26 setiembre 2024 | Abogado en su casa

  • hace 4 días

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00:30Muy buenas noches, bienvenidos a un nuevo programa de El Abogado en su Casa.
00:37Para mí, Denis Solano, es un completo honor y un placer llegar de nuevo hasta sus hogares en una nueva emisión.
00:43Así que ya puedo avisarle a sus vecinos, a sus amigos, que ya estamos totalmente en vivo.
00:49Y para eso tengo el agrado de presentarles, primero que nada, al director del programa, don Belisario.
00:54Muy buenas noches, bienvenido a El Abogado en su Casa.
00:56Buenas noches, Denis. Es un gusto saludar a los abogados de Costa Rica.
01:00Belisario Solano les saluda para presentarles aquí El Abogado en su Casa.
01:04Hoy, en una noche importante para todos los operadores del derecho de familia,
01:09la Asamblea Legislativa acaba de aprobar la reforma integral al Código Procesal de Familia.
01:15Más de 50 artículos se han modificado, lo que fue un código que ingresó el día martes a regir en Costa Rica
01:25Duró 72 horas y bueno, durará un poquito más porque tal vez la Asamblea Legislativa tendrá el martes que darle segundo debate.
01:33Luego el Poder Ejecutivo tendrá que publicarlo y a partir de ahí a estudiar todos los que compramos códigos de familia,
01:40procesales de familia, a votarlos y corran Doña Erika, corra Arcelio, corra ¿quién más?
01:47Los que hicieron códigos, Arcelio Hernández, a quien le mandamos un saludo y tenemos que invitarlo también
01:53para que esté con nosotros aquí en el programa y Doña Erika, la de Fidelitas.
01:58¿Hernández?
01:59No, Solís, de la Fidelitas, de la Universidad Fidelitas, que también sacó su propio código.
02:07Nosotros íbamos a sacar un código, pero mejor nos esperamos y vamos a ver cuándo lo sacamos.
02:12Así es que, eso es un poco irónico, Costa Rica fue integrada a un código que fue aprobado en el año 2018.
02:19¿2019?
02:202019, con vigencia para el 2022, con vigencia para el 2024 y cuando entró en vigencia el carro estaba destartalado.
02:27Ok, entonces ahora tuvieron que pasarlo en refacción.
02:30Vamos a ir a estudiar hoy en la noche a ver qué nos aprobaron los diputados
02:33y vamos a ver cómo vamos a regir las relaciones de familia.
02:36Denis, un gusto de poder saludarte y estar aquí con todos los hogares de Costa Rica.
02:40Así decía alguien que ya es de la casa, don José Hernández, ya no requiere presentación
02:46Don José, ya ustedes saben de que es especialista en cobros judiciales, ¿cierto, don José?
02:50Así es, en crisis financiera severa.
02:53Qué miedo, qué miedo.
02:54Ok, José, hoy tenemos un temazo y sé que a vos te encanta, que es cuando una deuda está prescrita
03:00y me comienzan a acosar y acechar frente a esa deuda.
03:04José, ¿qué podemos indicar preliminarmente a partir de qué momento una deuda está prescrita?
03:10Pero antes de previo también quiero invitarlos para que participen con nosotros al WhatsApp.
03:14Ya los compañeros arriba, doña Bielka y los compañeros de producción tienen completamente listo
03:19para que usted reciba las llamadas y los mensajes de WhatsApp.
03:22Recordándoles que no sean superiores a un minuto en el caso de hacer WhatsApp vía audio o de manera escrita
03:28la podremos ayudar al 8707-1313 o ya me ayudan los compañeros al 2220-7550.
03:362220-7550.
03:38Ok, perfecto.
03:39Entonces, y al WhatsApp 8707-1313.
03:43José, ahora sí, ¿cuándo una deuda está prescrita?
03:45Bueno, primero un saludo a todos los amigos que nos ven desde la casa
03:49y definitivamente es un gusto estar nuevamente por acá.
03:52Ya el abogado en su casa es como mi segunda casa.
03:55Usted es el cuarto, el quinto en realidad, produciendo este programa.
03:59Vamos a ver, las deudas tienen algo que se llama la prescripción
04:04y para que nos entendamos bien es que el acreedor, decir un banco, una financiera, una cooperativa
04:11pierde el derecho de cobrarle al deudor.
04:14¿Cuándo sucede esto?
04:16Cuando han pasado más de cuatro años desde la última vez que se pagó la deuda.
04:21Es decir, 48 meses.
04:23En este momento estamos en el 2024.
04:26Ya estamos hablando que las deudas que yo dejé de pagar hace 48 meses
04:31en este momento ya están prescritas.
04:34Sin embargo, eso no es en automático.
04:37Es decir, un juez en este momento no decreta una prescripción por sí mismo,
04:43sino que el deudor tiene que pedirlo al juez por medio de algo que se llama un incidente de prescripción
04:51y normalmente se debe pedir la prescripción del capital y de sus intereses.
04:56Ok, ok, ok.
04:57José, creo que me había empezado el programa mal, don Belisario.
05:01¿Qué es lo primero que usted hace cuando va a sacar una tarjeta de crédito?
05:04Usted simplemente firma, ¿cierto?
05:06Firmo, no leo nada porque, bueno, cuando no llevo los anteojos, ¿por qué no llevo los anteojos?
05:11Cuando llevo los anteojos, porque son como 15 hojas, ¿verdad?
05:14Ok.
05:15Y me da una pereza. Es el letra...
05:17Pequeña.
05:18Pequeñita. Creo que sería el 5, ¿verdad?
05:20Si le va bien.
05:21O un poquito más barato, ¿verdad?
05:22Sí.
05:23Eso es lo que nos pasa.
05:25No nos damos cuenta de que es lo que uno está firmando,
05:27cuál es el compromiso que quiere con la entidad bancaria
05:30y después vienen los lamentos, después vienen los problemas.
05:34Aprovecho para saludar a don Pedro Beiruti, a doña Carla González,
05:37que está en full sintonía, el abogado en su casa.
05:40Saludo también para todo el equipo del abogado en su casa,
05:42nuestros compañeros que hacen posible este programa,
05:45no solamente aquí en el estudio,
05:47allá arriba en la parte alta, nuestra productora.
05:50Bien.
05:51Y también los compañeros que están hasta...
05:53Vielca, sí.
05:54Tazanoa.
05:55Y nuestros compañeros que están hasta allá, en el volcán Irasú.
05:57¡Qué frío!
05:58Un saludo súper especial
06:01y al agradecimiento por hacer posible este programa.
06:05De hecho, José, analicemos la irresponsabilidad de don Belisario.
06:08Él firma las 15 páginas.
06:10¿Esa duda cómo se compone?
06:12Porque muchas veces no sabemos cómo se compone.
06:14Dicen, es que yo pago y pago y pago.
06:16Sí, es que, vamos a ver, una tarjeta de crédito funciona así.
06:19A mí me entregan un disponible.
06:22Es decir, ahí me están dando dinero plástico, como decíamos antes.
06:27Me dan un disponible de, no sé, 2 mil dólares.
06:30Son un poquito más de un millón cien de colones.
06:33Y yo empiezo a consumir y a consumir.
06:35Voy haciendo pagos mínimos,
06:37pero el pago mínimo nunca va a dar por terminada la deuda.
06:40¿Por qué?
06:41Porque eso forma parte, intereses y un poquito al capital.
06:44Ok.
06:45Y la gente va usando y usando y usando.
06:48Cuando se dan cuenta,
06:49tienen, ya sin poder usar más crédito,
06:54no solo una, Denis.
06:55Dos, tres, cuatro, cinco tarjetas de crédito.
06:59Y ahí es cuando empieza la situación complicada.
07:02No alcanza el dinero para ir haciendo los pagos.
07:05A veces ni siquiera para el pago mínimo.
07:07Se empiezan a atrasar
07:09y ahí van a empezar con el problema de cobro judicial.
