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Transcripción
00:00La Sala Constitucional anunció
00:05esta noche que encontró que
00:06varios de los artículos del
00:07proyecto de ley llamado Ley
00:12Jaguar son inconstitucionales.
00:13Buena parte de este programa lo
00:15vamos a dedicar a analizar este
00:16tema y para eso desde ya le doy
00:18la bienvenida a mi primer
00:20invitado de esta noche, don
00:21Juan Carlos Castro, quien es
00:23especialista en derecho
00:26constitucional, fue letrado en
00:28los inicios de la sala cuarta.
00:29Bienvenidos, don Juan Carlos.
00:31Con todo gusto. Antes de hablar
00:34con don Juan Carlos para
00:35estudiar exactamente y conocer
00:36qué fue lo que resolvió la sala
00:39constitucional esta noche,
00:41vamos a ver una pequeña nota
00:43que resume tal vez los
00:45elementos esenciales que
00:48encerraba este proyecto. Así
00:49que veamos la continuación.
00:54El proyecto conocido como Ley
00:56Jaguar detalla en realidad una
00:58serie de normas a varias leyes,
01:00entre las cuales destaca la ley
01:02orgánica de la Contraloría
01:04General de la República. Marta
01:07Acosta, jerarca de esa
01:08institución, cuestionó
01:10duramente lo que plantea el
01:12proyecto, porque dice que le
01:14quita sus potestades más
01:16importantes. Esta ley viene a
01:19decir que la Contraloría se le
01:23van a suprimir algunos de sus
01:26instrumentos vinculantes. Eso
01:27quiere decir es que la
01:29institución ya no va a poder
01:32ordenar, o sea, las
01:34recomendaciones nuestras, de
01:36nuestros informes normales de
01:38auditoría son vinculantes, lo
01:40que quiere decir que los
01:41funcionarios o funcionarias
01:43tienen que cumplir. Ahora van
01:45a ser meras recomendaciones.
01:47Eso debilita el control
01:49posterior. En uno de los
01:51artículos que se plantea
01:52reformar, se señala que la
01:54Contraloría no podrá, entre
01:55otras cosas, ni ordenar, ni
01:57interpretar, ni advertir, ni
01:59recomendar en asuntos que
02:01corresponden exclusivamente a
02:02las competencias de la
02:04administración pública activa.
02:06Ahí hay tres cosas, ¿verdad?
02:08Primero, no vamos a poder
02:10evaluar la gestión pública
02:13previa, ¿verdad? Es decir, nos
02:16están eliminando los controles
02:18previos, los controles
02:20preventivos, lo que cuando el
02:23mundo va para allá, Costa Rica
02:24viene para atrás, porque lo que
02:26recomiendan las convenciones de
02:27lucha contra la corrupción y la
02:29organización global de
02:31Contralorías es aplicar cada vez
02:34más controles preventivos. A
02:36nosotros se nos estaría
02:39estableciendo que no podemos
02:42ordenar, ni advertir, ni
02:44recomendar sobre la gestión de
02:47la administración. Entonces,
02:49dígame usted sobre qué vamos a
02:51poder recomendar. Si nuestro
02:53trabajo se basa en revisar la
02:56gestión de la administración para
02:58la mejora continua o para la
03:00corrección de errores. Entonces,
03:01ahí, digamos, la Contraloría
03:03queda maniatada. Por otro lado,
03:06la ministra de la presidencia...
03:07Contraloría se ha convertido en
03:09una especie de gobierno
03:10paralelo. Ahí tenemos que tener
03:12un gran cuidado con eso, don
03:14Rodolfo. ¿Por qué? Porque el que
03:16tiene el deber de tomar
03:18decisiones de política pública
03:20es o son las instituciones
03:23públicas. La Contraloría, como
03:25bien dice nuestra Constitución,
03:27es un órgano auxiliar, auxiliar
03:30de la Asamblea Legislativa en el
03:33control y fiscalización de la
03:35hacienda pública. Ojo con eso,
03:37ser un órgano auxiliar no
03:39significa desde ningún punto de
03:41vista que sea un órgano tomador
03:43de decisiones y que sea un
03:45órgano que de previo a que las
03:47instituciones públicas de gobierno,
03:49municipalidades, el Poder
03:51Judicial, el Tribunal, las
03:53instituciones, no significa que
03:55la Contraloría pueda por sí
03:58misma tener injerencia en la
04:01formulación de las políticas
04:02públicas. No le dio la
04:04Constitución Política a la
04:06Contraloría ese tipo de tareas.
