¿Grupo mixto del Cicpc y delincuentes secuestraron hace 13 años al ganadero Arturo Camaripano?

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00:00¡Feliz Domingo para todas y todos! Bienvenidos a este espacio que nos ofrece LaIguana.tv
00:18dedicado exclusivamente a los sucesos y al quehacer del sistema de justicia en Venezuela.
00:27Ambos están muy movidos en las últimas horas. El pasado 4 de febrero se cumplieron 23 años
00:37del secuestro de Arturo Camaripano, un ganadero de Valle de la Pascua, Estado Guarico, quien
00:46se encuentra desaparecido hasta la presente fecha.
00:52La pregunta es ¿Dónde está Arturo Camaripano? He allí el tema de hoy. Por aquí traigo
01:02una teoría resultante de una investigación preliminar según la cual Camaripano fue secuestrado
01:10por un grupo mixto compuesto por delincuentes dedicados exclusivamente a la industria del
01:18secuestro y funcionarios del 6PC presuntamente. Esta teoría sostiene que los ejecutantes
01:28de ese secuestro fueron 5 sujetos, quienes se escaparon con el botín y cortaron comunicación
01:40con sus presuntos socios, agentes del 6PC. Posteriormente, estos agentes del 6PC, de
01:48la policía científica, estoy hablando del año 2010 cuando ocurrió el hecho, estos
01:55agentes del 6PC buscaron a los 5 secuestradores y los desaparecieron hasta la fecha. Una mujer
02:06pareja de uno de esos desaparecidos fue capturada e imputada por su presunta participación
02:15en el secuestro de Arturo Camaripano y es ella quien supuestamente en sus declaraciones
02:25al sistema de justicia delata la alianza que existe o que existió entre estos 5 desaparecidos
02:36integrantes de un grupo delictivo y funcionarios del 6PC.
02:43Todo esto que les estoy diciendo puede verificarse, hay pruebas de todo esto. Hay algunos elementos
02:51de esa teoría que son verificables, aclaro. Es un hecho, por ejemplo, la desaparición
02:57de los 5 hombres, de los 5 sujetos, porque sus familiares lo han manifestado a través
03:04de medios de comunicación. Existe una mujer actualmente procesada por su presunta participación
03:13en el secuestro de Arturo Camaripano y fue la que delató esa alianza maquiavélica,
03:21existe esa mujer. Y también existe el papá de uno de estos 5 desaparecidos quien ha solicitado
03:32desde el año pasado al sistema de justicia que prosiga la investigación para establecer
03:39la responsabilidad de aquellos que desaparecieron a su hijo.
03:47Todo eso que les acabo de comentar nos dice que no es tan descabellada la teoría. La
03:55teoría según la cual un grupo de agentes del 6PC tenían una alianza con una organización
04:04o con un grupo de secuestradores para cometer secuestros, porque no solamente se trata del
04:12secuestro de Arturo Camaripano. De todo esto que les he comentado, vamos a ver cuáles
04:20son los sustentos materiales en expedientes abiertos por el sistema de justicia. Veamos
04:27esta cronología. Arturo del Carmen Camaripano y la veterinaria Carmen Gumersinda González
04:35Gómez fueron secuestrados el 4 de febrero del año 2010. Ambos se dirigían al fondo
04:45de Camaripano, ubicado en la vía Las Mercedes del Llano Santa Rita de Manapire, allá en
04:52el estado Huarico, una zona colinda que limita con el estado Bolívar por Caicara del Orinoco.
