En diálogo con Exitosa, el excanciller Miguel Ángel Rodríguez Mackay aseguró que Brasil se encuentra en su derecho de otorgar un asilo diplomático a la esposa de Ollanta Humala pese a condena de 15 años en Perú por lavado de activos.
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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"
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NoticiasTranscripción
00:00El asilo que Brasil le ha concedido a Nadine Heredia es un asilo que no corresponde, que no compete, etcétera, etcétera.
00:10Primero porque está muy mal, porque el asilo es un derecho de Brasil, no es ni siquiera de Nadine Heredia.
00:20El congresista de Podemos Perú, que el Ejecutivo le dé el pase, ¿no? Bueno, esperemos que así ocurra.
00:27Y estamos ahora en los Estudios Exitosa con Miguel Ángel Rodríguez Mackey.
00:33¿Qué te parece esto, Miguel Ángel, lo de Nadine Heredia?
00:37A ver, Nicolás, muy buenos días. Me parecen dos cosas.
00:43Primero que el país vuelve a estar en la vitrina del mundo de manera nefasta,
00:53porque si no es un presidente, una esposa de presidente o un alto funcionario del Estado
01:02comprometido, judicializado y condenado, y la imagen internacional del Perú por los suelos,
01:10porque los últimos años, hablo de 20, 25 años, sobre todo,
01:15los jefes de Estado terminan en la cárcel
01:18y sus atléteres, los que están a los costados, también.
01:22O sea, estamos de menos a menos a menos.
01:28Nuestra axiología política en el suelo.
01:32Eso me parece de un lado.
01:34Y de otro lado,
01:35como profesor de Derecho Internacional hay que ser muy serio, Nicolás.
01:40Me vas a disculpar sin haber comenzado.
01:44En realidad, que me disculpen los demás,
01:47porque tenemos que dejar la subjetividad y la política
01:51y ser muy serios con el Derecho Internacional.
01:55Porque vengo escuchando que el asilo que Brasil le ha concedido a Nadine Heredia
02:05es un asilo que no corresponde, que no compete, etcétera, etcétera.
02:10Primero, porque está muy mal, porque el asilo es un derecho de Brasil.
02:15No es ni siquiera de Nadine Heredia.
02:18Y segundo, porque quien califica,
02:21quien decide si le da o no asilo, es el Estado acreditante.
02:29¿Eso qué quiere decir?
02:30Que por más que la señora Heredia esté procesada o sentenciada,
02:39lo relevante no es lo que piensa la judicialidad peruana,
02:44el Estado peruano, sino lo que piensa Brasil.
02:47Eso no es difícil entenderlo,
02:49porque el artículo cuarto de la Convención de Caracas
02:52dice que quien califica es el Estado acreditado.
02:56Pero déjame terminar la idea.
02:58Entonces, mira, el tercero es verdad que dice...
03:01Es lo que te iba a leer.
03:02Claro, el tercero dice que si acaso existe
03:07en la naturaleza del que quiere asilo
03:11calidad punitiva, delictiva, sentencia, etcétera,
03:16no se debe conceder asilo.
03:19Pero los que dicen eso no son serios,
03:23porque no leen la última parte.
03:24Dice, a no ser que...
03:27Mira, Nicolás, ahí está.
03:29Dice, revistan de carácter político.
03:33Es decir, ¿qué es lo que está diciendo
03:35el espíritu de la Convención?
03:38Que puede haber una persona procesada...
03:40No estoy hablando de Nadine Heredia, por favor,
03:42pero estoy explicando.
03:44Puede haber una persona incluso sentenciada,
03:46pero que esa judicialidad y ese país
03:48son abusivos con ella.
03:50Claro, pues, pero ahí está el kit.
03:52No, es que justamente, déjame terminar,
03:56es que precisamente el asilo y el refugio
04:00tienen una naturaleza humanitaria.
04:02Por eso es que si la justicia es arbitraria,
04:06no hablo de Nadine,
04:07entonces el artículo cuarto dice,
04:10para esa situación, finalmente,
04:12el que califica, dice muy claro,
04:15el que califica el delito y la persecución...
04:18Es el país, Brasil lo ha hecho y no podemos hacer nada.
04:23Permítame, profesor Rodríguez Mackey,
04:25contradecirlo.
04:26Ya.
04:27¿Qué dice el artículo 3?
04:28Lo voy a leer para que la gente sepa.
04:30Esto es la Convención sobre el Asilo Diplomático
04:32que se adoptó en la décima conferencia interamericana
04:34que se realizó en Caracas, Venezuela,
04:36el 28 de marzo del 54,
04:38y que entró en vigencia a finales de ese año,
04:40el 29 de diciembre del 54.
04:43¿Qué dice el artículo 3?
04:46No es lícito conceder asilo a personas
04:50que al tiempo de solicitarlo
04:52se encuentren inculpadas o procesadas
04:55en forma ante tribunales ordinarios competentes
05:01y por delitos comunes.
05:03Sigue, sigue, sigue.
05:04O estén condenados por tales delitos
05:06y por dichos tribunales
05:08sin haber cumplido la pena respectiva.
05:11Sigue, sigue, sigue.
05:12Ni a los desertores de la Fuerza de Tierra, Mar y Aire,
05:15salvo los hechos que motivan la solicitud de asilo,
05:18cualquiera que sea,
05:20revisan, revistan carácter claramente político.
05:24No, dice, cualquiera sea el caso,
05:26revistan, salvo, claramente carácter político.
05:31Claro.
05:31¿Te das cuenta o no?