04:08Han sido tareas que ha ido
04:10desarrollando la Contraloría con
04:12el paso del tiempo, a partir de
04:14reformas en su ley orgánica,
04:16pero que hoy le pasan una
04:17factura carísima al país.
04:20Semanas atrás, el Tribunal
04:21Supremo de Elecciones consultó a
04:23la sala si este proyecto podría
04:26ser inconstitucional, pues es
04:28precisamente el tribunal el
04:30encargado de llevar a cabo
04:31cualquier referéndum.
04:35Precisamente esa consulta del
04:37Tribunal Supremo de Elecciones
04:39fue la que analizó la sala
04:41constitucional hoy y tomó una
04:43decisión. Ya se ha informado
04:45en los últimos minutos acerca de
04:47esta, pero vamos a ver un video
04:49desde la sala constitucional
04:51donde el propio presidente de la
04:53sala, don Fernando Castillo,
04:55explica en términos generales
04:57qué fue lo que resolvieron.
04:58Veamos. La sala constitucional
05:02en una sesión que inició hoy a
05:05las nueve de la mañana y
05:07terminó a las dieciocho y
05:08cuarenta y cinco horas, conoció
05:11y resolvió la consulta de
05:14constitucionalidad facultativa
05:16presentada por el Tribunal
05:18Supremo de Elecciones sobre la
05:20denominada Ley Jaguar. La sala
05:24constitucional encontró vicios
05:28de inconstitucionalidad en todos
05:30los artículos consultados,
05:32concretamente en los artículos
05:34dos, tres, cuatro, y cinco. Las
05:37razones de esta
05:38inconstitucionalidad tienen que
05:40ver con el hecho de que el
05:42proyecto de ley afecta
05:44atribuciones constitucionales de
05:46la legislatura. Asimismo, la
05:49sala constitucional encuentra
05:51que, en este caso, también se
05:54le quitan herramientas
05:57importantes para que la
05:58Contraloría pueda ejercer sus
06:00funciones constitucionales. De
06:03esta manera, la sala resuelve
06:06dentro del plazo establecido por
06:08la ley esta primera consulta
06:12de constitucionalidad Bien,
06:17tenemos entonces a don Juan
06:19Carlos Castro, que como les
06:20dije, es especialista en derecho
06:23constitucional, fue letrado en
06:25la fundación de la sala cuarta.
06:28Así que, nuevamente, muchas
06:29gracias por atender nuestra
06:31invitación, don Juan Carlos,
06:32cuando el señor magistrado
06:34presidente de la sala
06:35constitucional dice que
06:37encuentra vicios de
06:38inconstitucionalidad, ¿Qué
06:40significa eso? Bueno, por
06:42vicios de inconstitucionalidad,
06:44se entiende precisamente la
06:46existencia de vicios que
06:49ocasionan la anulidad absoluta
06:50de la ley. Y la anulidad
06:53absoluta en los cuatro
06:54artículos consultados. Este,
06:57esto acarrea que eso produce
07:00cosa juzgada material y
07:01consecuentemente no se puede
07:03nuevamente discutir el tema en
07:06otro expediente alterno. Vamos
07:09a ver, no hay forma de a
07:12partir de lo que señala la
07:15sala constitucional, este
07:18proyecto debería quedar
07:19desechado, entonces, por lo que
07:20usted está diciendo. Sin duda
07:22alguna, este proyecto de los
07:23cuatro artículos consultados
07:25queda completamente desechado.