05:00La minuta de entonces dice que fueron secuestrados por personas desconocidas en las inmediaciones
05:08del fondo San Ramón. Estoy leyendo la minuta que se filtró en el año 2010. Este fondo
05:16San Ramón está ubicado entre las dos poblaciones huariqueñas que les mencioné, Las Mercedes
05:23del Llano y Santa Rita de Manapire. Una vez ocurrido este hecho, presuntos funcionarios
05:30del CICPC detuvieron a tres de los supuestos participantes en el secuestro de Arturo Camaripano
05:41y los desaparecieron hasta la fecha. ¿Pero dónde son detenidos estas personas? En la
05:48vía que une a las poblaciones del Tigre y Cantaura, sur del estado Anzuategui. Los otros
05:57dos restantes, porque me estoy refiriendo a estos tres, los otros dos restantes del
06:02grupo de cinco presuntos secuestradores de Camaripano son detenidos en el Tigre, igualmente
06:10por una presunta comisión del CICPC que los llevó hasta Ciudad Bolívar. Seguimos. El
06:19vehículo donde se desplazaban estos dos últimos apareció quemado en el sector, aquí tengo
06:27el nombre, Los Pinos, municipio Caroní, Ciudad Guayana, estado Bolívar, a pocos metros
06:35del puente Orinoquia. Una comisión de la División de Homicidios del CICPC se trasladó
06:43desde Caracas para iniciar las investigaciones y ubicó el teléfono celular de uno de los
06:52desaparecidos en el sector Cambalache de Puerto Ordaz. Allí hay una laguna de desechos
07:00de la empresa básica Alcaza. En ese sitio también localizaron una chequera perteneciente
07:09a Leonardo Andrés Alcántara Martínez, uno de los dos desaparecidos. Ok, ¿cómo sabemos
07:18de la existencia de estos desaparecidos? Dicho sea de paso, estas desapariciones ocurrieron
07:25entre septiembre y octubre del año 2010, es decir, ocho meses después del secuestro
07:34y desaparición de Arturo Camaripano. Hay un expediente abierto y por eso sabemos de
07:43esas desapariciones. Incluso, uno de los presuntos participantes de esas desapariciones
07:50es un funcionario del CICPC, ojo, identificado como Carlos Miguel Vargas Reina. A este funcionario
08:04le imputaron los delitos de desaparición forzada de personas y quebrantamiento de pactos
08:11internacionales. Todo esto en perjuicio de, y aquí vienen los dos nombres de estos dos
08:18desaparecidos, los menciono porque este es el único caso que está judicializado. Por los otros
08:26tres desaparecidos no hay ningún procesado. Los delitos que le imputaron a Vargas Reina fueron
08:35en perjuicio de estos dos desaparecidos, Leonardo Andrés Alcántara Martínez y Manuel Rincón Suez.
08:44Estos fueron los capturados en El Tigre y desaparecidos en Puerto Ordaz, en las inmediaciones
08:53de una laguna de oxidación donde consiguieron el celular de uno y la chequera de esa misma persona.
09:02Prosigo. Vargas Reina, este funcionario del CICPC, fue condenado a 18 años de prisión según
09:11sentencia publicada el 11 de marzo del año 2016. Hechos ocurridos en el 2011 y en el 2016 es que
09:22se produce la condena según la sentencia emitida por el Tribunal de Juicio número 2 del circuito
09:29judicial penal Anzuategui extensión El Tigre. Ese juicio contra este funcionario del CICPC,
09:38presuntamente implicado en la desaparición de dos de los cinco que supuestamente secuestraron
09:48y desaparecieron a Camaripano. Ese juicio comenzó el 15 de octubre del 2013 y concluyó en marzo del
10:012016. 13, 14, 15, 16, tres años en juicio. Uno de los juicios más largos al que me ha tocado asistir
10:12es el de los policías que participaron en los eventos del 11 y 12 de abril del año 2002 que
10:19condujo a la al derrocamiento breve de 47 horas del presidente del entonces presidente Hugo Chávez.
10:28Ese juicio de los policías metropolitanos creo que duró también tres años y este juicio contra
10:35este funcionario del CICPC presuntamente implicado en las desapariciones duró también tres años.