07:12Ok.
07:13Recordemos que el problema del cobro judicial es
07:16que la gente termina siendo embargada.
07:18Ok.
07:19¿Qué les embargan?
07:20¿Qué les embargan?
07:21Le pueden embargar su casa, su carro, la motocicleta.
07:25Salario.
07:26El salario, cuentas bancarias.
07:28Es decir, los embargos pueden ser muy amplios.
07:31Y la pregunta que siempre hace la gente,
07:34¿yo puedo perder una casa?
07:35Sí, sí pueden perder una casa
07:37por el consumo de una tarjeta de crédito.
07:40Entonces, ¿es irresponsable?
07:42Sí.
07:43El problema es que puede ser un medio muy útil.
07:46Yo me puedo ir financiando siempre
07:49cuando yo mantenga controlada esa deuda.
07:51Ok.
07:52En mi oficina yo le hago a las personas
07:55cuando llegan a consultoría un termómetro de crisis.
07:59Y entonces yo tengo estipulado así,
08:02si a usted ya el dinero no le está alcanzando
08:04y se sobregira un 10%,
08:07ya está en una crisis temprana.
08:09Si usted ya detecta que va a un 15%,
08:12ya estamos en una crisis.
08:14A ver, vamos a ver,
08:16el ejemplo para que Doña María de San Rafael de Ariamuno,
08:19Don Belisario, en San José o en Guanacaste,
08:22para que una vez participen en las llamadas con nosotros,
08:25sería el siguiente.
08:26Yo gano de salario 200 mil colones.
08:29A lo que te estoy entendiendo,
08:31la persona está endeudada,
08:34hubo 220 mil colones.
08:36Si yo gano 200 mil,
08:39no puedo gastar más de 200 mil.
08:42Si gano 220, ya voy con un 10% de deficiencia.
08:45¿En realidad no debería gastar más del 50%?
08:51Porque lo demás es gasto común.
08:54El consejo sería que a mí me sobren hasta un 20% al mes.
08:58Ok.
08:59Pero ahí estaríamos en unas finanzas sanas.
09:02Ok.
09:03Si yo llego y yo me gano 200 mil y gasto 200 mil,
09:06estoy en un punto de equilibrio.
09:08Pero es decir, estoy saliendo, como dicen en la calle, tablas.
09:12Si yo ya gasto 220 mil, ya estoy en una crisis temprana.
09:17¿Qué tengo que hacer?
09:18Es acomodar mis gastos personales.
09:21Pero si ya voy, ya gasto 230, 240 o 300 mil al mes,
09:28y solamente me están ingresando 200,
09:31¿de dónde sale esa diferencia?
09:33Sale de que las personas se están financiando
09:36con las tarjetas de crédito.
09:38Ok.
09:39Don Belisario, de hecho, bueno,
09:41nada más un saludo muy especial para el padre Eladio, mi tío,
09:45que nos está observando en este momento completamente en vivo.
09:48Placer, allá, ¿dónde es?
09:49En Ipiz, de Guadalupe.
09:50En Ipiz, de Guadalupe.
09:51Saludo muy especial.
09:52Allá también a San José de la Montaña,
09:54donde también él tiene su casita y tiene su nicho ahí.
09:58Su familia.
09:59Su familia y todas esas cuestiones.
10:01Un abrazo, hermano.
10:02Don Belisario, tenemos una llamadita, la recibe usted.
10:04Vamos a ver con quién quisiéramos viajar hoy por todo el país.
10:08Vamos a ver dónde arrancamos.
10:09Desde Elisabeth.
10:10¿De dónde?
10:11Elisabeth de Tibás.
10:13San José.
10:14Tibás, San José.
10:15Adelante con su pregunta.
10:17Sí, muy buenas noches.
10:19Muchas gracias.
10:20Yo quisiera saber, yo doné mi casa a nombre de mis dos hijos,
10:30pero uno de ellos tiene problemas con la tarjeta de crédito.
10:34De hecho, la casa mía yo la puedo perder.
10:42O sea, yo tengo el, ¿cómo que le llaman?
10:45El usufructo.
10:46Usted tiene el usufructo.
10:47El usufructo, sí.
10:48Sí.
10:49Yo puedo perder mi casa por la deuda que tiene mi hijo.
10:53OK, gracias, Elisabeth.
10:54Muy amable.
10:55Ya aquí don José nos va a contestar.
10:57Muy amable.
10:58Sí, el derecho que tiene el hijo puede ser embargado.
11:01Probablemente lo que hicieron fue que le reservaron el usufructo a ella
11:04y donaron la anuda propiedad en 50% para un hijo, 50% para el otro hijo.
11:10Así es.
11:11El hijo que tiene problemas con deudas efectivamente podría ser embargado
11:16ese derecho y podrían rematarlo.
11:18Ahora bien, si eso sucede, que pasa muy a menudo,
11:21el banco o la cooperativa que le dio la tarjeta al hijo
11:26no puede sacar a la señora.
11:28Aunque el hijo perdiera ese derecho, como ella tiene el usufructo,
11:32se lo tienen que respetar hasta el momento que ella fallezca.
11:35Exacto.
11:36Y no podría pedir la venta anticipada del inmueble tampoco,
11:40porque tiene el usufructo.
11:42Podrían, pero igual la señora sale de ahí hasta que...
11:46No, porque se lleva, porque si ella vende la finca,
11:50la casa de manera anticipada,
11:52todo el producto de la venta se lo echa la señora.
11:55Eso sí.
11:57Así es. Tenemos una preguntita por acá también,
11:59que doña Vilca nos está ayudando arriba en el estudio.
12:02Dice que ya estamos recibiendo muchas preguntas.
12:05Dice, José, ¿es legal que un banco le niegue a una persona adulta mayor
12:11la posibilidad de comprar una casa?
12:13La persona tiene 80 años de edad, tiene excelente salud
12:17y tiene condiciones económicas para poder respaldar el crédito.
12:21Sí, el tema es que los bancos lo que aplican básicamente es
12:25pues si ya tiene una persona de 80 años
12:30y la expectativa de vida en Costa Rica...
12:33Un 84.
12:34Sí, entonces no podríamos pedir, digamos,
12:37un financiamiento a 30 años plazo,
12:39como ahora hay algunas hipotecas a 15 años, a 25 años.
12:43O sea, me está diciendo que a cuatro años.
12:45Sí, ahí lastimosamente podríamos decir incluso
12:48que hay como un tipo de, ¿cómo le decimos?,
12:51de discriminación por razón de la edad.
12:54Lo que pasa es que...
12:55Y con garantías bastante fuertes.
12:57Sí, pero el tema es que no basta con demostrar que el inmueble lo vale.
13:02También hay que demostrar que la persona tiene la capacidad de pago,
13:06pero se le une esta condición,
13:08que definitivamente son proyecciones matemáticas y...
13:12Pero igual pasa con usted, José.
13:14Usted tiene excelente salud, tiene condiciones...
13:17Y en cualquier momento le puede...
13:18Va, firma y al día siguiente me le dio un infarto,
13:20que Dios quiera que no, ¿ok?
13:21¿De qué pasa?
13:22Sí, lo que pasa es que las hipotecas,
13:24recordemos que tienen los seguros de vida.
13:26Sí.
13:27Y ahí entra también en juego, en segundo plano,
13:30lo que son las aseguradoras y todas las políticas
13:34y reglamentos de seguro.
13:36Por ejemplo, si yo quiero tomar ahorita un seguro de vida,
13:39me cuesta X.
13:40Si lo tomaba hace 10 años, me costaba más barato.
13:43Así es.
13:44Y entonces el tema es las políticas de seguro.
13:46De hecho, José, una pregunta que es bastante recurrente por acá.
13:50¿Cuál es la diferencia entre una presión,
13:52cuando ya existe un proceso de cobro judicial,
13:55y un proceso de cobro administrativo?
