• hace 2 meses
En septiembre se completa el último tramo del aumento salarial para empleadas domésticas, con un incremento del 12,5%. Para quienes trabajan por hora, el salario con retiro es de 2.620 pesos y sin retiro de 2.825 pesos. Además, se destaca la importancia de la registración y los beneficios fiscales disponibles para empleadores y empleadas.

Seguí en #AndinoYLasNoticias

Category

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Bien, vamos a olvidarnos de las empleadas domésticas. ¿Cuánto deberían ganar por día si hay aumento? ¿A cuánto sería el sueldo mensual?
00:09Mira, una noticia más que importante, porque te contaba recién en el corte que el empleo doméstico asciende a un número de 1.700.000 personas,
00:17de las cuales sólo está registrada el 40-45% pese a todas las campañas, la verdad, de registración que vienen haciendo, por lo menos...
00:27Y al costo y los beneficios, ¿no?
00:29Claro, el tema de que vos podés descargarlo de ganancias, el beneficio... A ver, hay muchos que no saben todavía que se puede descargar el empleo doméstico de ganancias.
00:39Y hay muchas empleadas domésticas que no saben, digo, hablo en femenino porque la mayoría son mujeres, que no saben que, por ejemplo,
00:47abrir una cuenta, una caja de ahorro para que le depositen el sueldo, es económico, es gratuito y es muy fácil. Cuesta también el tema de la bancarización.
00:57Y otra cosa que no saben, Clara, que es increíble, que se puede cobrar un plan y aún estar en blanco.
01:03Eso justo lo hablábamos con Miriam Andreoli también en el corte. Hoy es compatible, por ejemplo, una empleada doméstica puede cobrar una UAH,
01:12una empleada doméstica puede cobrar una tarjeta alimentar, tiene servicios complementarios justamente porque se entiende que hay vulnerabilidad
01:23y, por supuesto, acá todos me están echando un me encanta porque les gustó el tema, les gustó el tema.
01:28Acá Melika Villa me está diciendo siempre y cuando esté registrada, por supuesto, siempre y cuando esté blanqueada.
01:35Claro, pero a veces viste que dicen no quiero estar en blanco porque me van a sacar el plan.
01:39Porque en un momento era así y se quedaron con eso y ahora hay compatibilidad. Bueno, la cuestión que debe saber el empleador o la empleadora
01:47y que debe saber el empleo doméstico que este mes de septiembre, pagadero en los primeros días de octubre,
01:53ya termina con el último tramo de aumento, agosto-septiembre, que fue del 12,5%.
01:59¿Qué es lo que tienen que pagar en el caso de aquellas que están jornalizadas, que trabajan por hora?
02:05La hora es, bueno, acá tomamos cuatro horas diarias de trabajo, que es en general lo que trabaja la quinta categoría,
02:12que son tareas generales donde se hace más que nada la limpieza de los hogares.
02:17Con retiro 10.480 pesos, sin retiro 11.300. Esto hace por hora, con retiro, un monto de 2.620 pesos y sin retiro de 2.825 pesos.
02:29Siempre tenemos que tener en cuenta que estos son montos de referencia. Después, en general, se acuerda a partir de esto más.
02:37El tema de las que están mensualizadas, es la primera vez en la historia de todo lo que es la reglamentación de empleo doméstico,
02:46que se reglamentó esta actividad en el 2015, que el empleo doméstico, determinadas categorías prácticamente duplican a lo que es un salario mínimo.
02:55Y no estamos hablando de grandes sueldos. Con esto lo que quiero indicar es que el salario mínimo está muy bajo, 264.000 pesos.
03:04¿Qué pasa con la quinta categoría, que está mensualizada? Son 321.361 pesos con retiro y sin retiro 357.350 pesos.
03:18Hoy, justamente hoy, que estamos dando los valores de lo que se debe pagar en el mes de septiembre,
03:24hoy se reúne el gobierno, a través de la Secretaría de Trabajo, con la Comisión Nacional de Empleo en Casas Particulares,
03:32para evaluar las paritarias del próximo bimestre. Estamos hablando de octubre y noviembre.
03:38Por último, importante, a estos montos, Guille, que acabamos de dar, hay que agregarle, por supuesto, la antigüedad, que es el 1% por año,
