Conversamos con el abogado Adolfo Duarte, quien nos habla sobre las demandas de amparos para que el Ayuntamiento devuelva el cobro ilegal del predial en el municipio de Navojoa.
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00:00que nos permita conversar con él unos momentos sobre la decisión de un juez
00:06un juez de distrito que resolvió resolvió que el ayuntamiento de
00:12Navajo debe regresar el importe del impuesto predial a un habitante de
00:20Navajo a ver es el primer caso que nos dice o que puede significar este hecho
00:27vamos a consultar al abogado Adolfo Duarte, cómo estás? buenos días Adolfo
00:34Buenos días Marcelo, un saludo a tu presente auditorio, cómo estás? Muy bien
00:38gracias, a ver que has estado aquí involucrado verdad en este tema de la de
00:45los amparos y de la pues de la de la oposición o de la lucha en contra de
00:51estos de este incremento que empezó este año que se decretó este año de
00:57alrededor de que del 300 por ciento en algunos casos del impuesto predial Adolfo
01:03tenemos que el ayuntamiento actual realizó una ley de ingresos para el
01:102025 donde determinó unos abusos inequitativos y extraordinarios de tal
01:16suerte que todos los ciudadanos que contamos con bienes inmuebles y como
01:21consecuencia de ello está el impuesto real tenemos ejemplos de personas que
01:26pagan normalmente al año 30 mil pesos por el bien inmueble que tenían y a
01:30partir de los 24 pagaron esos 30 mil pesos y este año pagaron 80 a 90 mil
01:34pesos digamos que el aumento por ciento y como consecuencia de ello pues hay un
01:41clamor social un interés público afectado en el que las personas dicen
01:44oye pues cómo es posible que me suban tanto el impuesto predial y como
01:48consecuencia de ello en el despacho Duarte no abogados pues cuenta con medio
01:54de defensa no que en este caso vendría a ser paro cita a una autoridad federal
01:59que revise la ley de ingresos y como consecuencia de ello determina si es
02:03constitucional o no es constitucional ley en este caso nosotros hemos
02:08interpuesto varias demandas de amparo donde uno de ellos interpuso el 18 de
02:12febrero y tuvo bien resolverse el día de ayer el día de ayer el juez de
02:16distrito ordenó que el ayuntamiento devolviera las cantidades excedentes a
02:22lo que tenía que pagar en relación al año pasado este también le lo conminó
02:27para que lo exhortó para efecto de que hiciera un cálculo diferente al
02:33ayuntamiento y en caso de no pagar básicamente le impone la pena de pagar
02:41actualizaciones que viene siendo como un interés que se establece en el artículo
02:4418 del código fiscal de estado sonoro. Si, no hay una apelación, no hay una
02:49instancia para que el ayuntamiento de Navojoa apele esta resolución abogado?
02:56La ley de amparo establece en sus artículos del 86 al 96 establece la
03:02posibilidad de que el afectado en este caso el ayuntamiento interponga el
03:07recurso de revisión que básicamente es un recurso que debe interponerse entre
03:11los 10 días a partir de que es notificado esta resolución, sin embargo
03:15es un triunfo para el pueblo navojoense en el sentido de que de que ya
03:20habiendo un precedente de que es procedente que te hagan las devoluciones
03:24este quizás tomen medidas o el propio ayuntamiento sabiendo que ya se declaró
03:28inconstitucional en este realizar una modificación a
03:32esas a esa a esa ley que está afectando a tantas personas. Crees que puede dar pie
03:38a dar marcha atrás? porque lo igual vienen más amparos, más resoluciones en
03:43el mismo sentido y resulta que luego ya no tiene dinero que se lo ha gastado el
03:48ayuntamiento, no?
03:52Definitivamente existe la posibilidad, sin embargo en la práctica normalmente
03:57las autoridades buscan patear el bote, en el sentido de que muy probablemente
04:01ellos interpongan el recurso de revisión dentro del término de 10 días que
04:04tienen para tal efecto. Si, es probable entonces que apelen, que vayan y se
04:08conformen en otra instancia y como tú dices pateen el bote. Bien, entonces qué
04:15significa para ustedes, es la primera resolución en este sentido Adolfo?
04:21Si, contamos con que esta ley de ingresos pues fue aplicable para este año,
04:27entonces es novedoso y es rápido el resultado por parte de un tribunal
04:30federal, en el caso donde aquí en esta ciudad al momento de que las personas
04:36realizan el pago pues tienen 15 días para poder irse al amparo a partir de
04:39que realizan el pago y poder pedir la devolución, como consecuencia de ello
04:44el procedimiento que se ofrece a la ciudadanía del cual dicho sea de paso no
04:49no se le va a cobrar a la ciudadanía hasta que se recupere el dinero, en caso de que
04:55estén dispuestos a llevar a causa el impuesto al amparo, es beneficioso para la ciudadanía
05:00porque de alguna manera marca una pauta en relación a que se encuentran pues mal
05:07elaborada la ley de ingresos, pues no ni siquiera publicaron lo que vienen en las
05:11tablas o el por qué, de dónde señalan el aumento tan tan elevado para los
05:18impuestos. Esta es la inconformidad legal, el movimiento de
05:27inconformidad legal contra estos amparos, hemos informado aquí que hay
05:32otra inconformidad que va por la ruta de lo social, verdad, con
05:38manifestaciones, con algunas movilizaciones que han llevado a cabo en
05:44contra de estos incrementos que pues siguen vigentes en lo que es la
05:51cobranza municipal. Bueno abogado, muchas gracias por estos minutos, por esta
05:56explicación. Nada más, cuántos recursos más han interpuesto, cuántos amparos
06:01más al menos ustedes llevan ahí contabilizados?
06:07Al menos la mayoría de las personas no han realizado pago porque
06:11buscan por medio de la presión social, pues que den reversa a este
06:16tipo de impuesto. En nuestro espacio ya van aproximadamente 50 amparos que se han
06:22interpuesto, sin embargo pues hay más personas que se encuentran animándose en
06:27atención a que pues hay precedentes de que van a poder recuperar lo que han
06:32pagado demás. Muy bien, estamos entonces pendientes y en comunicación, gracias,
06:37hasta luego abogado. Adolfo Duarte, gracias por estos minutos, quien pues se
06:43encargó de llevar a cabo este proceso, esta solicitud o este recurso de
06:49amparo que le favoreció a su clienta, a la persona que
06:55lo llevó a cabo, que contrató los servicios de este despacho para que le
07:01regresen el excedente y así lo ordenaron.