13:58Porque creo que son dos cosas completamente diferentes
14:00y me encantaría poder abarcarlo,
14:02porque hay muchísima gente que no sabe qué hacer.
14:05O sea, llegan a acosar al tío, al sobrino, al primo,
14:09que ni siquiera se llevan, y es lo peor.
14:11Y entonces comienzan con ese tipo de incidencias.
14:14¿Cuál es la diferencia en ese caso y qué hago, José?
14:16Sí, el cobro administrativo es cuando todavía
14:19la operación está en atraso,
14:21pero no han entrado directamente a una demanda en sede judicial.
14:25Ok.
14:26Entonces te están llamando y llamando y llamando
14:2810, 15 veces al día,
14:31sobre todo cuando son de bancos privados,
14:34que le pasan sus créditos a otras empresas cobradoras.
14:39Por ejemplo, bueno, para no decir nombres,
14:43hay bancos que de una vez, si se atrasa una operación,
14:46se la pasan a un bufete, se la pasan a un call center.
14:50Y ahí es cuando empieza ese hostigamiento.
14:52Ahora bien.
14:53¿Es legal eso?
14:54No es legal porque incluso en el reglamento
14:58del sistema bancario nacional,
15:00del derecho financiero en Costa Rica,
15:03en el artículo 35 del reglamento se establece
15:06que no puede haber hostigamiento a personas que no sean deudoras.
15:10Y así lo establece directamente la ley.
15:12Solo se le puede llamar al deudor nada más.
15:15Pero si es legal, digamos,
15:17don Belisario firma una, no sé,
15:20una tarjeta de crédito con X banco.
15:23Me pasan a mí como abogado esa deuda porque don Belisario incumple.
15:27Eventualmente, el pasar esa deuda para yo llamarlo a usted,
15:32acosarlo, acecharlo, ¿eso se puede dar?
15:36Sí, es que vamos a ver, recordemos que hay dos cosas.
15:39Se ha hablado mucho del tema de la venta de cartera.
15:41Es decir, yo le debo a un banco
15:44y yo, José Hernández, como oficina,
15:47compro esa deuda y yo te empiezo a cobrar como mía ahora.
15:50Otra cosa es que usted le debe al banco
15:53y el banco le da a otra empresa
15:57para que haga la gestión en representación del banco.
16:00Entonces te van a decir, mira,
16:02te estamos llamando de X empresa a cobrarte una deuda
16:05que tienes con este banco.
16:07Ahí estamos en un cobro normal.
16:09Lo que sucede muchas veces es que esas deudas son vendidas
16:13a otras entidades.
16:15Ahora, ¿qué es lo que dice el Código Comercio?
16:18Se le tiene que notificar al deudor
16:20que su crédito fue vendido.
16:22Y eso es lo que en Costa Rica nunca se hace.
16:26Pero entonces, eventualmente, esa cesión de carteras
16:29y que me comiencen a llamar, a acechar a mi mamá,
16:32a mi papá, etcétera, etcétera.
16:33Eso no es legal.
16:34Eso no es legal.
16:35¿Y qué hago?
16:36Se puede presentar un recurso de amparo y básicamente
16:38ya la sala ha dicho cuáles son los requisitos
16:41para que un recurso de estos pegue, digamos.
16:44¿Qué es?
16:45Número uno, que yo no sea el deudor, evidentemente.
16:48Número dos, que demuestre que me están llamando
16:50y me están acosando.
16:52Tres, dice la sala que hay que demostrar
16:55que ya usted les indicó que no es el deudor
16:58y que no desea recibir llamadas de deudas que no son suyas.
17:03Y luego demostrar que los números de donde lo están llamando
17:07corresponden a la empresa que está hostigando.
17:10Si yo tengo esos cuatro elementos y presento un recurso de amparo,
17:13inmediatamente lo aceptan y le ordenan a la empresa
17:17detener todo ese hostigamiento.
17:19Ok, tenemos una llamadita de don Luis desde San José.
17:23Muy buena noche, don Luis.
17:24Adelante con su consulta.
17:27Buenas noches, gracias.
17:29Yo tengo dos hijos.
17:31A los dos los heredé.
17:34Hay uno que tiene una deuda.
17:36Mi pregunta es, el que tiene la deuda,
17:39¿lo pueden embargar en la parte del lote de él?
17:43¿Y cómo lo harían el trámite para embargarlo?
17:48Gracias.
17:50Básicamente, si él tiene la deuda,
17:53no está pagando,
17:55la empresa lo demanda directamente a él.
17:58Si es un derecho únicamente,
18:00o si no supimos si ya le segregaron
18:03y él ya es propietario del 100%,
18:05podrían directamente embargar,
18:08notificarle la demanda
18:10y posteriormente ya en una etapa de ejecución,
18:14recordemos que en un proceso de cobro judicial
18:17hay dos etapas,
18:19una etapa que es de conocimiento
18:20y una etapa de ejecución.
18:22Cuando empieza una,
18:24es cuando se notifica al demandado.
18:26Después de la notificación del demandado
18:28estoy en etapa de ejecución
18:30y ahí el acreedor puede pedirle al juez
18:33que nombre un perito
18:35para que vayan a valorar la finca
18:37y a partir de ese momento
18:38iniciar el proceso de remate.
18:40Ok.
18:41De hecho,
18:42voy a invitarlos para que participen con nosotros
18:44al 8707-1313
18:46y usted puede enviar sus consultas
18:48o sus inquietudes al licenciado José Hernández
18:51o también puede llamar al 2220-7550.
18:54Los compañeros en estudio ya están esperando
18:57para efectos de poder ayudarle a usted
18:59con las inquietudes y con las consultas.
19:01Muy buenas tardes.
19:03Ah, bueno, sí, tenemos una llamadita.
19:05¿De dónde? ¿Nada más?
19:07Vamos a ver.
19:08Ok.
19:09Tenemos una llamadita.
19:10Ah, bueno, ahora sí.
19:11Se nos cortó la llamadita Don Belisario
19:13y dice por acá.
19:14Muy buenas noches.
19:15Hace cinco años
19:16se decretó un embargo sobre un vehículo
19:17que nunca fue detenido
19:18por su estado es inservible
19:20y fue tirado a la basura como chatarra.
19:22Su dueño no tiene otro bien embargable.
19:25¿Está prescrito ese embargo?
19:27¿Y cobro?
19:28Gracias.
19:29Vea, depende.
19:30Recordemos que la prescripción es
19:32desde el último pago
19:33o eventualmente pueden haber
19:35dentro de un proceso judicial
19:37actos que interrumpen la prescripción.
19:39Por ejemplo,
19:40si el que nos está preguntando
19:42es el acreedor,
19:43habría que saber
19:44si en algún momento notificó al deudor
19:46y eventualmente podría solicitar
19:49el remate del bien,
19:50aunque el bien esté desaparecido.
19:52¿Y qué podría hacer posteriormente?
19:55Entonces, como ya el vehículo
19:57o la garantía ya dejó de existir,
19:59eventualmente yo le puedo decir al juez
20:02que ya no tengo garantía
20:03y que se embarguen otros bienes
20:05de ese mismo demandado.
20:07Si prescribió o no la deuda,
20:09bueno, depende de cuáles actos
20:11han habido dentro de ese proceso.
20:13Habría que revisar el expediente.
20:14Ok.
20:15José,
20:16vos indicabas, bueno,
20:17de que uno de los medios
20:18para poder identificar
20:20las deudas prescritas
20:21es saber si es una tarjeta de crédito,
20:23una prenda, una hipoteca.
20:25¿Pero cuáles son los plazos
20:26para determinar eventualmente
20:27frente a ese escenario?
20:28Sí.
20:29Vamos a ver.
20:30El plazo más largo
20:31sería el de una hipoteca,
20:32que son 10 años.
20:34Si estamos en un...
20:37todo lo que son créditos personales
20:40como tarjetas de crédito,
20:42facturas,
20:43contratos,
20:45ese tipo de cosas,
20:46son 4 años.
