La coordinadora de litigación del Ministerio Público, Mirna Ortiz, manifestó que la absolución de los tres imputados por la muerte de Yuniol Ramírez, se debió a los “vacíos normativos” que tiene el Código Penal actual, que no condena la complicidad posterior a los hechos.
https://listindiario.com/la-republica/20241028/ministerio-publico-dice-absolucion-caso-yuniol-ramirez-vacios-normativos_831350.html
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00:00La absolución de estos tres imputados a mi juicio, y en esta ocasión hablo de manera muy en particular,
00:08porque no lo he consensuado con el equipo, se debe a los vacíos normativos que tenemos en nuestro código penal.
00:19Una sentencia que indica que una tercera persona pudo haber estado, otras que indican que fue Argenis quien disparó.
00:27¿Qué sucederá con esta decisión?
00:29Lo importante a señalar aquí es que el Ministerio Público, nueva vez conociendo el nuevo juicio,
00:35ha conseguido una condena de 20 años en contra de Argenis Contreras.
00:40Lo que ratifica la acusación del Ministerio Público, soportada en las pruebas que hemos presentado en ambos juicios.
00:49Si ustedes estuvieron presentes durante la lectura de la sentencia, se habrán dado cuenta
00:55que incluso el voto disidente está más a favor de la teoría inicial del Ministerio Público,
01:00porque aunque no está totalmente de acuerdo con los hechos acogidos por la mayoría del tribunal,
01:08establece una condena mayor en contra de Argenis, porque a juicio de esta juzgadora,
01:15se trató de una coautoría para la comisión de asesinato, que en dado caso conllevaría una pena de 30 años de prisión.
01:24Entonces, en ese sentido, el Ministerio Público se encuentra altamente satisfecho con la sentencia que ha dado el tribunal
01:32y una vez más, con ella, reiteramos la contundencia de las pruebas y de la acusación.
01:39Dice el abogado de Argenis Contreras que hay un tercero. ¿Cuál sería ese tercero?
01:44Usted puede darnos la luz.
01:47Eso debió haberlo dicho él cuando estuvo la oportunidad de declarar ante el plenario
01:53y esa tercera persona nunca lo probó y nunca ha hecho.
02:00La absolución de estos tres imputados a mi juicio, y en esta ocasión hablo de manera muy en particular,
02:08porque no lo he consensuado con el equipo, se debe a los vacíos normativos que tenemos en nuestro código penal.
02:15Porque nuestro código penal no sanciona la complicidad posterior al hecho, sino solo aquella que se comete con anterioridad.
02:22O sea, no se le exige al ciudadano haber actuado de una manera correcta frente a la ley,
02:28no se le exige a estos ciudadanos que habiendo tomado conocimiento de que Argenis había cometido un crimen como este,
02:35hayan dado información a la autoridad y no se le castiga el haber ayudado a Argenis a haber ocultado evidencias graves
02:44como la camioneta y otros artículos utilizados para la comisión del delito.
02:50En base a esa decisión, ya cuando tengamos la sentencia íntegra, analizaremos las decisiones a tomar.
02:56Gracias.