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El Tribunal en lo Criminal N°3 de Mercedes condenó al cantante Elián Valenzuela, más conocido como L-Gante, a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas "por ser autor penalmente responsable del delito de amenazas coactivas, amenazas calificadas por el uso de armas, amenazas simple y coautor penalmente responsable del delito de daño".

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Transcripción
00:00Como atenuantes, valoré la falta de antecedentes y sí la cuestión, el contexto social y cultural,
00:04no como eximente, pero sí como atenuante, especialmente porque creo que no fue Valenzuela
00:10quien originó o buscó estos problemas, solamente creo que no reaccionó a estos inconvenientes
00:15que se dieron en su entorno de acuerdo a la ley.
00:18Como agravante voy a valorar únicamente su relación con la familia Torres, que conocía
00:22y frecuentaba desde niño.
00:24No voy a valorar así el entopecimiento probatorio, eso creo que tiene que ver con medidas cautelares,
00:27no con un agravamiento de la pena y tampoco con la relación con Brayana Luchari porque
00:31era vecino, me parece que no había un deber de fidelidad por encima del que debería tener
00:34respecto a cualquier persona.
00:36Por eso veredicto en definitiva respecto de Marco, obviamente ya lo dijimos la semana
00:40pasada, es absolutorio.
00:41Respecto de Valenzuela es absolutorio en cuanto a todos los hechos de Rosa Pasi, la primera
00:45amenaza a Torres, los estupefacientes y el encubrimiento, y va a ser condenado por el
00:49resto de los hechos que ya mencioné.
00:52Respondiendo a la sentencia, está claro que Valenzuela no tiene antecedentes penales,
00:59que el entorno carcelario podría ser muy perjudicial para él, afectando negativamente
01:02sus posibilidades de reinserción.
01:05No es una cuestión solamente de Valenzuela, sino que en penas cortas está desaconsejado
01:10la prisión de efectivo cumplimiento para el desarrollo social y laboral.
01:14Entiendo que en cambio las medidas alternativas propuestas buscan evitar un perjuicio que
01:17puede ya ser irreversible para el imputado, y ofrecen un marco de prosperidad que supera
01:22la alternativa al encerro efectivo.
01:26Valenzuela tiene una influencia significativa sobre su entorno, he visto que un modelo seguir
01:31salvó mucho de poder en este juicio, y un gran poder conlleva una gran responsabilidad.
01:36Por eso es el deseo y el propósito de este veredicto, pero centralmente la molé de la
01:40pena que termine de asumir un rol de modelo para la juventud, sobre todo la juventud que
01:45la admira, por lo menos es lo que nos interesa a nosotros en cuanto al cumplimiento de la
01:50ley.
01:51Por ende, se va a imponer la pena de tres años de prisión de ejecución condicional
01:54con las siguientes reglas, fijar residencia, someterse a patrones liberados, informar al
01:59tribunal cómo lo viene haciendo, cada aclarar de cualquier salida del país, evitar contacto
02:03con Darío Gastón Torres, Ryan Alexis Arruchari, Daniela Rocío Vicente y sus familias, y realizar
02:08una donación a una organización de bien público de General Rodríguez, equivalente
02:11a Senyus, en coordinación con el Patronato de Liberados.
02:15Por ende la sentencia, voy a leer la primera parte de dispositiva, que es la más importante,
02:20se resuelve condenar a Leán Ángel Valenzuela, cuyas demás circunstancias personales son
02:24de conocimiento en autos, a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas por
02:27ser autor penalmente responsable de los delitos de amenazas coactivas, amenazas calificadas
02:31por uso de armas, amenazas simples y coautor penalmente responsable del delito de daño,
02:35todo ello un concurso real entre sí, por los hechos que ocurrieron el 27 de mayo de
02:392016, el 4 de febrero de 2022 y el 8 de diciembre de 2021, en la localidad de Partido General
02:43Rodríguez, Provincia de Buenos Aires, en el cual resultaron víctimas Darío Gastón
02:45Torres, Ryan Alexis Arruchari y Daniela Rocío Vicente, respectivamente, se citan los artículos,
02:51se imponen las condiciones ya referidas, en cuanto a fijar residencia, informar al tribunal,
02:56evitar el contacto conflictivo, a realizar una donación, como otros pedidos que voy
03:01a mencionar más rápido, se declara obviamente abstracto el pedido de detención, por la
03:06modalidad de la pena, se dispone el decomiso de la camioneta BMW AE 120 BX, como así también
03:11de las armas de réplica secuestradas en autos, se dispone la destrucción de la sustancia
03:15estupefaciente secuestrada, se ordena la devolución del Apple iPhone 12 Pro a su titular, se fijan
03:20costas y se reúnen los honorarios de la siguiente forma, abogados Sigal y Becerra, 75 yus por
03:24cada uno de sus patrocinados, respectivamente, abogado Bendaño, 75 yus, abogado Locatelli,
03:2980 yus y abogadas Caraballo y Carazza, 80 yus, se van a remitir testimonios por la posible
03:36Comisión de Derecho a Acción Pública, respecto de Sáchez y Duarte, pero no se va a hacer
03:39lo mismo respecto de Mayra Jiménez Flores y de Gonzalo David Figueroa, más allá de
03:43que vamos a poner los autos a disposición del Ministerio Público Fiscal.

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