20:47O sea, serían 48 meses.
20:49Y el plazo más largo
20:50sería las hipotecas.
20:53Y hay un tema a considerar también
20:56que a veces no se menciona mucho,
20:58que cuando es una deuda civil,
21:00Dennis,
21:01aunque sea un pagaré,
21:02por ejemplo,
21:03o una letra de cambio,
21:04en el Código Comercio
21:05son de 4 años la prescripción.
21:08Ok.
21:09Pero,
21:10si yo tengo un título ejecutivo,
21:11pero que no es comercial,
21:12sino que es civil,
21:14se le aplica la prescripción de 10 años
21:16que es la prescripción ordinaria.
21:18Ok.
21:19En ese sentido,
21:20¿cómo es?
21:21Te voy a dar un ejemplo.
21:22Ajá,
21:23¿por qué me lo di?
21:24Para que lo tengamos claro.
21:25Yo tengo una letra de cambio de un banco.
21:27Ok.
21:28Y me dieron un crédito personal.
21:30Son 4 años.
21:32Ok.
21:33Pero, por ejemplo,
21:34instituciones como el CONAPE,
21:36que financian para la educación,
21:38los fines de ellos no es comercial.
21:40Ok.
21:41Entonces,
21:42se le aplica la ley civil.
21:43Y como ley civil,
21:44serían 10 años de prescripción.
21:46Guau.
21:47Don José,
21:48al ser la 7 con 21,
21:49estamos totalmente en vivo
21:50en el abogado en su casa,
21:51analizando las presiones indebidas
21:54cuando una deuda está prescrita.
21:56Próximamente vamos a ver
21:57cuál es el proceso
21:58para indicar o alegar
22:00frente a una prescripción de una deuda.
22:02Vamos a un pequeño corte
22:03y ya casi volvemos
22:04con más del abogado en su casa.
22:10Desde Sarchí,
22:11la cuna de la artesanía nacional,
22:12fabricamos nuestros muebles.
22:15Cada mueble fabricado
22:16comienza con la esencia misma
22:18de la madera.
22:20Nuestros cebanistas
22:21eligen las piezas
22:22con detalle y precisión,
22:23asegurando la calidad
22:24desde el principio.
22:29Cada corte,
22:30cada lijada,
22:31es un paso
22:32en nuestro compromiso
22:33con la excelencia artesanal.
22:36Utilizamos
22:37solo los mejores acabados
22:39para resaltar
22:40la belleza única
22:41de nuestros muebles.
22:44Porque en Mueblería Pérez Luna
22:45no solo creamos muebles,
22:47creamos experiencias
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22:53hacemos arte con la madera,
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23:31Acérquese al contacto directo
23:32con documentos
23:33y fotografías históricas
23:34que celebran
23:35el legado de Guanacaste.
23:37El Archivo Nacional
23:38está en Curridabad,
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24:53Para hacer un repaso
24:54de lo más importante
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24:59Porque hay cosas buenas
25:00que decir.
25:02Asamblea Legislativa
25:03Noticias
25:04por Canal 13
25:06Nuestro canal.
25:08En Documentales UNED
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25:12Ley Integral
25:13del Adulto Mayor
25:14Los beneficios
25:15y responsabilidades
25:17para con las personas
25:18de la Edad de Oro.
25:26Sábado 5 de octubre
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25:31a las 4 y 30 de la tarde.
25:33Aquí en Canal 13
25:35Nuestro canal.
25:45Regresamos con más
25:46del abogado en su casa
25:48a las 7 con 25
25:50pues hemos estado analizando
25:52un tema que se las trae
25:53muchísimos costalvicenses
25:55pues bien
25:56este fenómeno
25:57que es la realidad
25:58de muchos
25:59y lastimosamente
26:01gran parte
26:02de la población
26:03de los costalvicenses
26:04es de la edad de Oro
26:05y la mayoría
26:06de los costalvicenses
26:07es de la edad de Oro
26:08y la mayoría
26:09de los costalvicenses
26:10es de la edad de Oro
26:11y la mayoría
26:12de los costalvicenses
26:13gran parte
26:14del secretario costalvicense
26:15de días
26:16cuántos costalvicenses
26:17están con deudas
26:18mira
26:19ahí ahorita hay un circulante
26:20de 750 mil expedientes
26:21en cobro judicial
26:22de días 4
26:23por ahí
26:24ok
26:25si no 5
26:26ok
26:27entonces
26:28frente a este escenario
26:29Es la importancia
26:30de saber
26:31cuándo estamos frente
26:32a un proceso de prescripción
26:33Pero Supervisor
26:34tenemos muchas
26:35mas preguntas
26:36de los costavicenses
26:37Si
26:38nueva productora
26:39antes mandando
26:40muchas preguntas
26:41que ustedes están enviando
26:42Buenas noches. La propiedad que está en patrimonio, afectada patrimonio familiar, ¿puede ser embargada, don José?
26:48No puede, salvo que las deudas sean anteriores a esa afectación patrimonial.
26:54¿Cómo se puede ejecutar un embargo sobre un vehículo?
26:58Básicamente, tiene una orden de captura, se localiza el vehículo, se le detiene con la policía, se levanta un acta y se llevan el carro.
27:08Dice, hace cinco años se agitó un embargo sobre un vehículo que nunca fue detenido, ahora es chatarro. ¿Qué pasa con eso?
27:15Bueno, eso es delicado. Si ese vehículo, por ejemplo, fuera rematado en los tribunales, le van a decir al propietario que lo tiene que presentar, en el estado que lo tenga.
27:25Si no lo presenta, pueden testimoniar piezas y lo mandan a la fiscalía.
27:30Eso es muy importante.
27:33Artículo 218 del Código Penal.
27:36Exacto, muy bien. Ustedes saben más que yo eso.
27:39Porque yo ahora ni siquiera sé de familia, ahora tengo que ir a estudiar en el nuevo Código Profesional de Familia.
27:44Hubo cambios importantes, colegas. Hoy fue aprobado el proyecto que reforma el Código Profesional de Familia, que entró en vigencia el martes anterior.
27:53No es una broma, es una cosa seria lo que les estoy diciendo.
27:57Así es que, si tienen códigos comprados ahí, elimínenlo. Ya los escritores de códigos corran a reimprimir los nuevos códigos.
28:07Don Belisario, tenemos una llamadita.
28:09De una vez, tenemos una llamadita desde Heredia. Muy buenas noches, bienvenido al abogado de su casa.
28:15Buenas noches, muchas gracias.
28:18Adelante.
28:19Adelante. Amigo, si gusta, nos escucha directamente desde el teléfono y le bajamos completamente el volumen al televisor.
28:26Ahora sí.
28:26Ok, ahora sí. Adelante con su consulta.
28:30Muchas gracias. Yo quería solo consultar si próximamente se me dieron embargo al salario.
28:40Entonces quería preguntar si, en cuanto a la cuenta donde me depositaron el salario,
28:48si es suficiente con el embargo al salario o también embargan o bloquean la cuenta del salario.
28:57¿Me explico?
28:58Sí, vamos a ver.
28:59¿Cuál es el nombre?
29:01No dijo el nombre, es anónimo.
29:03Déjémonos terminar. Adelante, adelante.
29:06¿Porque yo?
29:07Ok.
29:08Ahí lo tenemos, amigo. Ok. ¿Porque yo qué?
29:14Ya se nos fue.
29:16¿Quiere continuar?
29:16Sí, sí, continúe. Por favor, adelante.
29:20No, la consulta era que si efectivamente lo que busca la creadora es embargar el salario,
29:31pero en cuanto a la cuenta donde la empresa me deposita el salario,
29:41si es efectivamente sujeto de embargo también.
29:45Ok.
29:45Porque me parece, entiendo que, ok, la ley indica que está el salario,
29:56una porción del salario lo que se embarga,
29:59pero ¿por qué también afectaría a la cuenta de donde se deposita mi salario?
30:08Ok.