10:43Durante este juicio del funcionario del CICPC declararon, leo aquí, 22 testigos, tres víctimas
10:53indirectas, 21 expertos y fueron presentadas 54 pruebas documentales. Bueno, al año siguiente
11:04esa condena de 18 años impuesta al funcionario del CICPC fue anulada por una corte de apelaciones
11:13accidental del circuito judicial penal de Anzuategui, extensión Barcelona o donde queda la
11:21sede principal de esa corte, la capital del estado, el día 21 de marzo del año 2017. Los tres jueces
11:30integrantes de esa corte de apelaciones arribaron a la conclusión de que el tribunal de primera
11:37instancia, el tribunal de juicio, voy a entrecomillar esta frase, lucubra sobre la convicción de los
11:47hechos. Algo así que no hay certeza de lo que se debatió en el juicio según el criterio de la corte
11:57de apelaciones. En consecuencia, esta corte de apelaciones ordenó celebrar un nuevo juicio
12:05manteniendo la privativa de libertad contra el funcionario del CICPC. Bueno, ni está preso
12:14Vargas Reina, que es el funcionario del CICPC procesado, ni se ha celebrado el nuevo juicio
12:21según los dolientes del caso. Es más, durante todo ese tiempo, 2012 al 2010, hasta el presente,
12:33este funcionario prosiguió con la industria del secuestro según expedientes. Les recuerdo que ese
12:42proceso penal contra Vargas Reina es porque presuntamente participó en la desaparición
12:51forzada de los supuestos secuestradores del ganadero Arturo Camaripano y la veterinaria
12:58Carmen González. Detalle que no se explica en el expediente, pero es mencionado por los abogados
13:08y las víctimas indirectas. Ok, les hablé de este nombre minutos antes. Leonardo Andrés Alcántara
13:19Martínez. Este es uno de los capturados en el Tigre, Anzuategui, y desaparecidos en Puerto
13:27Ordaz, Estado Bolívar, cerca de la laguna de oxidación. Bueno, el padre de este desaparecido,
13:36de esta persona desaparecido, se llama Luis Arnaldo Alcántara. Esta persona le solicitó a
13:45la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante un amparo, que se mantenga la
13:52privativa de libertad contra Vargas Reina porque es la única garantía para que se haga justicia
14:00en la desaparición de su hijo. Recuérdese que Vargas Reina fue condenado a 18 años de prisión.
14:09Esa condena fue anulada por una corte de apelaciones accidental del estado de Anzuategui que ordenó
14:16celebrar un nuevo juicio el cual no se ha iniciado. La orden de esa corte de apelaciones fue en marzo
14:26del 2017. Y ya vamos por abril del año 2023 y este juicio contra Vargas Reina aún no se ha
14:36iniciado. Y es por eso que Luis Arnaldo Alcántara, el papá de uno de los cinco desaparecidos,
14:47le solicitó a la Sala Constitucional mantener viva esa privativa de libertad contra el agente
14:57del 6CPC. Aunque ya dijimos que por fuentes judiciales conocimos que este sujeto no está
15:07detenido y nunca lo ha estado. El señor Luis Arnaldo denunció en ese recurso de amparo que
15:17el 12 de abril del 2019 la Corte de Apelaciones de Anzuategui tomó una decisión que le abrió las
15:26puertas a este funcionario del 6CPC, Vargas Reina, para que fuera procesado en libertad.
15:36El denunciante considera que esa decisión de la Corte de Apelaciones de Anzuategui, abro comillas,
15:45lejos de hacer justicia en el proceso que se ventila en el expediente, conlleva a un estado
15:52de impunidad en la búsqueda de la misma, ya que violentan los principios de aseguramiento del
16:00acusado a los fines de su procesamiento, ya que como riela en los autos de la causa,
16:08el mismo ha violado constantemente la medida de cohesión personal impuesta,
16:13determinándose ello mediante inspecciones fiscales realizadas en el lugar de reclusión,
16:22y su permanencia a un organismo policial es un factor de amedrentamiento hacia quienes han
16:30venido sosteniendo su participación en el delito de desaparición forzada de persona y
16:37quebrantamiento de pactos internacionales, violatorios de derechos humanos cuya pena
16:44excede los 20 años de presidio, lo cual constituye un elemento a considerar al momento de la
16:51imposición de dicha medida de cohesión personal. Por lo que dice el denunciante,
16:59en su recurso interpuesto ante la Sala Constitucional, el mismo Ministerio Público
17:04ha constatado a través de inspecciones que este funcionario del CICPC nunca ha estado detenido.
