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Elena Molina, Martín Reyes, Israel Zamora y Hamlet Almaguer, junto a otros expertos, señalan que la suspensión de la reforma al Poder Judicial es inconstitucional, destacando la necesidad de una defensa robusta de la reforma.

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00:00Y justamente vamos a platicar más sobre este tema, ya lo veo, mucha información, mucho debate, puntos de vista de dos lados.
00:06¿Qué tan viable es que se frene esta elección de jueces, ministros y magistrados mediante el voto popular con amparos otorgados por jueces?
00:13Bueno, este es el tema central y hoy agradezco que nos acompañen en la mesa María Emilia Molina, presidenta de la Asociación Mexicana de Juzgadoras,
00:20Javier Martín Reyes, abogado e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM,
00:25Israel Zamora, abogado constitucionalista y ex senador de Morena, y Hamlet Almaguer, ex diputado federal y maestro en Derecho Procesal Constitucional.
00:34Bienvenida, bienvenidos.
00:36Gracias.
00:37Vamos directo porque arranco con una pregunta abierta a la mesa.
00:40¿Cómo entender lo que está pasando en estos días cuando vemos que una jueza federal le ordena a la Presidencia de la República
00:46eliminar la reforma o la publicación de la reforma del Poder Judicial del Diario Oficial de la Federación
00:51sob pena de denunciar a la Presidenta o al funcionario que no lo haga ante el Ministerio Público si no da cumplimiento?
00:57Y lo planteo así es, ¿law fire o aplicación de la ley? ¿Quién quiere empezar?
01:02¿Nadie quiere empezar?
01:04Bueno, entramos con María Emilia, ¿no?
01:06¿A la derecha?
01:08Muy bien.
01:10No, defiendo la Constitución.
01:12Lo que sucede es que no es algo inédito.
01:15Cuando los jueces de distrito conocen de un juicio de amparo en donde se señala como autoridad responsable a la Presidencia de la República,
01:24lo cual es muy común en amparo contra leyes, casi todos los amparos contra leyes tienen señalados como autoridad responsable al presidente o a la Presidenta de la República,
01:32y cuando se concede una suspensión en este o en cualquier otro acto, pues se le ordena a la Presidencia de la República y al resto de las autoridades responsables
01:41que acaten la suspensión en los términos que hayan sido dictados por las personas juzgadoras.
01:46Las juezas y los jueces de distrito tienen toda la independencia hasta este momento, todavía no tenemos los nuevos jueces,
01:53hasta este momento tienen independencia judicial para dictar las resoluciones según su criterio,
01:59y si no le conviene a alguna de las partes en conflicto ese criterio sustentado por el juez o la jueza,
02:05lo que pueden y deben hacer es presentar un recurso previsto en la propia ley de amparo para que se modifique o se anule estas resoluciones.
02:14El tema de que si se puede dar vista o no al Ministerio Público es que desde la Constitución se establece
02:19que el no acatamiento o el desacato a las suspensiones en los juicios de amparo es delito, es delito federal, y así lo dice la Constitución.
02:26Estamos en el escenario en el que podría cometer un delito federal la Presidenta de la República.
02:30Cualquier autoridad puede cometer un delito si no acata una suspensión, así es el juicio de amparo y así son los pedos y contrapesos.
02:36A la luz de lo que nos comenta María Emilia, ¿qué nos dicen del otro lado de la mesa?
02:39Porque realmente estamos viendo un tema, y ese sí es inédito, una posible denuncia contra un Presidente de la República
02:44por no acatar ante el Ministerio Público.
02:46Porque, sí, claro, pues tiene que ser ante el Ministerio Público porque no hay otra autoridad.
02:50Bueno, ahora la Guardia Nacional, pero creo que las denuncias siguen siendo ante el Ministerio Público.
02:53Pero no hemos visto una situación como esa.
02:55¿Cómo? Porque todos los Presidentes de la República habían acatado las suspensiones.
02:59¿Del otro lado?
03:00Bueno, yo quisiera comentar. Uno de los efectos que tuvo esta reforma, que apenas muchos estamos conociendo sus alcances,
03:08fue que reconoció un derecho humano de las mexicanas y los mexicanos a votar y a ser votados en materia judicial.