30:09Porque yo fui a consultar al banco y me dijeron que no,
30:13que solamente si usted tiene otros productos, ¿verdad?, bancarios, eso fue lo que...
30:21Sí, vamos a contestarle.
30:22Gracias.
30:25El embargo se puede solicitar sobre varias cosas a la misma vez,
30:29eso es algo muy importante.
30:31Yo en una demanda como banco puedo solicitar de una vez embargo de salario,
30:35de cuentas bancarias, de cajitas de seguridad, de propiedades, de vehículos,
30:40de todo a la misma vez.
30:41Sin embargo, hay que respetar varias cosas.
30:44Si me embargan el salario tienen que aplicar lo que dice el artículo 172 del Código de Trabajo
30:50y ahí viene establecido los porcentajes como se puede embargar un salario.
30:54Eso es algo muy importante.
30:56Número dos, ya en reiteradas ocasiones se han manifestado los jueces
31:01que las cuentas bancarias donde se recibe el salario no se puede embargar.
31:07Es decir, si me van a embargar el salario van directamente a la fuente.
31:11¿Cuál es la fuente? El patrón.
31:13Ya cuando el dinero cae en mi cuenta bancaria ya esa cuenta no se puede embargar,
31:18salvo que hayan otras cuentas bancarias.
31:21Ahora, yo le doy el consejo a la gente siempre...
31:23¿O si en esa cuenta donde yo recibo el salario recibo otros ingresos?
31:27Ahí ya se convierte, pero por eso yo le digo a la gente,
31:29déjelo solamente para recibir salario, nada más.
31:33¿Pero el salario mínimo?
31:34O por ejemplo, no importa el salario.
31:37O por ejemplo, incluso las cuentas donde se recibe una pensión.
31:41Ok.
31:42Déjela únicamente para que sea la pensión.
31:45Deja esa cuenta solamente para el salario.
31:47Si quiere tener otra cuenta para mover otras cosas, yo le recomiendo...
31:51Alquileres, por ejemplo.
31:52Yo le recomiendo Banco Popular, cuenta en colones y que sea una cuenta de ahorros.
31:58Después le pasamos la factura.
32:00Inembargable.
32:00Ahí tenemos al artículo 33 del Reglamento de Constitución del Banco.
32:06Todas las cuentas en colones y que sean de ahorros son inembargables.
32:10Bueno, un saludo muy especial a don Jorge Eduardo Sánchez,
32:13presidente de la Junta Erectiva del Banco Popular.
32:16A la distancia un abrazo, que nos está viendo también.
32:19Y le hicimos esa comercia gratis.
32:20Ahí le hacemos la mención gratis, se la cobramos a vos.
32:23No nos cobra.
32:25Ok.
32:26Tenemos una llamada telefónica.
32:27Muy buenas noches.
32:28Adelante con su consulta o su comentario.
32:30Bienvenida al abogado en su casa.
32:34Bienvenida al abogado en su casa.
32:37Gracias.
32:38Mi consultita es...
32:40Mi esposo tiene 8 años, más o menos, de tener un embargo de salario.
32:46Era por un millón 100 más o menos.
32:50Ese monto ya se recontrapasó.
32:54Entiendo que lo que hay que hacer es conseguir a alguien que vaya
32:59y le ponga como...
33:01Le cierra el tubo, ¿verdad?
33:03Al embargo, para que ya no sigan rebajando más.
33:06Porque, bueno, en este momento están rebajando casi 100 mil colones por mes.
33:11Y la última vez que habíamos consultado con el usuario,
33:15este es el poder de los tribunales, ¿cierto?
33:19Que le dan a uno un número de usuario para poder consultar
33:22y eso...
33:23Incluso había una cantidad que llegaba al millón y medio de colones
33:28que ni siquiera se le habían pasado a la parte actora, digamos.
33:33Y a la parte actora se le habían pasado casi 5 millones de colones.
33:39Entonces, si nos puede explicar, por favor,
33:42qué es lo que debemos hacer,
33:44las posibilidades reales de recuperar algo de lo que se pagó de más
33:49y lo que sea, por favor.
33:52Qué buena pregunta.
33:54Sí, es muy buena.
33:55Aquí hay algo que hay que partir por algo muy, muy importante.
33:59Hay que saber y verificar cuántos eran los intereses moratorios.
34:04Ok.
34:05Recordemos que ahora tenemos en vigencia la ley, digamos,
34:09contra la usura y regula las tasas de interés.
34:12¿Cuánto más o menos?
34:13Al 36 por ciento en créditos y en 46 por ciento micro créditos.
34:20Pero antes de esa reforma, antes de esas leyes,
34:23habían algunos,
34:25algunos créditos que estaban colocados al 82 por ciento.
34:29Ok.
34:30Entonces, por ejemplo, lo que ella me dice,
34:32si la deuda era de un millón y es un una tasa de interés de estas altísimas,
34:37le va generando 800 mil colones cada año de intereses.
34:40Pero entonces, José, nada más una pregunta.
34:43Y me parece muy viable para eso.
34:45La composición y para que termine de esclarecer,
34:49porque justamente ella habla de un proceso, etcétera, etcétera.
34:51Pero ya casi vamos a entrar sobre cómo es ese proceso.
34:55La composición de una deuda es deuda principal, capital, capital,
35:00intereses corrientes,
35:02que son los que eventualmente se pagan mes a mes, interés moratorio.
35:05Exacto.
35:06Así es como la fórmula matemática del ABC.
35:09Los gastos del proceso que se los cobran también.
35:12Ok, ok, perfecto.
35:13Entonces, ahora sí,
35:15qué sucede en el caso de esta amiga que necesita plantear un proceso de prescripción
35:21y cuál es el trámite?
35:22No, no, no de prescripción,
35:24porque recordemos que si le están aplicando todos los meses el embargo,
35:28entonces cada embargo que llega es como que hay un pago y al haber un pago
35:33siempre está la deuda activa, activa.
35:35Ok.
35:36Y en el caso que la deuda estuviera prescrita y me la quieren cobrar
35:38y me comiencen a acechar, a llamar, a mal informar.
35:41¿Cuál es el proceso, José?
35:43Ahí sí, yo solicito.
35:44¿O que el acta sea falsa?
35:46Podría ser también una notificación falsa
35:48y con eso se supone que interrumpieron la prescripción.
35:51Todo es peleable.
35:53Lo que sí hay que revisar bien el expediente.
35:55Como ella decía, ella ya tiene la gestión,
35:58simplemente de sentarse, verificar y hacer como una liquidación.
36:03Ver, ok, cuánto era el capital,
36:05los intereses que ha generado cada año
36:07y verificar si en algún punto ya empató
36:09y si más bien ya le está sobrando dinero como ella piensa.
36:12Si es así, hay que presentarle un escrito al juez,
36:15decirle que se solicita que se dé por terminado el proceso,
36:18que se verifique que ya le sobra dinero
36:21y que se ordene la devolución del mismo.
36:23De hecho, don Melisares, tenemos saludos desde Cañas, Guanacaste,
36:27a doña Olga Monge desde Grecia, súper interesante.
36:30Nos reportan que desde Atillo no tienen audio,
36:33pero básicamente eso usted tiene que ir a reclamarlo
36:36al proveedor del servicio,
36:38porque no es la señal del Canal 13,
36:41sino evidentemente del proveedor del servicio.
36:43Hay algunas cableras que tienen un fallo en audio.
36:46Don Melisares, tenemos más inquietudes.
36:48Bueno, hay una en la zona de Atillo, concretamente.
36:50Sí, tenemos una llamada, sí, de hecho.
36:52Sí, hay una persona, no, y hay varias,
36:54inclusive en Heredia nos han reportado,
36:56en Atillo nos han reportado,
36:57entonces para que ustedes tomen en cuenta.
36:59Don Melisares, tenemos una llamada.
37:01Bien, adelante, buenas noches.
37:03¿Con quién tenemos el gusto?
