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00:00¿Deberían los jueces dudar de la buena fe del Ministerio Público al solicitar una intervención telefónica?
00:06El Consejo del Poder Judicial y los jueces de la Instrucción de República Dominicana
00:11deberían estar reconsiderando si creer en la buena fe del Ministerio Público
00:16al solicitarle autorización para intervenir los teléfonos de personas
00:20que son objeto de una investigación ya sea por lavado de activos,
00:24narcotráfico, corrupción u otro delito tipificado de criminalidad organizada.
00:29En los últimos dos meses ha quedado en evidencia de que el Ministerio Público
00:34no ha sido completamente transparente con los jueces al solicitar permiso
00:39para pinchar los teléfonos de personas que son de su interés.
00:43La primera evidencia de lo que podría considerarse una actuación ilegal,
00:47violatoria del derecho a la intimidad y los derechos fundamentales
00:50reconocidos por la Constitución Dominicana
00:53fue cuando la Procuraduría admitió que solicitó intervenir el celular
00:57de la ahora ex jueza de la Suprema Corte de Justicia, Miriam Germán Brito,
01:02previo a acudir a evaluarse ante el Consejo Nacional de la Magistratura.
01:05La explicación dada por el Inspector General del Ministerio Público
01:09fue que no sabían que el teléfono era de la jueza
01:12porque estaban investigando a una persona vinculada al narcotráfico
01:15que tenía doble identidad y que luego se enteraron
01:18de que fue quien le construyó una vivienda a Miriam.
01:21Sin embargo, esa orden judicial se solicitó nueve días
01:24después de que esa persona se suicidara,
01:27pero no solo ese hecho llama la atención.
01:30El Ministerio Público no ha explicado por qué,
01:33si la Inspectoría tiene atribuciones para investigar a los fiscales
01:36y personal administrativo de la institución,
01:40estaba apoderado de una investigación de narcotráfico
01:43y por qué, si el ingeniero que se suicidó vivía en el Distrito Nacional,
01:48la autorización se solicitó en Santo Domingo Este.
01:51Otro aspecto que ha sido calificado como un fraude procesal
01:54fue el hecho de que, durante la investigación por el caso Odebrecht,
01:57el Ministerio Público solicitó autorización
02:00al juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco,
02:03para intervenir los teléfonos de las personas investigadas
02:06o imputadas por el caso.
02:09Sin embargo, hizo pasar teléfonos de otras personas
02:12como si fueran de los imputados.
02:15La mayoría le hizo creer al juez que el número de Conrad Pitaluga,
02:18vicioso hijo y abogado de Conrado Pitaluga,
02:21era del padre.
02:24De igual manera, hizo creer que los números telefónicos
02:27de Emmanuel Bautista, Eduardo Sáenz Lobatón y Susana Gauter
02:30eran del expresidente del Senado, Andrés Bautista.
02:33La intervención telefónica es una actuación delicada
02:36por cuanto supone la invasión de un derecho fundamental,
02:39el derecho a la intimidad y la inviolabilidad
02:42del intercambio de comunicaciones,
02:45por lo que tal intervención debería contar con un sustento especial
02:48debidamente establecido en la solicitud que formule
02:51el Ministerio Público al juez y éste habrá de ponderar
02:54esto con parcial cuidado.
02:57Debemos aclarar que el Ministerio Público podía
03:00y puede solicitar autorización de un juez para intervenir
03:03los teléfonos de personas allegadas a quienes ellos investigan
03:06por un presunto delito.
03:09Lo que puede y es cuestionable para el Ministerio Público
03:12es haber hecho creer que los números correspondían
03:15a los imputados cuando en realidad no era así.
03:18El Consejo del Poder Judicial deberá dotar a los jueces
03:21de un instrumento para poder no solamente basarse
03:24en la buena fe del Ministerio Público a la hora de solicitar
03:27intervención telefónica, sino que puedan determinar
03:30la proporcionalidad, razonabilidad y procedencia
03:33de autorizar una intervención telefónica.
03:36Hasta aquí nuestra sección de preguntas y casos judiciales.
03:39Hasta una próxima edición.