03:17Esta suspensión violenta derechos humanos de las mexicanas que tienen derecho a votar en junio del próximo año por jueces, juezas, magistrados, ministras.
03:26Y también violenta sus derechos humanos de aquellos que van a ser decenas de miles de participar como candidatos.
03:34Este sí es un acto que violenta la Constitución.
03:36La suspensión que se otorgó es inconstitucional, es además ilegal.
03:41La ley de amparo, lo hemos dicho ya muchas veces, el artículo 61, fracción primera, determina que es improcedente el amparo.
03:49Y hay una regla en juicio general, en materia jurisdiccional, que dice que los actos que de origen están viciados, todo lo demás está viciado.
03:59Este es lo que decimos nosotros, frutos del árbol podrido, ¿no?
04:03La suspensión que es accesoria a lo principal, que nació inconstitucional e ilegal, por supuesto que también es inconstitucional e ilegal.
04:11No tiene sustento.
04:13Y hay criterios de la Suprema Corte de Justicia que establecen que todos los actos que tienen una nulidad absoluta, como lo tiene...
04:21Esto por ser, permíteme, para terminar, como por ser, tienen nulidad absoluta, por ser inconstitucional y además ilegal, por violentar normas de orden público de interés general, tienen nulidad absoluta que no produce ningún efecto.
04:34Javier.
04:35Sí, nada más que el pequeño gran detalle es que quien decide si un acto es nulo o no es nulo, no es ni la Presidenta Sheinbaum, ni la consejera jurídica, ni las autoridades.
04:44Es la ley de la Constitución.
04:45No lo tienen que decidir los tribunales en cualquier sistema que se pueda llamar una democracia constitucional y en cualquier sistema donde se respete el Estado de Derecho.
04:54Estamos en un escenario inédito donde una Presidenta de la República, ya olvidémonos de si parece que acata o no acata, abierta y públicamente nos está diciendo que no va a cumplir con una resolución judicial.
05:09Yo creo que hay muchas resoluciones que claro que pueden ser discutidas.
05:12A mí no me queda claro, por ejemplo, que en una medida cautelar como una suspensión puedes ordenar, por ejemplo, que se elimine algo en el diario oficial.
05:19Pero si no estaban de acuerdo y creen que tienen la razón, lo que tienen como autoridades es el deber de interponer los recursos que marca la propia ley de amparo para combatirlas.
05:30Imaginémonos qué pasaría si en este país las autoridades empiezan a violar las suspensiones y decisiones judiciales porque desde su particular punto de vista no son conformes a la Constitución o a la ley.
05:42A mí me parece que eso sería peligrosísimo.
05:44Cuando las autoridades respetan el Estado de Derecho lo que hacen es combatir judicialmente las decisiones, no desacatarlas políticamente.
05:53Yo solo diría que no es ninguna sorpresa que una reforma que está tan mal hecha, que viola los derechos de tantas personas y que atenta en contra de la independencia judicial genere esta luz de impugnaciones.
06:04Pero eso es producto de la irresponsabilidad de quienes aprobaron esto en fast track con contradicciones abiertas tan burdas como la del 94 y del 97 con violaciones tan flagrantes.
06:15Y lo que sí es un hecho es que la última palabra la va a tener la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
06:19Ya veremos si deciden cumplir o no con la decisión, pero creo que sería muy peligroso si desde ahorita adelantan que no lo van a hacer.
06:25Ahora iremos a mayor detalle a debatir sobre este tema de que tenemos de un lado resoluciones, del otro lado ya nos están acatando.
06:30Y no entiendo, creo que nadie entiende en ese momento en donde estamos parados, en un punto en donde ya nos están acatando ciertas decisiones.
06:37Que también hay una lectura del otro lado de que vienen cargadas de intencionalidad política.
06:41Pero de eso iremos más adelante.
06:43El equipo de Milenio lo entendió a la perfección cuando habló sobre la eventual decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral.
06:52Este caso es de materia electoral y lo que decía al final de la cápsula es relevante.
06:58El artículo 6.2 de la Ley de Medios de Instituciones en materia electoral, Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, las dos, establecen que no hay suspensiones en materia electoral.
07:13Y los jueces de amparo no tienen facultades en materia electoral.
