, entonces el presidente o la presidenta designa
02:00directamente quién será el próximo ministro o ministra de la Corte. Es decir,
02:06el presidente realmente tiene la posibilidad de designar de manera
02:11directa y en caso de rechazo o si se tienen las dos terceras partes del
02:17Senado, como es el caso, pues entonces se podría conformar una mayoría. Adelante.
02:25Aquí podemos ver cómo, en el caso de la presidenta electa,
02:30podría designar sin reforma a cuatro ministros. El primero es Luis María
02:37Aguilar, que se, digamos, concluye su periodo en diciembre de 2024. Ahí la
02:44presidenta ya podría designar al primer ministro. Con eso ya tendría cuatro
02:51ministros. Si suponemos que hoy tres están, digamos, con una visión más
02:56progresista, sumando este cuarto ministro, ya se tendría por lo menos la posibilidad
03:03de evitar cualquier declaración de inconstitucionalidad de cualquier ley.
03:09Pero vamos más allá. En febrero del 26 sale Jorge Mario Pardo Rebolledo, se
03:18podría designar a otro ministro. Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena sale en noviembre
03:24del 27 y Alberto Pérez Dayán sale en noviembre del 27. Esto quiere decir que a
03:32mitad del siguiente sexenio la presidenta tendría ya, o podría tener, la
03:38mayoría de los ministros de la Corte. Siete de once. Si la intención fuese esa,
03:46pues simplemente no se haría ninguna reforma y se quedarían las cosas como
03:51están. Pero no es el caso. La reforma lo que está planteando es que sea la
03:56ciudadanía la que participe, el pueblo de México, a través de un proceso
04:00democrático, que pueda acudir a las urnas y pueda votar por quien considera
04:08son los mejores perfiles para ser ministros de la Corte, magistrados y
04:14jueces en su caso.