17:14Prosigo. Esa petición del señor Luis Arnaldo fue consignada, como les dije,
17:21en forma de un amparo constitucional, en mayo del año 2019, consignada ante la Sala
17:27Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Mayo del 2019. Bueno,
17:35la Sala Constitucional le dio respuesta el 9 de diciembre del año 2022. Es decir,
17:42tres años y once meses después. La respuesta de la Sala Constitucional está contenida en
17:50la sentencia número 1119, redactada por la magistrada Tania de Amelio y publicada el 9
18:02de diciembre del año 2022. Ok, ¿cuál es la respuesta de los magistrados a este padre de
18:10uno de los cinco desaparecidos? Quien está solicitando a esta máxima instancia judicial
18:17del país que mantenga viva la privativa de libertad contra este funcionario del CICPC que
18:24presuntamente participó en la desaparición de su hijo y los cuatro restantes integrantes del grupo,
18:32de este grupo que presuntamente secuestró y desapareció hasta el presente al señor Arturo
18:41Camaripano y la veterinaria Carmen González. Los magistrados dijeron que aún no van a emitir
18:50un pronunciamiento hasta tanto no recaben información clave del asunto y en virtud
19:00de ello acordaron, voy a leer una de las partes de la sentencia, ordenar al presidente de la
19:08corte de apelaciones del primer circuito judicial penal de la circunscripción del
19:13estado de Anzuategui que informe a esta sala a, de manera sucinta, el estado actual de la
19:20causa penal signada con el número BP01-P-2011-000123. En el proceso penal que se le sigue al ciudadano
19:33Carlos Miguel Vargas Reina, este es el funcionario del CICPC, por la presunta comisión de los delitos
19:43de desaparición forzada de persona y quebrantamientos de pactos internacionales, información que deberá
19:54remitir con el acompañamiento de la documentación respectiva. Y b, si fue dictada la sentencia
20:02producto del nuevo juicio oral y público ordenado por la corte de apelaciones del circuito judicial
20:10penal del estado de Anzuategui en fecha 21 de marzo de 2017, dentro de los cinco días siguientes
20:19a su notificación, más cuatro días correspondientes al término de la distancia. Con la advertencia,
20:28dicen los magistrados, a la presidencia, a la presidencia del circuito judicial penal de
20:34Anzuategui, de que el incumplimiento de la orden impartida por esta sala acarreará la sanción
20:44prevista en el artículo 122 de la ley orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Y aquí se añade
20:54esta coletilla. Para el cumplimiento más expedito de la presente decisión, se ordena a la secretaría
21:00de la sala que practique la notificación aquí ordenada en forma telefónica, de conformidad con
21:07lo dispuesto en el artículo 91 de la ley orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Es decir, la sala
21:19constitucional quiere saber si ese nuevo juicio que le ordenaron a Vargas Reina por la desaparición
21:27forzada de personas ya se celebró y cuál fue el resultado de ese nuevo juicio o qué pasó en caso
21:37de no haberse celebrado. Estoy pendiente de lo que resuelva la sala constitucional al respecto.