07:16Ante quien tienen que dirimir estas controversias es ante los tribunales electorales.
07:21Y será la Sala Superior quien en última instancia determine en una resolución que muy probablemente emita esta semana si las facultades son o no de los jueces de distrito.
07:33Y es algo similar a lo que intentó el juez de la PESA de darle órdenes a la Sala Superior para completar su integración.
07:40O lo que hizo un juez de distrito, por cierto ya suspendido, un juez laboral por cierto, cuando determinó quién tenía que ser el gobernador constitucional de Nuevo León.
07:50Esas no son facultades de los jueces de amparo, esas son facultades del tribunal electoral.
07:56Aquí lo que está en juego son derechos políticos electorales a ser votado y a votar.
08:00No se pueden involucrar los jueces de distrito, son facultades del tribunal electoral.
08:05Ahora nada más quiero cerrar este punto casi hipotético que en este momento empieza a ser ya el caso concreto.
08:12No se elimina la reforma del Diario Oficial de la Federación, ya lo dijo la Presidenta.
08:18¿Qué pasa? ¿Ya se tiene que dar vista al Ministerio Público? ¿Legalmente? ¿Ya estamos en ese punto?
08:24Hay un trámite para las violaciones a las suspensiones, no es tan simple.
08:27Digo, no vendría yo aquí a dar clases de amparo, sugiero que las tomen,
08:31pero porque en el caso de que este caso es electoral me agrada que lo digan porque habría que avisarle a la magistrada Mónica Soto
08:40que no está tan segura de ello según lo que nos dijo en los últimos juicios.
08:43Pero bueno que bueno que ya lo dicen acá, también es de criterio, el derecho así es.
08:47Habría que explicar también nada más que la improcedencia de los juicios de amparo no se ven en las medidas cautelares.
08:54Entonces la improcedencia del juicio se ve en otro momento que puede ser incluso en la sentencia definitiva
09:00después de celebrar la audiencia constitucional, no estamos en ese momento.
09:04Entonces la improcedencia, hay jurisprudencia incluso, sería bueno que se viera,
09:07para decir que la improcedencia no se puede analizar para revisar las suspensiones.
09:12¿Por qué? Porque son cosas distintas, absolutamente distintas.
09:15Entonces creo que esto de ver, por ejemplo hablan de decenas de miles de candidatos,
09:20qué bueno que lo digan porque entonces habrá que ver cómo se va a hacer este proceso en 45 días los comités de evaluación.
09:26Pero lo que es cierto es que las órdenes judiciales en este y en cualquier país con una mediana democracia,
09:33con cualquier intento de estado de derecho, deben acatarse.
09:37Porque si no, si hubiera una orden, por ejemplo, de fusilamiento por parte de la presidencia de la república
09:43y un juez de distrito dice, no se puede fusilar, hay que suspenderlo hasta revisar si es correcto o incorrecto
09:49y la presidencia podría decir, no me da la gana.
09:52Eso, a ver, antes de que des tu respuesta que creo que va por la misma vía,
09:56nada más quiero dejar la pregunta sobre la mesa porque precisamente tenemos ya muchas suspensiones acumuladas,
10:01decenas de suspensiones acumuladas, pero del otro lado de la OEE,
10:05claramente que no se van a atender.
10:07Porque hay la interpretación de que vienen cargadas con una intencionalidad política
10:11que va en contra de lo que sería lo que se definió por el voto popular.
10:15Entiendo claramente ese argumento, pero la pregunta que yo haría a la mesa es,
10:18¿en qué punto estamos? Porque realmente creo que ya estamos en territorios no explorados,
10:22en donde no se están atendiendo decisiones judiciales,
10:25pero que también estas decisiones del otro lado se interpretan,
10:27vienen con carga o con, vamos a decirle, con chafle.
10:31¿Qué dice la constitución? Es muy clara.
10:33La presidenta de la república, Claudia, al rendir protesta,
10:37protestó dos cosas en un inicio.
10:39Cumplir y hacer cumplir la constitución.
10:42Y segundo, servir leal y patrióticamente a la nación.
10:45Los jueces no están ni sirviendo a la constitución ni obedeciéndola
10:49porque no hay un artículo, aquí se los comenté hace ocho días,
10:51díganme el artículo que faculta el control constitucional de reformas o adiciones constitucionales, primero.
