Presentación Unidad N° 2 Curso "Intervención social y trayectorias infantiles: vulneración, protección, cuidados y participación" a cargo de la Mg. Silvina Rivas.
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AprendizajeTranscripción
00:00Hola a todas y a todos, bienvenidos a este segundo encuentro. Hoy vamos a darle continuidad a lo que
00:07iniciamos la semana pasada y vamos a trabajar específicamente, a partir de esa infancia que
00:16pudimos discernir y delimitar y caracterizar la semana pasada, vamos a trabajar especialmente el
00:23tratamiento que ha tenido esa infancia y sobre todo a partir del discurso jurídico. Varios
00:30discursos se pronunciaron respecto de los modos en que debías asumir ese tratamiento hacia las
00:35niñas y los niños, pero hay dos discursos, uno que es el que vamos a trabajar hoy que es el
00:41discurso jurídico, pero no quiero dejar de mencionar que el discurso médico también operó
00:48y moldeó ese niño esperable o esa infancia deseable y prescribió una serie de tratamientos
00:57y de asistencias para esa niña y para ese niño y para el crecimiento y el desarrollo de esas
01:02infancias, pero hoy vamos a reparar en el discurso jurídico porque el discurso jurídico podríamos
01:10decir fue uno de los primeros en disciplinar, en moralizar no solamente a las niñas y a los niños,
01:18sino a su familia y lo hizo a través de una doctrina que se llamó la doctrina de la situación
01:25irregular y el mecanismo por excelencia que tuvo estado de esta doctrina fue la tutela, por eso
01:34cada vez que se consideraba que los padres no estaban en condiciones y esto fue en nuestro
01:41país hasta el año 2007, 2005 se sanciona, 2007 entra en vigencia la ley de promoción y protección
01:52de los derechos de las niñas y los niños, pensemos que no hace tanto tiempo entonces que la situación
01:58de la doctrina irregular se transformó o se derogó en pos de una ley que incorpore a las niñas y a
02:09los niños como sujetos de derechos, pero hasta ese entonces, entonces el tratamiento que teníamos
02:14hacia las niñas y los niños estaba mucho más vinculado al control social y a la tutela y sobre
02:21todo a la discrecionalidad con la que se le podía virlar, sacar, podríamos decir la patria potestad
02:29a los padres y a las madres. Hubo que esperar unos cuantos años, pero sobre todo un hito
02:37internacional que se plasmó en un tratado que fue la convención internacional de las niñas y los
02:42niños para que ese acercamiento, esa asistencia, ese trato, esa relación con las niñas y los niños
02:48tuviera otros presupuestos que no fueran el disciplinamiento y la moralización. Aún así
02:55ofrecemos un material, les ofrezco un material que pone una lupa en algunos aspectos de la convención
03:04y hace allí algunas críticas respecto de cierto espíritu universal también que tiene la convención
03:13internacional de los derechos de las niñas y los niños y también descontextualizado.
03:22Algunos autores dicen que funciona como especies de axioma que están fuertemente
03:28esencializados y que eso no nos permite ver que también la convención internacional fue una
03:36construcción histórico, social y política. No quiero olvidar esto. Así que vamos con la lectura
03:42de esas críticas porque me parece que aporta después a poder revisar las propias prácticas
03:49que tiene el sistema de promoción y protección de derechos que siguen los lineamientos generales
03:55en este país y en todos los países que se ha aplicado la convención, sigue a través de los
04:05sistemas de promoción y protección, sigue estos tratados y esta normativa. Entonces me parece
04:11que es un buen insumo para que podamos hacer foco y mirar también desde ahí nuestras propias
04:16prácticas. Los sistemas de promoción y protección de derechos son los organismos de aplicación de
04:22la ley. En nuestro país, en Argentina, la ley que se sancionó con esta perspectiva de derecho es
04:30la 26061 y después hay adecuaciones a lo largo de todas las provincias. Estos sistemas de promoción
04:39y protección son los encargados de poder recepcionar todas aquellas situaciones de vulneración de
04:49derechos, pero también son los encargados de promover las y los derechos. Pero quiero hacer
04:54una aclaración que es fundamental. Las definiciones de la protección están pensadas en términos de
05:00sistemas y si están pensados en términos de sistema es porque no es un dispositivo o un
05:07organismo solamente el encargado de restituir, reparar y garantizar derechos, sino que es la
05:14política pública y la sociedad en general la corresponsable de ocuparse de esas niñas y sus
05:23niños y de los accesos a la ciudadanía y a poder cumplimentar los derechos que les han sido
05:32conferidos. Me parece importante poder señalar que no es solamente entonces particularmente un
05:39servicio sino que esto se hace en la articulación y en la interrelación de los dispositivos de
05:48políticas públicas y de los actores y actrices de la sociedad. En ese punto hay que pensar esas
05:56intervenciones con las niñas y los niños desde un punto de vista integral y no sesgados. Nuestros
06:02sistemas de promoción y protección de derechos, nuestras políticas de atención a la infancia
06:08trabajan todavía no solamente con poco presupuesto y desfinanciadas sino también con un sesgo muy
06:17propio de la fragmentación que no permite o al menos no permite en su mayoría porque hay muchas
06:24experiencias que dan cuenta de que esas articulaciones son posibles y que además cuando esas
06:29articulaciones se dan las prácticas son mucho más sencillas y no redundan en la responsabilidad
06:38en el cansancio de una o dos personas sino que en tal caso nos hacen poder pensar y poder ver qué
06:46es lo que tenemos en común, cuáles son nuestros problemas en comunes para encontrar de forma común
06:52también modalidades de respuesta y modalidades de resolución. Por eso la idea del seminario o de
07:01esta partecita del seminario y poder revisar nuestras prácticas no sólo si trabajamos en el
07:08sistema de promoción y protección de derechos sino en nuestras prácticas con las niñas y los
07:13niños en general, desde otros lugares de la política pública y pensar además cuestiones que
07:22las trabaja Marisa Graja muy interesante como que finalmente las vamos a terminar trabajando en
07:27la última clase pero ya empezar a ver que entendemos yo les diría por interés superior del
07:33niño podemos empezar a pensar que entendemos por el derecho a ser escuchado y que su opinión sea
07:41considerada que entendemos por integralidad de las políticas públicas porque las situaciones que
07:49llegan a los sistemas de promoción y protección de derechos o las situaciones de vulneración de
07:54derechos son situaciones que revisten mucha complejidad y por lo tanto sus respuestas
08:00también deben ser complejas y porque el sistema de promoción y protección de derechos porta una
08:08paradoja que consiste en que es casi la única el sistema el único destinatario de reparar aquellos
08:17derechos que han sido vulnerados históricamente por los estados y por las políticas públicas es
08:22decir cuando se produce una situación de vulneración de derecho podríamos hacer como un
08:27corte en esa biografía o un corte en esa historia y ver qué cantidad de otros derechos de esos niños
08:34y de esas familias han sido vulnerados previamente por eso digo el sistema aporta la paradoja de
08:41resolver lo que se ha vulnerado históricamente es interesante que podamos mirarlo desde esta perspectiva
08:48porque nos ayuda en tal caso a ir encontrando otras respuestas e ir contando entonces e ir
08:55construyendo esa integralidad de respuestas de la política pública para las situaciones de
09:02vulneración y restitución de derechos. Bueno no los quiero abrumar, nos encontramos entonces la
09:12semana próxima pero seguimos en contacto a través del foro y de nuestros canales de comunicación.