07:27Repasemos, uno de los artículos
07:29me parece que era el número
07:30tres, señalaba que la
07:33Contraloría General de la
07:35República no podría ni ordenar,
07:38ni sugerir aspectos relacionados
07:42con la administración pública,
07:45con las tareas o las labores de
07:46la administración pública. Ese
07:48fue uno de los cuatro artículos
07:49que señaló la sala y problemas
07:51de constitucionalidad. En
07:53efecto, uno, el artículo dos
07:56concretamente que reformó el
07:57artículo once de la ley
07:59orgánica de la Contraloría
08:00General de la República,
08:02precisamente, suprime o
08:04suprimió los controles de
08:06legalidad, de los controles
08:08internos y de eficiencia de los
08:09fondos públicos. Eso provocó
08:12que la sala constitucional
08:13declarara la
08:14inconstitucionalidad de ese
08:16artículo y de los restantes.
08:17Ahora, quisiera aclarar un tema.
08:20Este tema no es nuevo. Este
08:22tema se basó en una sentencia
08:24ya viejísima de la sala
08:26constitucional, la nueve nueve
08:28ocho raya nueve ocho de la
08:30propia sala constitucional. En
08:32esas dos sentencias se
08:34constituyeron dos posiciones
08:36muy concretas. Número uno, que
08:39aun cuando no existiera norma
08:42legal que desarrollara las
08:44competencias de la Contraloría,
08:46la Contraloría por disposición
08:48constitucional tenía esas
08:50atribuciones. Y también dispuso
08:53que aun cuando se declarara la
08:55inconstitucionalidad de aquellas
08:57normas que se impugnaron en
08:58aquella acción de
08:59inconstitucionalidad, aun así,
09:01la Contraloría tenía las
09:05mismas competencias de control
09:07tanto de de de fiscalización
09:11como de control sobre la
09:13actividad de la hacienda
09:14pública y la contratación
09:15administrativa. Para ver si le
09:17entiendo, don Juan Carlos, uno
09:19de los argumentos del Poder
09:20Ejecutivo era que las
09:23atribuciones que quería quitarle
09:24a la Contraloría son
09:26atribuciones que se le dieron en
09:28una reforma legal en el noventa
09:30y cuatro, mucho después de la
09:32constitución de de la
09:33constitución política. Por lo
09:35que usted me está diciendo, en
09:37el voto anterior, y
09:39posiblemente mucho de lo que se
09:41basa en este, plantea que esas
09:44atribuciones son las que tiene
09:46desde el inicio la la
09:47Contraloría, don Juan Carlos.
09:49Sí, en efecto, es que lo que
09:51sucede es que la lectura que
09:52hicieron fue sesgada. ¿Y por
09:55qué digo que fue sesgada?
09:56Porque fue precisamente. La
09:57lectura del del Ejecutivo. La
09:59lectura del Ejecutivo fue
10:00sesgada. ¿Por qué? Porque
10:02precisamente fue la
10:03constitución la que establecía
10:05esas potestades de
10:06fiscalización y vigilancia. Y
10:08fiscalizar y vigilar supone no
10:11solo controlar, sino la
10:13posibilidad de sustituir la
10:14voluntad del órgano controlado.
10:17Esto, esta lectura no se hizo
10:19adecuadamente y propició el
10:22proyecto de ley que ahora fue
10:23declarado inconstitucional.
10:25Permítame leer muy rápidamente
10:27el comunicado que envió la
10:31Contraloría General de la
10:32República esta noche citando a
10:35doña Marta Acosta en este
10:37comunicado dice nos satisface
10:39la decisión de la sala
10:40constitucional sobre las
10:41competencias de fiscalización
10:43con la que la Contraloría debe
10:44ejercer los controles previos,
10:47preventivos, y posteriores
10:49establecidos tanto en la
10:50constitución política, así como
10:52en las leyes que rigen nuestras
10:53competencias. Hemos cumplido
10:55con seriedad nuestro rol en el
10:56presente y lo seguiremos
10:58haciendo a futuro, cumpliendo
11:00con el principio de legalidad,
11:02la ética, y las buenas prácticas
11:03nacionales e internacionales.