10:57Segundo, el tema es que si la presidenta no acata lo que dice la constitución,
11:02sí hay un procedimiento para destituirla.
11:04Lo que están buscando es que ella desacate la constitución
11:08porque una juez sin facultades, ahorita lo que nos dijo la magistrada,
11:12engloba algo que es una trampa.
11:15A través de la suspensión quieren dar efectos generales a una norma que es constitucional.
11:20Ni siquiera las normas generales de las leyes reglamentarias
11:24puede tener efectos generales la suspensión.
11:27Fue una trampa que utilizaron mucho en el Poder Judicial para servir a intereses corruptos
11:32y que ahora pretenden aplicar algo todavía superior.
11:35No lo tenían con leyes federales, mucho menos con normas.
11:38Y la única figura para anular la vigencia de una norma general
11:44es la declaratoria general de inconstitucionalidad.
11:50Esa declaratoria general es la única...
11:52Bueno, en acción de inconstitucional...
11:54Me refiero en Amparo.
11:56Lo evidente aquí, Víctor, es que están tratando de aplicar efectos generales en la suspensión
12:01y eso no es posible ni en leyes federales.
12:04La constitución dice que las acciones de inconstitucionalidad proceden contra normas generales.
12:09Es la literalidad.
12:11Normas generales, lo puedes revisar en el artículo 105.
12:14El juicio de Amparo también procede contra normas generales.
12:18Las controversias constitucionales también se pueden presentar contra normas generales.
12:22Entonces, cuando nos dicen es que no hay ninguna norma, no sí.
12:25Hay diferentes maneras de leer la constitución que perfectamente permitirían esto.
12:30A lo largo de la historia, diferentes integrantes de la Corte,
12:33incluyendo al propio Arturo Saldí Barlero de la Rea,
12:36han sostenido que sí puede haber control de normas constitucionales.
12:40Eso es algo que pasa en los tribunales de México y del mundo
12:43y tendrá que ser la Suprema Corte la que decida.
12:46Es bueno que Hamlet reconoce que hay una parte de la reforma que es materia electoral
12:50porque la presidenta Sheinbaum dijo que no era materia electoral.
12:53Entonces es bueno que él no coincida con la presidenta porque eso hace procedente a las acciones de inconstitucionalidad.
12:58Pero al mismo tiempo es una reforma que va mucho más allá de la materia electoral.
13:05Y es por eso que se han presentado amparos,
13:07porque se violan otro tipo de derechos que van más allá de la materia electoral.
13:11Y lo que no tiene ninguna competencia el Tribunal Electoral
13:14es para dejar sin efectos una suspensión.
13:16Esa norma que tú citabas, Hamlet, lo que dice es que no puede haber suspensión
13:20por parte de autoridades electorales.
13:22El Tribunal Electoral no puede dictar una suspensión.
13:27Y ahí sí, no vas a poder encontrar una sola norma de derecho positivo
13:33que diga que el Tribunal Electoral tiene facultad para resolver decisiones de jueces de distrito.
13:39Si el Tribunal Electoral termina dictando esa solución,
13:43va a ser una flagrante invasión de competencias de los tribunales.
13:46Yo espero que la Sala Superior defienda su autonomía
13:54y defienda el diseño insular de la materia electoral.
13:58Y que la defienda a rajatabla.
14:00Y que determine que ningún juez de distrito se pueda involucrar en esta materia.
14:03Es, la verdad, violento que al Instituto Nacional Electoral le dicten estas suspensiones.
14:08Cuando ellos tienen la facultad y la obligación de desarrollar todo el proceso electivo.
14:13Que dejen a los consejeros trabajar, porque los hostigan de esa manera.
14:16Bien, con eso terminamos.
14:17Nada más les pido, ¿con qué resumimos una palabra que resuma esta semana?
14:22María Emilia.
14:23Desastre constitucional.
14:24Javier.
14:25Camino al autoritarismo.
14:26Hamlet.
14:27República presidencialista.
14:28Israel.
14:29Elección judicial.
14:30Vale.
14:31Una semana de mucho debate.
14:32Ya lo vieron.
14:33Les agradezco mucho que hayan estado con nosotros.

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