37:05Buenas noches, con doña María de Atenas.
37:08Ay, María, muchas gracias.
37:10¿A la juela presente?
37:11Está jugando la juela, ¿verdad?
37:13Sí, me gusta mucho su programa,
37:14a la vez que yo de fútbol no.
37:16Nada, ok, qué bueno.
37:17Me gusta mucho su programa.
37:19Me bajo el vestido con el mismo y he aprendido mucho con ustedes.
37:22Gracias, muy amable.
37:23¿Me está escuchando? Sí.
37:25Pero necesito que tenga apagado el teléfono,
37:26porque si no, vea, es una amiga mía que tiene este problema.
37:29Ella ya tiene como ocho o siete años que el esposo la dejó.
37:33No se han divorciado.
37:34Él vive con otra señora y ahora ya va a tener otro hijo.
37:38Resulta que él le manda a ella ese documento
37:42para que le firme el divorcio.
37:44Exacto.
37:45Y le pone también que renuncia a la pensión.
37:47La verdad que la pensión no puede quitársela nunca.
37:51Y lo que digo yo, ¿por qué la otra abogada no le dice?
37:53Bueno, busquemos dos testigos, que eso yo lo he dicho con usted.
37:56Estos dos testigos ya ellos viven allá en una parte del sur
38:00y ya firma y queda el matrimonio disuelto,
38:04pero le obliga a que ahí en ese mismo papel
38:07diga que le quita la pensión a la señora.
38:10¿Y el señor le está pagando pensión a ella?
38:13Sí, a él le rebajan porque él es pensionado del ICE.
38:16Y él quiere quitarse eso y la señora padece mucho
38:19y de todo ella llora mucho porque ya llega la policía
38:23a buscarla que firme.
38:25Pero ¿por qué el otro abogado es lo que le digo?
38:27O sea, yo misma que no soy abogada entiendo eso
38:30de que ya con tantos años ya él se busca los testigos allá
38:32donde vive, que así fue, ya queda el matrimonio disuelto,
38:35pero la mortifica con que le quita la pensión.
38:38¿Verdad que eso no puede? Eso no.
38:40Incluso él muere y a ella pones una pensión
38:43que él tuvo del trabajo en el ICE.
38:45Y bueno, para que me aclaren eso,
38:46ya no le quiero atrasar muchas preguntas.
38:49Muchísimas gracias y buenas noches.
38:50Gracias amiga.
38:51Un abrazo aquí a la distancia.
38:53Muy amable.
38:54Así rápidamente le contesto.
38:56Dígale a su amiga que lo que tiene que hacer
38:58es buscar un abogado, una abogada especialista
39:00en derecho de familia.
39:02No le tenga miedo a enfrentar el proceso de divorcio,
39:05efectivamente el tema de la pensión alimentaria.
39:08Si ella tiene necesidad,
39:10si no tiene condiciones para atender sus propias necesidades,
39:13si padece, está enfermita y todas esas cuestiones,
39:16tiene el derecho a mantener la pensión alimentaria.
39:21Pero no tenga ningún problema,
39:23no importa que se divorcie,
39:24pero que le mantenga el pago de la pensión
39:27como ha venido haciendo hasta ahora,
39:28para que el día de mañana, cuando él fallezca,
39:32pues entonces pueda heredar al menos una parte
39:35de la pensión que le correspondería.
39:38Ok.
39:39Ok, don Belisario, dos cosas importantes.
39:42La liga juega a las 8, nos informan.
39:45A eso está a las 8.
39:46Usted puede ver el abogado en su casa.
39:4815 minutos, dale.
39:49Estamos dando tiempo para que usted pueda cenar,
39:51vea el programa tranquilo,
39:52se cambie y después vaya a sufrir a disfrutar.
39:56Entonces yo voy por Costa Rica.
39:58Bueno, sí, también yo iba con esa prisa.
40:00Entonces voy por Costa Rica,
40:02voy por todos los equipos de Costa Rica.
40:04Cuando voy a Costa Rica me pongo la camiseta.
40:06Ok, no importa que sea quien sea.
40:08Quien sea.
40:09Sí, sí, sí.
40:10Bien, aquí hay una cantidad de preguntas
40:12que nos ha pasado a Oña Mielka
40:14que vamos a hacer un pochumbole así rápidamente.
40:16Empiezo.
40:17Ok, don José, así rápidamente.
40:19¿Puede un fiador que pagó la totalidad de la deuda del deudor
40:25poder cobrarle al deudor algo de lo que pagó?
40:29Sí, sí se puede.
40:30Tiene que tener la factura de que él canceló la deuda
40:33y pasarlo a cobro.
40:34Ok.
40:35Dice la otra pregunta.
40:37Mi hermana debió un préstamo a tal y tal.
40:40Ok.
40:41Y mi santa madre dejó su casa a nombre de 7 hijos.
40:45Nos llaman a todos ellos.
40:46Dicen que la casa de mi madre la pueden recoger.
40:49Es lo que decíamos anteriormente, don José.
40:52Se podría rematar eventualmente el derecho que tenga el problema.
40:55Exacto, de ella.
40:56Después de qué fecha prescriben las deudas de una tarjeta
41:02y otra de esas de empresas de electrodomésticos.
41:05Cuatro años.
41:06Cuatro años.
41:07¿Cuánto tiempo dura un embargo?
41:09Depende, puede durar.
41:12He visto embargos de 32 años,
41:14aunque ustedes no lo crean.
41:16Wow.
41:17Si hay más de un embargo,
41:18los que están de segundos prescriben.
41:20Wow.
41:21Depende, porque si la empresa,
41:23hay algunas empresas le dan un poquito a cada embargo.
41:26Hay otras que dejan uno hasta que se cancela.
41:29¿Empresas o condados? ¿Cómo es?
41:31No, no, porque el que aplica al final,
41:33el que aplica el embargo.
41:34Ah, ya entendí, el patrono.
41:35El patrono.
41:36Ok.
41:37Entonces, por ejemplo, hay patronos que dicen,
41:38ok, haga fila y podrían prescribir algunos,
41:42pero en algunos casos,
41:44las empresas le van pagando un poquito a cada acreedor
41:47y entonces nunca prescriben.
41:48Don Elisario, ya casi sigue con ese ping pong jurídico que tiene,
41:53pero tenemos a don Alfredo desde Cartago.
41:56Ok, un brumoso don Alfredo.
41:57Saludos.
41:58Muy buenas noches.
41:59Saludos a la Jueli Cartago.
42:00Buenas noches.
42:01Buenas noches.
42:02Buenas noches.
42:03Adelante, compañero, un gusto saludarte.
42:06Gracias, igual, buenas noches.
42:08La consulta es así, rapidito.
42:10Yo tengo varias deudas.
42:10Ya me notificaron de las deudas,
42:13pero como no tenía ningún bien, no me hicieron nada.
42:16Ahora, yo heredo un usufructo.
42:18¿Ese usufructo lo pueden agarrar ellos?
42:20O sea, ¿le pueden llegar o no le llegan?
42:22Muchas gracias.
42:23Sí, lo podrían embargar, entonces tenga cuidado.
42:26No era que el usufructo era inembargado.
42:28No, sí se puede embargar.
42:29Ya, sí, sí, hay criterios, sí.
42:31Sí, se puede embargar, se puede rematar
42:34y se terminaría igual como se terminó el usufructo original.
42:38Si este señor, por ejemplo, dura 40 años,
42:42alguien podría estar tomando el derecho de usufructo
42:46hasta que él no esté.
42:48Ahí, ¿el nuevo usufructuario podría pedir la venta del inmueble?
42:52Recordemos que el usufructo básicamente es el uso y disfruta del bien.
42:56Entonces, si yo remato ese uso y disfruto del bien,
42:59podrían tenerlo hasta que el usufructuario original ya no esté.
43:03Ok, pero entonces, ¿al señor lo pueden sacar de la casa?
43:06Sí.