11:05Destaco don Juan Carlos, tal vez
11:06muy rápidamente que aquí señala
11:10que la Contraloría puede ejercer
11:12los controles previos, que
11:13entiendo que era otro de los
11:14artículos que quería plantear que
11:17la Contraloría no tuviera la
11:19posibilidad de actuar a priori,
11:21sino solo a posteriori, cuando
11:22ya pasó el acto, ¿Es así? En
11:25esa fue la interpretación que el
11:27Poder Ejecutivo introdujo en el
11:30proyecto ahora declarado
11:31inconstitucional. Lo que no se
11:34leyó correctamente es que la
11:36potestad de fiscalización y
11:38vigilancia suponen fiscalizar
11:40la actividad previa y la
11:42actividad posterior. Tan
11:44incluye lo cual incluye incluso
11:46la posibilidad de sustituir
11:49contratos o suspender
11:53contratos que ya estaban
11:54presentados por el por la
11:55administración pública. Bien,
11:57entonces debe de entenderse por
11:59lo que se está diciendo, tal
12:00vez para ir resumiendo, que
12:02esas facultades o esas
12:04posibilidades, según el
12:06razonamiento de la sala
12:07constitucional, son dadas desde
12:09la constitución y no en reformas
12:11posteriores a las leyes, ¿Es
12:13así? Es correcto y lo seguirá
12:15haciendo así mientras este
12:17precedente de la sala
12:18constitucional no se ha
12:20cambiado en ulterior
12:22¿Qué es lo que seguiría ahora?
12:26Don Juan Carlos, aunque usted
12:27ya adelantó que pareciera que
12:29con esta decisión ya cualquier
12:31otro trámite relacionado con
12:32este proyecto en específico ya
12:34no tendría sentido, me parece
12:35que es lo que usted señalaba al
12:37inicio. Bueno, lo que lo que
12:40podría la alternativa que
12:42podría tener el Poder
12:43Ejecutivo es presentar un nuevo
12:46proyecto de ley sobre la base de
12:48los artículos no declarados
12:50en su caso también la asamblea
12:53legislativa eventualmente
12:54podría plantear una consulta de
12:56constitucionalidad, es decir,
12:58este el control de
12:59constitucionalidad nunca se
13:01renuncia a a priori. Muy bien
13:03entonces y para recapitular lo
13:05que es el proyecto que
13:07conocemos hasta hoy como ley
13:09jaguar ya no tiene más
13:11posibilidades, no tiene más
13:13viabilidad, así como está
13:15planteado. No, literalmente lo
13:19que nos dice Juan Carlos que
13:21cuando se produce cosa juzgada
13:23formal y material el proyecto
13:25está muerto y ese proyecto hoy
13:28está muerto. Muchas gracias don
13:30Juan Carlos por acompañarnos y
13:32explicarnos en términos
13:33generales qué fue lo que
13:34resolvió la sala constitucional
13:36hoy y resumo diciendo que lo que
13:39señala es que las atribuciones
13:43que tiene la Contraloría para
13:45fiscalizar y ejercer algún
13:48de la constitución de hace pues
13:52setenta setenta años permítanme
13:56nada más leer un comunicado un
13:59breve comunicado de prensa de
14:02casa presidencial realmente más
14:04que un comunicado es una
14:06convocatoria de prensa mañana
14:09hasta el momento no ha habido
14:11una un pronunciamiento del
14:15Poder Ejecutivo acerca de la
14:17resolución que tomó esta noche
14:19la sala constitucional pero sí
14:21hay una convocatoria para
14:23mañana martes treinta de julio
14:26al mediodía en casa presidencial
14:30dice conferencia de prensa
14:32sobre ley jaguar y estarán
14:34presentes el presidente de la
14:36república don Rodrigo Chávez y
14:38los jerarcas así que la posición
14:41acerca de este tema del Poder
14:44Ejecutivo será presentada en
14:46casa presidencial mañana al
14:48mediodía por supuesto estaremos
14:50atentos para registrar que es lo
14:52que señala el Poder Ejecutivo
14:54acerca de este tema. Muchas
14:55gracias don Juan Carlos por

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