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Lizandro, un escribano de Capital Federal, se encuentra inesperadamente involucrado en el caso judicial contra el expresidente Alberto Fernández por violencia de género. Sin previo aviso, fue solicitado para receptar declaraciones notariales de testigos en la causa. La situación ha generado sorpresa y cuestionamientos sobre el uso de actas notariales en este contexto judicial.

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Transcripción
00:00Ivano, Lisandro, que receptó los testimonios propuestos por Alberto Fernández en la causa
00:08que se le sigue por violencia de género. Y hace algunos días quedó en el centro de
00:14un requerimiento del propio juzgado donde se está tramitando el caso. Vamos a intentar
00:23entender el rompecabezas de esta situación. Lisandro, buenas noches. ¿Cómo estás?
00:27Buenas noches. Un gusto.
00:28¿Cómo llegas vos a la causa que se le inicie a Alberto Fernández por violencia de género?
00:32Bueno, en realidad yo no conozco hasta con posterioridad la declaración de los testigos
00:38al expresidente, más que por los medios que lo conoce todo el mundo, pero personalmente
00:46yo no lo conocía. Un día estaba en el colegio de escribanos de Capital Federal, yo soy escribano
00:53aquí en Capital Federal, en un curso y me suena el celular y me pregunto a una colega
00:59si yo puedo receptar en sede notarial las declaraciones de un testigo y no me especifican
01:08en qué causa.
01:09¿Vos no sabías nada?
01:10Yo no sabía.
01:11¿Con quién te ibas a encontrar?
01:12En realidad yo tengo que prestar el servicio notarial, no me puedo negar si no tengo una
01:16causa a la prestación del servicio, voy a la escribanía y me encuentro con que en
01:23la escribanía me estaba esperando la abogada de la causa, la abogada del expresidente de
01:31la nación y un testigo. Yo en ese momento me limito como en todas las declaraciones.
01:38¿Cuál es tu función en esa situación?
01:40Mi función es hacer un requerimiento específico, redactar el requerimiento que me lo hace
01:48la abogada del expresidente y doy cerrado el acto con la lectura de todas las preguntas
02:01que se generan en ese requerimiento por parte de la abogada. Yo no pregunto, pregunta solamente
02:11la abogada.
02:12O sea, vos das fe de que determinadas preguntas hechas por la abogada fueron respondidas de
02:14determinada manera por el testigo.
02:17Yo no genero la pregunta, sino solamente recepto la declaración del testigo a las preguntas
02:25formuladas por la abogada del doctor Fernández.
02:28Luis Andro, tengo esta duda. Yo hace bastante tiempo que cubro tribunales y no me había
02:33encontrado con situaciones de estas características, o sea, me encontré con actas notariales que
02:38por ahí se hacen para certificar, no sé, un chat de WhatsApp, por ejemplo, pero no
02:44una declaración. A vos también te sorprendió.
02:48No, me sorprendió que me citara el fiscal.
02:51A ver, pero lo que te quiero preguntar es, ¿por qué se hace esto? ¿Por qué? ¿Para
02:55qué?
02:57Una de las competencias notariales es justamente la redacción de un acta, un acta escritura,
03:08se hace en protocolo, o sea, tiene una matricidad donde se preconstituye una prueba. La declaración
03:17del testigo ante el notario es la preconstitución de una prueba. Ese instrumento es un instrumento
03:25auténtico que solamente se puede desvirtuar por una redarrucción de falsedad. Hasta
03:31tanto no se inicie una acción de redarrucción de falsedad, ese documento tiene la total
03:39vigencia y hace plena fe en sí mismo como documento público que es el acta.
03:45Ahora, ¿cuál es la necesidad de que determinados testigos, que además se supone que declaran
03:50en la causa, declaren en una escribanía?
03:53Bueno, ante la premura de que algún testigo pueda viajar o no pueda estar en día en que
04:01el fiscal la convoque, se recepta la declaración ante escribano. Es una opción más que tiene
04:09cualquier habitante de la República de concurrir a la sede notarial y requerirle al escribano
04:20la posibilidad de declarar ante él.
04:21Alejandro, ¿por qué te citan a declarar y en calidad de qué?
04:25De testigo.
04:26¿Y por qué?
04:27Bueno, porque yo creo que es una dilación judicial por parte de la querella, francamente.
04:34¿Pero con qué objetivo? ¿Con qué objetivo te citan?
04:37Bueno, básicamente me hicieron preguntas como las que me estás haciendo vos, cómo
04:45había llegado yo a la actuación notarial en el caso concreto, quién me había requerido.
04:56Me sorprendieron algunas preguntas, sobre todo por parte de la querella. Vos, por ejemplo,
05:01me preguntabas si yo no sospechaba que un testigo viviera a 250 kilómetros. Los escribanos
05:07tenemos una competencia territorial. Yo no puedo ir a tomarle declaración al domicilio
05:15del testigo si vive fuera del ámbito de mi competencia territorial, que es la Ciudad
05:19Autónoma de Buenos Aires. Para lo cual a mí no me sorprende que venga un testigo a
05:28la sede de mi escribanía a que yo le recepte su declaración.
05:31Yo creo que te estaban objetando por qué vinieron hasta tu escribanía.
05:37Claro, por qué vinieron, quién las convocó, quién las trajo.
05:40¿Pero sospechando qué? ¿O para hacernos juzgar a quienes seguimos en la causa?
05:44Bueno, yo creo que francamente es...

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