43:06Si él pierde su usufructo, pueden sacarlo.
43:09Por Dios.
43:12Dice, mi hijo tiene una deuda, pero sale en la escritura,
43:16no lo he heredado. ¿Pueden embargar mi propiedad?
43:20Si hay un problema de deudas, yo le diría que mejor no inscriban
43:25ese cambio, porque sí podrían embargarlo y podrían rematarlo.
43:30Dice, yo pagué todos los gastos de una casa por una deuda.
43:34A un banco del Estado. Estoy manchada en la SUJEF a pesar de haber pagado.
43:39¿Se puede hacer algo para que me limpien?
43:41Recordemos que la mancha dura igual que una prescripción 48 meses.
43:45Yo le diría a la persona, si tiene una firma digital,
43:48pueden entrar directamente a la SUJEF y verificar si todavía la mancha está.
43:54¿Cuál es la diferencia entre un pagaré y una letra de cambio, don José?
43:57La forma como se paga. El pagaré se paga por tractos,
44:00la letra de cambio se paga en un solo pago, básicamente.
44:04Ok, me despidieron y tengo una deuda grande con una cooperativa.
44:08Y si no tengo trabajo, no puedo pagar.
44:10Me dijeron que los préstamos tienen un seguro en estos casos. ¿Eso es verdad?
44:14Sí, el problema es que si la deuda está trazada, el seguro no aplica,
44:19que es lo que hablábamos antes, que el tema de las aseguradoras es complicado.
44:24A ver.
44:25Don Belisario, tenemos a doña Laura desde Guadalupe,
44:28esperando hace ratito. Doña Laura, muy buenas noches.
44:30Bienvenida al abogado en su casa.
44:32Buenas noches. Muchas gracias, mi amado.
44:35A usted. Bienvenida adelante con su consulta.
44:38Gracias. Mi consulta es,
44:41una vez en otro programa de televisión,
44:44me llamó mucho la atención que cuando una casa está habitada por la familia,
44:51se puede hacer una figura que la cubre por 10 años,
44:54para que no la embarguen y la maten.
44:56Sí, me gustaría, por favor, que les hiciera hablar acerca del tema,
44:59porque yo sé que es claro,
45:01sobre los notarios que tienen conocimiento de este tema,
45:05me parece a mí que en la época que estamos,
45:08de crisis económica, etcétera, pandemias,
45:11si las familias supieran eso,
45:13que no les pueden embargar,
45:15si forman esta figura con un notario,
45:18que sería importante para las personas que en ese momento están en loco.
45:22Claro, ahí estaría. O sea, no se puede embargar.
45:25Y solo por 10 años. Esa es la pregunta.
45:27Vamos a ver.
45:29Se puede hacer una afectación.
45:31Se llama afectación a patrimonio familiar.
45:33Y el plazo. El plazo puede durar.
45:35Recordemos que es así.
45:37Si yo estoy casado,
45:39yo afecto mi casa a favor de mi esposa o de mis hijos.
45:44Cuando termina esa protección?
45:46Cuando el cónyuge fallece o cuando mis hijos fallen?
45:49Cuando el cónyuge fallece
45:51o cuando mis hijos ya superan los 25 años.
45:54O me divorcio.
45:56O me divorcio. Eventualmente.
45:58Entonces, no es que tenga un plazo específico de 10 años.
46:01Simplemente es según lo que la ley establece para cada afectación.
46:07Y si la deuda es anterior a la afectación familiar,
46:09no cubre la afectación familiar.
46:11Entonces tengan mucho cuidado.
46:13Si yo tenía deudas hasta hoy,
46:16y yo afecto mi casa a partir de mañana,
46:19la afectación no va a proteger la casa.
46:21Ok, don José, vamos a un pequeño corte comercial
46:24y ya casi volvemos con más del Ahogado en su casa.
46:26Son las 7 con 46 minutos.
46:28No se me despegue de la pantalla de Canal 3.
46:30Ya volvemos.
46:39En la artesanía nacional fabricamos nuestros muebles.
46:43Cada mueble fabricado comienza con la esencia misma de la madera.
46:49Nuestros cebanistas eligen las piezas con detalle y precisión,
46:53asegurando la calidad desde el principio.
46:59Cada corte, cada lijada,
47:01es un paso en nuestro compromiso con la excelencia artesanal.
47:05Utilizamos solo los mejores acabados
47:08para resaltar la belleza única de nuestros muebles.
47:13Porque en Mueblería Pérez Luna no solo creamos muebles,
47:16creamos experiencias para su hogar.
47:20En Mueblería Pérez Luna hacemos arte con la madera,
47:23garantizando muebles con excelente calidad.
47:26Visítenos hoy y descubra cómo podemos transformar su espacio
47:30con la magia de nuestros muebles.
47:49Este viernes le invitamos a cerrar la semana con nosotros.
47:52Le vamos a contar de nuevas técnicas para el cuidado de la piel
47:56que la van a hacer verse hermosa.
47:59Y también existen nuevas oportunidades de educación
48:02para personas de bajos recursos.
48:05Se lo contamos el viernes de días y treinta, a doce y medio día.
48:08Acompáñanos.
48:12El mejor análisis del fútbol y el deporte en Colombia
48:15es el análisis de la salud.
48:18El mejor análisis del fútbol y el deporte en general
48:21lo tiene acá con nosotros.
48:23A través de la pantalla de Canal 13, nuestro canal.
48:26Lunes y miércoles, ocho de la noche.
48:29Síganos en nuestras redes sociales como
48:32¡Fuera de Fuego!
48:48Los domingos a las seis y treinta de la noche.
48:51En Canal 13, nuestro canal.
49:02Hola, les habla el Dr. José Fung, farmacéutico
49:05y experto en soluciones alternativas.
49:07Para esas personas que tienen tendencia a desmayarse
49:10o a desvanecerse, bueno,
49:12sepan ustedes que hay algunos remedios caseros
49:14que les pueden servir para volver en sí rápidamente.
49:16Por ejemplo, podemos tomar una cebolla,
49:19partirla o picarla y colocarla cerca de la persona
49:23que está desmayándose para que la huela.
49:26El olor de amoníaco le va a ayudar a volver en sí rápidamente.
49:31Así como también podemos machacar unas hojitas de romero
49:36y colocarlas cerca de las fosas nasales.
49:39Este olor va a permitirle volver en sí rápidamente.
49:46¡Fuera de Fuego!
50:08Regresamos con más del abogado en su casa.
50:10Don Belisario ya estaba preparando las preguntas,
50:12justamente que nos estaba indicando
50:14que hay muchísimas inquietudes de ustedes,
50:16así que queremos aclarar,
50:18porque no todos los días tenemos el honor de tener a Don José.
50:21Don Belisario, adelante.
50:23Voy a ir de atrás para adelante,
50:25como para poder avanzar rápidamente aquí
50:27en estos minutos que nos quedan.
50:29Don José dice, llaman y llaman, envían mensajes,
50:32llaman a familiares.
50:34Yo he querido pagar, pero no es el monto que ellos quieren.
50:37¿Qué hago?
50:39Sí, habría que proponer un arreglo de pago
50:41directamente en los tribunales.
50:43Yo le aconsejo a la gente mandar un escrito
50:46Dice, buenas noches.
50:48Mi pregunta es que tengo una deuda con la caja
50:50del Seguro Social como trabajador independiente.
50:52Compré un lote en Guanacaste con mi señora.
50:54Había quedado en el registro con un medio cada uno.
50:57Hicimos un escrito con un notario
50:59donde mi parte salía de ella como donación.
51:01¿Siempre podrían embargar el lote?
51:03Sí, sí pueden. Le recomiendo mejor acercarse a la caja,
51:05verificar prescripción de algunos de los pedidos
51:08y hacer un arreglo de pago.
51:10Pero si la deuda es de él
51:12y la propiedad ahora es completa de la esposa,
51:13ahí no le podrían prevenir.
