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Por unanimidad, la SCJN avaló el proyecto de sentencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien propuso que solo se aplique el primer párrafo del artículo 127 del Código Penal de Chihuahua, que establece penas de 25 a 50 años de prisión.

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Transcripción
00:00vamos a cambiar completamente
00:04de información, abordamos temas
00:05con la Suprema Corte de
00:06Justicia de la Nación, la cual
00:08ha declarado inconstitucional la
00:10prisión vitalicia que se aplica
00:12a los delincuentes en el estado
00:13de Chihuahua. Rubén Mozo, nos
00:15tiene la información a detalle,
00:16te escuchamos. Muy buenas
00:18tardes. Victor, muy buenas
00:19tardes aquí a toda la
00:20audiencia, pues sí, hace unos
00:21momentos la Suprema Corte
00:23discutió este tema, pues estas
00:25reformas que al código penal en
00:27el estado de Chihuahua que
00:29cometen tres, el delito de
00:32homicidio contra tres o más
00:34personas, y pues la corte lo
00:36declaró inconstitucional, eso
00:38fue por unanimidad, hay que
00:40mencionar que pues el proyecto
00:42fue presentado por el ministro
00:43Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena,
00:45quien pues señaló que pues este
00:48tipo de medidas, pues, pues no
00:50debe de ser aplicable, porque y
00:52y ordena que pues se utilice
00:54nada más uno de los párrafos del
00:56código penal del artículo
00:57ciento veintisiete que
00:58establece penas de veinticinco
01:01a cincuenta años de prisión. Hay
01:03que mencionar que pues todos los
01:04ministros se sumaron a este
01:06proyecto de sentencia del
01:07ministro Gutiérrez Ortiz Mena,
01:09y es así como la la la la
01:11entidad tendrá que reformar el
01:13Congreso local su código penal
01:15para anular este este párrafo
01:18segundo del código penal del
01:20artículo ciento veintisiete que
01:21establece la pena de la pena
01:24vitalicia. Hay que mencionar
01:25que este caso derivó de una
01:27un asesinato contra cuatro
01:29personas en en dos mil once en
01:31un bar y se estaba impugnando
01:33la prisión vitalicia, él busca
01:35pues que se reduzca su
01:36sentencia, y pues entonces el
01:38máximo que se le podría aplicar
01:39en estos casos a este tipo de
01:41personas, pues serían cincuenta
01:42años de prisión. Rubén, si te
01:45parece, vamos a escuchar parte
01:46de lo que se vivió en esta
01:47sesión de la Suprema Corte de
01:48Justicia de la Nación.
01:50Escuchemos. En el caso, se
01:52concluye que la respuesta
01:54prevista por el legislador ante
01:56un juicio de presidio
01:57calificado en el segundo
01:59párrafo del artículo ciento
02:00veintisiete, el código penal del
02:02estado de Chihuahua es
02:04claramente desproporcional,
02:05pues la pena de prisión
02:07vitalicia no restringe el
02:09derecho de libertad personal de
02:11forma temporal, sino que lo
02:13anula por completo,
02:15desconociendo su contenido
02:16esencial. Además, el máximo
02:18grado de exclusión que supone
02:20la la prisión vitalicia anula
02:23toda expectativa de
02:25Rubén, ¿Se dio algún plazo
02:27para que el congreso,
02:28precisamente de Chihuahua,
02:30tenga que hacer una reforma o
02:32reformar de nueva cuenta su
02:33código penal? Este es un trazo
02:35de un amparo directo en
02:36revisión, esto se tendrá que
02:39notificar en su momento a las
02:40autoridades de Chihuahua, en
02:42donde se anulará esto, pero
02:44pues las personas que
02:44enfrenten este tipo de penas
02:46allá, esa pena vitalicia, esta
02:48prisión vitalicia que es como
02:49similar a una cadena perpetua,
02:51pues podrán impugnar también
02:52por la vía del amparo para que
02:54puedan individualizar sus penas
02:56como lo propuso el ministro
02:57Acedo Gutiérrez Ortiz Mena en
03:00en este párrafo del artículo
03:01ciento veintisiete que
03:03establece que nada más se puede
03:04castigar de veinticinco a
03:05cincuenta años de prisión por
03:06el delito de homicidio
03:07calificado. Juan Rubén Mozo, te
03:08agradecemos la información y
03:09que pasen muy buena tarde.
03:11Buenas tardes, hasta luego.

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