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  • anteayer
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
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Por otra parte, informar que este vídeo como otros lo tenéis en mi blog ahora web, separado por secciones o por temas, todos lo que yo he colgado en YouTube y este canal de Dailymotion con marca: Óscar Gamarra Rodriguez que es mis canales. Por último, decirle que mi dirección web de mi blog ahora mi web no pongo el enlace web por normas de este canal ahí también está mis vídeos currículum también me puedes seguir en mí blog, dado que estoy buscando trabajo, aparte de este y otros vídeos, sobre el mundo de trabajo y ocio. Que si le gusta se puede SUSCRIBIRSE mi canal de YouTube y este canal de Dailymonton en mi web tiene más información. Muchas gracias por su atención.

Categoría

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Aprendizaje
Transcripción
00:30Hoy trabajamos a turnos, pero bien informados sobre nuestros derechos, porque lo único que hace falta es que no se respeten.
00:37Y hasta ahí podíamos llegar. Primero y fundamental, el Estatuto de los Trabajadores dice que el trabajo a turnos consiste en organizar el trabajo de tal forma que los empleados ocupen sucesivamente los unos puestos de trabajo.
00:48Pero en horarios diferentes en un periodo determinado de días o de semanas. Por ejemplo, una semana hacemos turno de mañana, la siguiente de tarde y vuelta a empezar.
00:57La clave del trabajo a turnos está en la rotación. Si no rotamos, no trabajamos a turnos. Dos, la empresa no puede comunicarnos de hoy para mañana los cambios.
01:07Tenemos derecho a un aviso como mínimo de cinco días de antelación. Lo suyo es que nos informen por medio de un cuadrante y con tiempo. Tres, el trabajo a turnos no altera nuestras vacaciones.
01:17Trabajando a turnos tenemos derecho al mismo periodo de vacaciones y a todos los festivos que disfrutan nuestros compañeros.
01:24Vamos con el cuarto punto de esta guía legal. Lo escriben el salario y sus pluses. Si trabajamos a turno, no es obligatorio cobrar un plus.
01:31Bueno, pero es muy posible que lo podamos cobrar gracias al convenio o a un acuerdo con la empresa. Supongamos que lo cobramos.
01:37Pues estupendo. Hay que saber que durante las vacaciones nos lo tienen que pagar, a no ser que el convenio diga lo contrario.
01:43También debemos saber que si dejamos de hacer turnos, el plus desaparece y que si nos suben el sueldo no tienen por qué subernos el plus.
01:50Quinto derecho. Trabajando a turnos tenemos que descansar entre jornada y jornada un mínimo de 12 horas y el descanso semanal no puede ser menor a un día y medio.
01:59Seis y para los que su empresa funciona 24 horas al día. La empresa no les puede obligar a realizar más de dos semanas seguidas de turno de noche.
02:06Y siete, derecho a conciliar, tanto a reducir como a adaptar la jornada laboral para cuidar de un hijo, incluso las dos cosas a la vez.
02:14Y recuerden, el trabajo turnos puede ser incompatible con nuestro estado de salud.
02:18Por eso el reconocimiento médico de la empresa debe estar presente.
02:27Aquí hay trabajo.
02:28¡Gracias!

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