05:32O sea, todo se reduce al nivel político.
05:34Entonces, si el artículo 4 dice,
05:36corresponde al Estado,
05:37es decir, en este caso a Brasil,
05:39decidir qué cosa en este caso.
05:42La señora Nadine Heredia dice,
05:44yo soy perseguida política.
05:47¿Qué es lo que debió hacer el Estado peruano
05:49antes de entregar el asilo político exprés?
05:53Es decir, el salvoconducto, permitirlo.
05:54Sí.
05:54Debió decir, un momentito, un momentito.
05:58Señor Lula, la señora no es una perseguida política.
06:01La señora está sentenciada de acuerdo a la ley peruana
06:04por lavado de activos.
06:06En el contexto del complejo del lavajato.
06:09No, no puede el Estado peruano.
06:11Te voy a explicar por qué no puede.
06:12Pero, ¿cómo no?
06:13Si te está diciendo, soy perseguida política,
06:15y tú lo que haces es,
06:17le sueltas el salvoconducto
06:19y ni siquiera argumenta.
06:20Te explico por qué no puede.
06:22Te explico por qué no puede.
06:24Porque la convención es un instrumento internacional.
06:28Uno.
06:28Dos.
06:29La convención dice que quien califica
06:32es el Estado acreditante.
06:34Brasil, ¿no es cierto?
06:35Ahora, mira lo que dice la constitución política.
06:37Voy a leer.
06:39El Estado reconoce el asilo político.
06:42Punto seguido.
06:44Acepta la calificación del asilado
06:48que otorga el gobierno asilante.
06:50O sea, no tenemos otra escapatoria.
06:53No hay...
06:53Está bien.
06:54No, es que no podemos oponerlos.
06:56Pero eso te lo entiendo.
06:56Pero lo que estamos discutiendo acá es otra cosa.
06:59No, sí estamos discutiendo esto.
07:01Pero el problema es que si tú simplemente
07:04te piden una...
07:05Dicen, han solicitado asilo político
07:08se lo estamos otorgando.
07:09Es decir, la señora está pidiendo
07:10que le reconozcamos el estatus
07:12de perseguida política.
07:14Entonces, el Estado peruano...
07:15Ah, ya.
07:16Entonces, le doy el sábado con otro.
07:17No.
07:17El Estado peruano dice...
07:19No.
07:19La señora no es una perseguida política.
07:22No le corresponde.
07:23¿Por qué no?
07:24Porque...
07:24O sea, el Estado peruano no puede opinar.
07:25No, porque...
07:26O sea...
07:27No, no, perdóname, Nicolás,
07:28que no es así.
07:29No es así.
07:30Yo entiendo lo que tú dices
07:31en una interpretación respetuosa,
07:35respetable,
07:35pero doméstica para el derecho internacional.
07:38Tengo un ejemplo.
07:40Mira, mira, Nicolás, espérate.
07:42Si la calificación está en un instrumento internacional,
07:46basta que haya calificado,
07:48lo que tiene que hacer el Estado peruano
07:50ya es inoponible.
07:51¿Qué hace?
07:52Incluso con la Constitución Política del Perú.
07:54¿Qué tiene que hacer?
07:56Dice...
07:56Acepta la calificación.
07:58Ese puede ser...
07:59Ese puede ser...
08:00No, es que esto es...
08:01Perdóname, mira.
08:02Es que esto es...
08:03Esto es Constitución Política.
08:06Alan García se mete a la Embajada de Uruguay
08:09y pide asilo político
08:10bajo el supuesto que ya se lo habían otorgado.
08:12Parece que se lo habían ofrecido.
08:13Ya.
08:14Y después cambiaron de opinión.
08:15Sí.
08:15¿Por qué cambiaron de opinión?
08:17Porque Alan entra y dice
08:18soy un perseguido político.
08:20¿Por qué no procedió esto?
08:21Porque el Estado peruano dijo un momentito
08:23el señor no es un perseguido.
08:25El Estado uruguayo discutió...
08:27No, no, no, no, no.
08:28El Estado uruguayo discutió
08:30el impedido de Alan García
08:32y la argumentación del Estado peruano.
08:34No, estás...
08:34Es que no puede...
08:35Está al revés, Nicolás.
08:37Perdóname.
08:38Lo que tú dices es
08:40lo que le corresponde como prerrogativa
08:42al que va a asilar.
08:43El que va a asilar.
08:45No el otro receptor.
08:47El que va a asilar le dice
08:48señor García
08:49usted quiere asilo
08:51pase presidente
08:53voy a llamar a mi gobierno
08:54mientras quede usted dentro
08:56es huésped.
08:57Igual está protegido.
08:58El gobierno
08:59se tiene la prerrogativa
09:01de decidir
09:02si le da o no el asilo.
09:03El gobierno
09:04del Estado acreditado.
09:07Eso no te lo discuto.
09:07Bueno, es que...
09:08Lo que te estoy discutiendo
09:09Miguel Ángel
09:10es la conducta
09:11del gobierno peruano.
09:12De un señor
09:13que es presidente
09:13del Consejo de Ministros hoy
09:14y fue ministro de Justicia.
09:16Mira.
09:16del señor Ollanto Humana.
09:18Yo entiendo lo que dices.
09:19Entonces, a lo que voy es esto.
09:20Pide asilo político
09:22Nadia Heredia.
09:23El gobierno de Brasil
09:24le dice al gobierno peruano
09:25la señora ha pedido asilo
09:27se lo vamos a conceder
09:28el Estado peruano
09:29le dice un momentito.
09:30Según esta convención
09:31y según...