21:45De momento he revisado las cuentas y he revisado lo que se publica en el sitio de
21:53internet del TSJ y aún no observo ninguna decisión. Fíjense que les decía minutos antes
22:01que a Vargas Reina le abrieron otros procesos penales mientras se llevaba a cabo el juicio
22:08por desaparición forzada de los cinco. Aquí vamos. Primero aclarar que Vargas Reina está
22:17implicado en cuatro expedientes por hechos delictivos ocurridos entre 2005 y 2011 según
22:27información del Ministerio Público. Dos por homicidio y dos por lesiones. Uno de ellos con
22:35el añadido de privación ilegítima de libertad y abuso de autoridad. Pero hay un último expediente
22:45que pudiéramos llamar el número 5. Signado con esta nomenclatura. Fíjense 4CT-S-033-22. Ya vamos
23:02a desglosar qué significa esta nomenclatura. Esta nomenclatura significa que es un expediente
23:11abierto por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control con competencia
23:19en casos vinculados con delitos asociados al terrorismo. A cargo para ese tiempo, es decir,
23:28para el año pasado, del juez José Maximino Márquez García. Aquí me detengo. Porque es
23:39válido recordar que el juez José Maximino Márquez García fue detenido en marzo pasado por la Policía
23:48Nacional contra la Corrupción por su presunta vinculación con una red de corrupción detectada
23:57en el Poder Judicial, una de cuyas decisiones fue la liberación de Osvaldo José Cheremos Carrasquer,
24:08procesado por tráfico ilegal de armas de guerra, asociación para delinquir y terrorismo,
24:16entre otros delitos. Este sujeto presuntamente canceló la suma de 240 mil dólares en efectivo
24:28y en vehículos, monto que canceló para obtener la medida cautelar que lo colocó en las calles
24:38de Venezuela entre el 9 de enero y el 15 de febrero pasado cuando fue recapturado. Por este
24:47hecho, les recuerdo que está también detenido el abogado Cristóbal Cornieles, quien se desempeñaba
24:56para el momento como presidente del circuito judicial penal Caracas y su asistente el abogado
25:05Mario Aquino. También está detenida Loreanis Mariana Mejías Díaz, una abogada que era asistente
25:19del diputado Benavides Torres. Recuérdese que el diputado Benavides Torres fue comandante general
25:27de la Guardia Nacional cuando ocurrieron las protestas violentas en el año 2017. Bueno,
25:37un hecho similar ocurrió en agosto del año pasado, un hecho similar a lo ocurrido con
25:45Cheremos Carraquel, el pago, etcétera, etcétera. Ocurrió en agosto del año 2022 en el expediente
25:56y repito la nomenclatura 4CT-S-033-22 abierto en el Tribunal Cuarto Antiterrorista ubicado allí
26:11en el Palacio de Justicia de Caracas y que estaba en ese momento a cargo del juez José
26:20Maximino Márquez García. Vamos al grano. ¿Quiénes están mencionados en ese expediente?
26:29Ahí está Carlos Manuel Vargas Reina. ¿Se acuerdan de ese nombre? Presuntamente implicado en la
26:38desaparición de los cinco hombres que supuestamente fueron los autores materiales del secuestro y
26:47desaparición de Arturo Camaripano y la veterinaria Carmen González. ¿Quiénes más están mencionados
26:57en ese expediente del Tribunal Cuarto Antiterrorista además de Carlos Manuel Vargas Reina?
27:05Jiang Yinglin y He Guowei. Estos dos últimos por su nombre ya lo sacan de nacionalidad china.
27:17Vargas Reina, ya individualizado en la desaparición de los cinco presuntos
27:25secuestradores de Arturo Camaripano y los de nacionalidad china, cometieron múltiples
27:33secuestros según expedientes allá en el estado Bolívar. Uno de ellos contra HG, no voy a mencionar
27:41este nombre de la víctima, pero es de nacionalidad china. ¿Cuál era el modus operandi de este grupo,
27:50de este nuevo emprendimiento, de este funcionario del CICPC? Secuestraban a ciudadanos chinos y los
28:00obligaban a depositar en cuentas bancarias de ese país lo que le estaban exigiendo por la
28:06liberación de la persona, del empresario, del pequeño comerciante o algún familiar de estos.