51:15Ahí ya no, pero si ya la habían embargado
51:17mejor que vaya a hacer el arreglo.
51:19Ok, si ya estaba embargada, ahí sí.
51:21Dice, todavía una persona puede dejar
51:23un testamento de bienes.
51:25Soy una persona de 50 años y quiero prevenir
51:27por si a uno le pasa algo
51:29y no tiene nada relacionado con los bienes.
51:31Sí puede, sin ningún problema.
51:33Y es más, es el ideal.
51:35El ideal, testar.
51:37Bueno, yo discrepo esa vez de eso,
51:39pero después podemos discutirlo.
51:41Si la idea es dejar sin herencia a Dennis,
51:43ya lo está, que es partes iguales
51:45y que todo tiene que ser en conflicto familiar,
51:47pues listo.
51:49Uno no sabe las condiciones de la familia.
51:51Exacto.
51:53Dice, ¿tiene prescripción una letra de cambio
51:56si está esperando el embargo
51:58y ya tiene 3 años desde que el juez dictó el embargo?
52:01Depende.
52:03Hay que verificar si se notificó o no se notificó,
52:05porque el embargo por sí solo no interrumpe.
52:08¿La sentencia en un monitoreo cobratorio
52:10cuánto tiempo tiene apelación?
52:13Prescripción.
52:15Es que ese es el tema.
52:17Se hace el curso de la demanda
52:19y son 48 meses para que me notifiquen.
52:21Si no me notifican esa resolución, prescribí.
52:24¿Pero si le notifican la sentencia?
52:26Otros 48 meses.
52:28Ok.
52:30Serví de fiadora a un compañero de trabajo.
52:32Salió de la empresa, no volvió a pagar.
52:34Yo estuve desempleada dos años
52:36y ahora me cobran, me cobran y me cobran.
52:38¿Qué hago?
52:40Lastimosamente, si es fiadora, es deudora.
52:42Si la demandan y la embargan el salario,
52:45tienen que pagarlo.
52:47Dice don José, yo tengo un negocio X
52:49y una clienta me pide que le preste 40 mil colores.
52:52Me dice que en media hora me lo pasa por simpio
52:55y resulta que se está mudando de casa,
52:57pero yo no sabía y fuera de eso
52:59acudió la excuñada, la cual la fui a buscar.
53:01Ella dice que me diga
53:03que más bien me quede quietito
53:05porque esa plata es el pago
53:07de unas fotos de ella de nudo.
53:09¡A caramba!
53:11Es totalmente falso.
53:13¿Será que yo puedo de alguna manera cobrar ese dinero?
53:16Es complicado, ¿verdad?
53:18Eso es extorsión.
53:20Tema penal, extorsión.
53:22Vaya, planteé la denuncia
53:24y eventualmente habría que terminarlo.
53:26Nada más quería meter ahí la cuñita
53:28a los amigos que de pronto
53:30se ocupan alguna consultoría, asesoría,
53:32me pueden buscar en la oficina.
53:34¿Cuál es el número, José?
53:3625302838
53:38De hecho también, José, aprovechando
53:40que es de los jóvenes,
53:42de hecho es importantísimo
53:44y aquellas personas que consulten
53:46el número de Don José por WhatsApp
53:48se los vamos a estar brindando.
53:50¿Qué es él?
53:5225302838
53:54Me pueden consultar
53:56todo lo que es tema de cobros,
53:58de prescripción y de crisis severa
54:00cuando la persona está quebrada.
54:02Y como usted no está quebrado,
54:04lo invito a que vaya a Mueblería Pérez Luna
54:06a comprar y adquirir los muebles
54:08para su casa y su habitación
54:10a partir del 5 de diciembre
54:12en Mueblería Pérez Luna
54:14en este último trimestre del año
54:16tiene descuentos en muebles
54:18y así usted puede hacer
54:20los apartados de Navidad
54:22a un mejor precio,
54:24al 8951.8625.
54:26Los muebles que usted observa
54:28en este set son gracias
54:30a la familia Pérez Luna.
54:32Así que usted ya sabe,
54:34puede aprovechar los descuentos
54:36a partir de este momento.
54:38¿Puedo autorizar al patrono
54:40para que no me rebaje la cuota
54:42del préstamo del Banco Popular?
54:44No, cuando uno autoriza
54:46en crédito está amarrada
54:48hasta cancelar.
54:50Desde Limón nos preguntan
54:52¿qué pasa con un préstamo personal
54:54de 20 millones?
54:56El cual paga una cuota
54:58de 340 mil colones por mes
55:00a 30 años.
55:02En 8 meses no se ha pagado
55:04una sola cuota.
55:06¿Cuándo prescribe?
55:08Cuando vence un embargo
55:10por edicto.
55:12No hay embargos por edicto,
55:14son notificaciones.
55:16Notificaciones por edicto
55:18sí hay y sería lo mismo.
55:20Se le aplican los mismos
55:2248 meses.
55:24Tengo sentencia firme
55:26en un cobratorio pero
55:28no me han cobrado ni embargado.
55:30¿Cuándo prescribe?
55:32Bueno, vamos a ver.
55:34Si ya dice que tiene sentencia
55:36firme es porque ya lo notificaron.
55:38El código de comercio
55:40establece que la sentencia
55:42prescribe igual que la deuda.
55:44Si era un crédito personal
55:46prescriben otros 48 meses.
55:48¿Por qué usted habla de 48 meses
55:50y no de 4 años?
55:52Es lo mismo.
55:56Yo no sé si le queda más fácil
55:58a la gente.
56:00¿48 meses qué montón?
56:024 años.
56:04Buenas noches.
56:06Soy dueño de la casa
56:08hace varios años.
56:10¿Ese fideicomiso prescribe?
56:12No, lo que tiene que ver
56:14es la finalidad del fideicomiso
56:16y el plazo que le pusieron.
56:18Bien, buenas noches.
56:20Usted menciona que en el BP
56:22no pueden embargar el salario
56:24de una persona pero si la deuda
56:26es con ellos sí lo pueden hacer.
56:28Sí, porque por ley
56:30ellos sí tienen establecido eso.
56:32Que si se le debe al mismo banco
56:34ellos sí pueden tomar el dinero.
56:36Aunque la persona sea fiadora
56:38no es la excepción.
56:40Mi hermana la habían embargado
56:42por una deuda de hace 4 años
56:44y canceló hasta el último 5.
56:46Ahora la vuelven a embargar
56:48el salario y es el mismo
56:50número de expediente.
56:52¿Qué podemos hacer?
56:54Hay que revisarlo, verificar,
56:56decirle al juez que ya se había
56:58cancelado y pedir que se dé
57:00por terminado el proceso.
57:02¿Se embarga el drop o no?
57:04No.
57:06¿Cuál es el número de teléfono
57:08al que se envía?
57:10302838.
57:12¿O al Facebook?
57:14José Hernández, abogado CR.
57:16Igual en YouTube, Facebook.
57:18Don Belisario, mil gracias.
57:20Encantado, un placer.
57:22José, un honor.
57:24Gracias.
57:26Recordarles que el próximo jueves
57:28tenemos a don Mario.
57:30Mario Iguaran, exfiscal
57:32de la República de Colombia.
57:34¿Qué es la ley de extinción
57:36de dominio?
57:38¿Qué es la ley de extinción
57:40de dominio?
57:42Un 8 va a aprender.
57:44Muchas gracias.
57:46Sintoniza el programa.
57:48Es el derecho del Estado
57:50a quitarle a usted los bienes
57:52y usted no puede justificar
57:54el origen del dinero.
57:56Qué miedo.
57:58Esas y más interrogantes
58:00las puede observar a través
58:02de la pantalla de Canal 13
58:04a partir del próximo jueves
58:06a las 7 de la noche.
58:08Pueden seguir a través
58:10de las diferentes redes sociales
58:12y continúen con la programación
58:14regular del Sistema Nacional
58:16de Radio y Televisión Canal 13.

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