03:47hay que agregarle los aportes jubilatorios, que es el 11% mensual, y la obra social, que equivale a un 3%.
03:55Ponele 10.480 por 4 horas, ponele que trabaja 8 horas, lo multiplicás por 2, te da 104.800, ponele por 20 días, te da 419.200, sería más o menos eso.
04:10Más o menos sería eso.
04:11De una persona con retiro.
04:13Con retiro. Después, mirá, se me acaba de ocurrir una pregunta que la leía en redes sociales.
04:19Por ejemplo, ¿qué pasa si un empleo doméstico hace limpieza, pero además cocina, o además cuida a tu hijo, o cuida a tu papá?
04:31Es la categoría más alta, ¿o no?
04:32Se paga siempre la categoría más alta de la actividad que no la más baja.
04:37¿La hora ahí cuánto es?
04:38Bueno, mirá, por ejemplo, una persona que también cocina en un domicilio, le tenés que pagar la hora con retiro casi 3.000 pesos, ahí son algo más de 300 pesos,
04:50pero, por ejemplo, el sueldo son 366.265 pesos, lo que significa que le tenés que pagar casi 50.000 pesos más que si hiciera solo tareas específicas.
05:04De todos modos, en la AFIP se publica, si uno presta atención, toda la tabla que te dice por hora, con retiro y sin retiro, mensualizado con retiro y sin retiro,
05:17las cinco categorías, porque no olvidemos que el empleo doméstico está agrupado en supervisores, en caseros, tareas específicas, tareas generales y el cuidado de personas.
05:28A partir de ahí sacas los proporcionales.
05:31Perfecto, abrimos el consultorio, siempre tenemos para Clarita Salguero.
05:35Buendía, Clara, tengo 54 años y cobro pensión por madre de siete hijos. ¿En algún momento podré jubilarme o es imposible?
05:42Sí, en algún momento podés jubilarte si cumplís la edad, en este caso te está faltando seis años y si en tu vida tuviste alguna historia mínima, aunque sea de aportes,
05:56porque si no tenés edad y no tenés nada de aportes, es imposible que puedas reconvertir o dejar esa pensión asistencial para tener una jubilación.
06:06¿Cada hijo representa un año de jubilación?
06:08¿Cómo?
06:09¿Cada hijo representa un año de jubilación?
06:11Representa un año de jubilación, un año de aportes, sí, pero se te agrega dos años más si el hijo tiene algún tipo de discapacidad, se te agrega un año más si por ese hijo cobraste AUH por lo menos y como mínimo doce meses.
06:27Pero hay otra cosa importante, el reconocimiento de aportes por cuidado de hijos o por haber tenido hijos no lo puede pedir cualquier mujer a cualquier edad.
06:36Por ejemplo, una mujer que tiene cincuenta y nueve años no puede ir al ANSES y pedir que le reconozcan años, ANSES solo te reconoce años cuando vos vas con la edad cumplida, con los sesenta años, no antes.
06:48Ok.
06:49Y me parece muy importante y es un programa Angie que no tiene fecha de cierre, que aparentemente todo indica que va a seguir viviendo.
06:57O sea que con siete hijos ya tienen por lo menos siete años de jubilación en su vida.
07:00Sí, y le tenés que agregar si cobró AUH por esos hijos y le tenés que agregar más años si esos hijos tienen discapacidad.
07:08Hasta tres años te pueden llegar o hasta cuatro te pueden llegar a reconocer por cada hijo.
07:12Muy bien, vamos con una segunda consulta y dice, tengo sesenta y cinco años, si no quisiera jubilarme, ¿puedo seguir trabajando en relación de dependencia hasta los setenta años? Gracias.
07:23Sí, podés seguir trabajando hasta los setenta, hombre o mujer, cualquiera de los dos, si esa relación de dependencia es en el ámbito privado.
07:30Si es en el ámbito estatal, no. Acá todo indica que es un hombre. Sesenta y cinco años es la edad tope para jubilarte en el sistema público,
07:42pero de todas formas, tanto en el sector privado como en el público, cuando el empleador o la empleadora te avisa que ya estás en condiciones de iniciar la jubilación, te tiene que dar un año de plazo.
07:54Entonces, la edad efectiva serían sesenta y seis años y setenta y un años.
08:00Muchas gracias, Clarita. Al contrario...

Recomendada