28:13Por eso los tres detenidos están imputados por, ojo, extorsión agravada, asociación agravada para
28:25delinquir, legitimación de capitales y privación ilegítima de libertad. Bueno, una de esas víctimas,
28:36HG, denunció ante el Ministerio Público al juez José Maximino Márquez García porque presuntamente
28:49favoreció con una medida cautelar a Vargas Reina, a este funcionario del CICPC, una medida
28:56cautelar similar a la que le otorgó ese mismo Tribunal Cuarto Antiterrorista a Osvaldo José
29:04Cheremos Carrasquiel. La víctima, en este caso de secuestro, está solicitando que sea revocada
29:13esa medida cautelar que le otorgaron a Vargas Reina y a los otros dos procesados de nacionalidad
29:22china. ¿Cuándo fue acordada esta medida por el Tribunal Cuarto Antiterrorista? El día 17 de
29:29agosto del año 2022. Por cierto, resta por aclarar cuál fue el papel que jugó la Fiscalía
29:4169 Nacional contra la extorsión y el secuestro en este caso. ¿Se opuso o no a la decisión del juez
29:51José Maximino Márquez? Lo digo porque en el caso de Osvaldo José Cheremos Carrasquiel,
30:00el día 9 de enero, cuando ocurre la audiencia preliminar en el Tribunal Cuarto Antiterrorista,
30:09donde ese tribunal va a decidir si ordena o no abrirle un juicio a Cheremos Carrasquiel por
30:16tráfico ilegal de armas de guerra, terrorismo y asociación para delinquir, el juez José
30:24Maximino Márquez García le otorgó una medida cautelar y el acta de esa audiencia preliminar
30:33no deja registrado o no registra por ninguna de esas líneas que los representantes del
30:42Ministerio Público presentes en esa audiencia se hayan opuesto a esa medida cautelar que colocó
30:50en las calles de Venezuela, como les dije a Cheremos Carrasquiel entre ese 9 de enero y
30:56el 15 de febrero pasado cuando fue recapturado. Retomo el tema central que es el secuestro y
31:04desaparición de Arturo Camaripano y la veterinaria Carmen González. Hay dos mujeres detenidas como
31:14les dije anteriormente e imputadas por ese secuestro en grado de complicidad. Se trata de
31:24Suhey Alain Camacho Angarita y Marinette Carolina Tabárez Ancian. Las investigaciones determinaron
31:35que estas dos mujeres estuvieron por un tiempo utilizando en San Félix, el estado Bolívar,
31:43el vehículo de Camaripano, el vehículo en el que Camaripano se trasladaba ese día para su finca
31:51y que fue interceptado aquel 4 de febrero del año 2010. Un Toyota Forerunner color placa, placas
32:01BBS 82P. En resumen, tenemos dos personas secuestradas y desaparecidas en el año 2010, Arturo
32:14Camaripano y Carmen González. Pero a raíz de ello se produjeron cinco desapariciones más, es decir,
32:23los presuntos responsables directos del secuestro de Camaripano y González. Y por esas desapariciones,
32:33ojo, las desapariciones de estos cinco se producen porque se escaparon supuestamente con el botín.
32:41Ellos, de acuerdo a las declaraciones de testigos, le quitan una porción de dinero a Camaripano y
32:49huyen con ese botín, cortando toda comunicación con sus socios, agentes del 6PC. Bueno, por esas
32:57desapariciones hay tres procesados. Dos mujeres, ya sus nombres se los dije, y un funcionario del
33:066PC, cuyo juicio no se ha reiniciado y el cual fue favorecido por el Tribunal Cuarto Antiterrorista,
33:17cuyo titular de entonces, José Maximino Márquez García, se encuentra preso en la actualidad.
33:28Estoy pendiente de este secuestro y desaparición y del proceso penal que se le sigue a estas
33:37personas. Hasta aquí nuestro programa dominical. Si fue de su agrado, denle me gusta, active la
33:47campanita y suscríbase para que le llegue la notificación de este espacio y los demás que
33:54se transmiten en laiguana.tv. Que Dios me los bendiga.

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